La industria cinematográfica como un todo integrado es de reciente formación en el país. El pasado mes de junio del 2020 en curso, cumplimos diez (10) años de implementación de la Ley (108-10) nacional de cine. Independientemente de ese fabuloso documento legal, el país siempre ha tenido una amplia base cinéfila, buenos creativos y técnicos audiovisuales, dos o tres actores participando en producciones internacionales, y diversas producciones extranjeras rodándose en nuestro territorio.

A ello debemos agregar, el amplio desarrollo de la televisión dominicana, cuyo inicio se remonta al año 1952. Además, una prudente producción de comerciales para cine y televisión, actividad esta última que inició en 1962 con la calidad y experiencia de creativos y técnicos Cubanos, Españoles y puertorriqueños, asentados en el país. Esta labor creativa posteriormente quedó en manos de dominicanos, quienes la han mantenido con alto rigor empresarial.

Debo resaltar que tanto la instalación de estaciones de televisión como la producción ocasional de producciones especiales y espectáculos artísticos, contribuyeron bastante a crear el personal medianamente calificado para asumir retos mayores en la producción de proyectos audiovisuales nacionales y extranjeros desarrollados en los años 70, 80 y 90. En esas décadas el país fue escenario de producciones cinematográficas extranjeras y nacionales que mantuvieron latente en el subconsciente de los cineastas y cinéfilos criollos, la posibilidad de una cinematografía dominicana.

Dada nuestra condición de nación pequeña, con evidentes limitaciones económicas, técnicas y logísticas, no hemos podido formar una superestructura de organismos dedicados al desarrollo de la industria cinematográfica en el país. Este hecho, según pioneros del sector debió iniciar en los primeros años de la década del setenta (70), realidad que se vio afectada por la alta incidencia de eventos políticos partidistas que los estragos de la guerra fría provocaron en el país, el continente y el mundo.

En esos años y siguientes, fue muy activo un grupo de jóvenes creativos, técnicos y teóricos de la vida audiovisual dominicana, que realizaron ingentes esfuerzos para desarrollar la industria cinematográfica en el país más allá de las fronteras de la industria televisiva nacional. La disparidad de criterios y las constantes limitaciones económicas, técnicas y logísticas, fueron abortando ese hermoso esfuerzo cultural que por lo menos parió la creación de la carrera de Técnicos en Artes Cinematográficas en la Universidad Autónoma de Santo Domingo, la Cinemateca Nacional y el Festival Nacional de Cultura en abril del año 1979. Además dejó como legado, diversos cine-clubes y una cantidad apreciable de cinéfilos, que por su interés particular mantuvieron la llama viva en el país de la creación de un cine junto al pueblo. Este último accioma cultural lo había proclamado en Bolivia y esparcido por todo el continente americano, el destacado cineasta Boliviano, Jorge Sanjinés.

Esa idea que daba vueltas en la cabeza de todo joven universitario con inquietudes creativas y progresistas, caló hondo en la juventud del país después de la guerra de abril de 1965. Además, ver el amplio desarrollo cinematográfico alcanzado por la Revolución Socialista de Cuba, motivaba aún más poder alcanzar esa quimera. En ese ambiente tan dinámico se formaron los teóricos que en el año 2010 dieron forma, promulgaron y pusieron en funcionamiento la ley nacional de cine, que habían soñado y acariciado durante tantos años. Producto de las transformaciones experimentadas por la industria cinematográfica en todos los sentidos, y en todas partes del mundo, la ley posee aspectos que son prácticos y favorables en estos momentos, y otros, que después de diez (10) años de implementación, quedan fuera de contexto.

Cineastas y creativos independientes de todo el país consideran que la Ley (108-10) Nacional de Fomento Cinematográfico como punto de partida es un instrumento de altas luces culturales. Establecen también, que quienes tienen el deber de administrarla y modificarla desde la estructura estatal, deben estar disponibles y contestes a ello en cualquier momento y cuantas veces sea necesario.

La Ley de incentivo diseñada para una actividad creativa tan dinámica, no puede ser un documento cerrado de manera definitiva a las disquisiciones justificadas y legales de quienes son y serán sus máximos beneficiarios, forjadores y Promotores.

El ambiente que encontró la aprobación e implementación de la Ley (108-10) Nacional de cine en junio del año 2010, es el que crearon desde la crítica cinematográfica, los talleres y los cineclubes, Armando Almánzar Rodríguez, Arturo Rodríguez Fernández, Leonel Mota, Efraín Castillo, Humberto Frías, José Luis Sáez, Agustín Martín Cano, Alberto Villaverde, Álvaro Arvelo Hijo, Hildebrando Hidalgo y Bienvenido Olivier, entre otros.

Desde la producción cinematográfica, televisiva, videográfica y publicitaria, la desarrollada por Agliberto Meléndez, Claudio Chea, Hugo Mateo, Jimmy Sierra, Elías Muñoz, Pedro Guzmán Cordero, René Fortunato, Franklin Domínguez, Camilo Carrau, Winston Vargas, Onofre de la Rosa, Omar Narpier, Jean Louis Jorge, Ángel Haché, Rafael Villalona, Adelso Ortega Castellanos y René Fortunato, entre otros.

Desde el punto de vista de la formación audiovisual, tanto universitaria como extensionista de esos años, se distinguieron Armando Almánzar Rodríguez, Humberto Frías, Onofre de la Rosa, Omar Narpier, Jean Louis Jorge, Arturo Rodríguez Fernández, Jimmy Sierra, José Luis Sáez, Alberto Villaverde, Ángel Haché, Claudio Chea, Agliberto Meléndez, Rafael Villalona, Adelso ortega Castellanos, entre otros.

En esa vorágine cinematográfica de esas dos (2) décadas 70 y 80, precursoras, se gestó un sentimiento especial por el desarrollo del arte de las imágenes en movimiento en el país. Tanto fue su efecto, que incidió para que algunos protagonistas y simples miembros gestaran la Ley (108-10) de incentivo al cine dominicano, que en el año 2010 promulgara el poder ejecutivo.

Oportuno considero el momento para hacernos algunos cuestionamientos en torno al proceso cinematográfico de esas dos (2) décadas claves y la presente:

  1. ¿Qué panorama aparece distinto dentro de los incentivos de la ley (108-10) de fomento cinematográfico, al que se vivió en las dos décadas (70 y 80) precursoras?
  1. ¿Cuál era y cómo se manejaba en esos años la exhibición y distribución de las películas en comparación con estos tiempos?
  1. ¿Cuáles organismos estatales y privados manejaban en esos tiempos la actividad cinematográfica nacional?

En esos veinte (20) años señalados era posible encontrar una o varias salas de cine en cualquier provincia o municipio del interior del país. Ni hablar de la cantidad de salas diseminadas en la hoy Provincia Distrito Nacional, denominado en ese entonces como Santo Domingo de Guzmán, capital de la República Dominicana.

Esa generación de jóvenes, surgidos al calor de la guerra patria constitucionalista de 1965 y posterior a ella, heredó una amplia y diversa ruta de salas cinematográficas de todos los niveles sociales, ubicadas en la Ciudad Colonial, Ciudad Nueva y Gazcue.

La exhibición del cine internacional llegado al país en ese tiempo era constante y diverso en los espacios señalados. Las comodidades físicas en muchas de esas salas eran especiales, por lo que su costo era mayor. Eso lo sabían los cinefilos y no se aventuraban a asistir en esos espacios, si no contaban con los recursos suficientes para costear su acceso seguro al lugar.

Fuera de esas tres (3) zonas emblemáticas de la Ciudad Capital, teníamos salas de exhibición de diferentes categorías en toda la Avenida Duarte, desde su cruce con la Avenida Mella hasta el Mercado Nuevo de la Zona Norte de la ciudad capital. Las había con aire acondicionado y otras, la gran mayoría, al aire libre y con asientos de metal. Aún así, era muy común ver todas las noches, de lunes a viernes y el fin de semana, un nutrido grupo de parroquianos esperando el cambio de inicio de las tandas para ver la película de turno. Los barrios de Villa Francisca, San Carlos, Mejoramiento Social, San Lázaro, Los Mina, Villa Consuelo, Villas Agrícolas, Cristo Rey, eran zonas privilegiadas de aquellos años, pues ofertaban a la muchachada de la época la posibilidad de ver una película a pocas cuadras de su casa, incluyendo los dobletes (dos películas por el precio de una), y el clásico matinée de los días domingo, a las cuatro (4:00 P.M.) de la tarde.

Al llegar al año 2020, y cumplidos diez (10) años de aprobación e implementación de la Ley (108-10) Nacional de Cine, no contamos con salas de exhibición en el (95%) noventa y cinco por ciento del territorio nacional. En estos momentos solo las provincias Distrito

Nacional, Santo Domingo, Higüey, La Romana, San Francisco de Macorís, Santiago de los Caballeros, Bonao y Puerto Plata, cuentan con salas para la exhibición cinematográfica local e internacional. En ese aspecto estamos viviendo una regresión. Casi el ochenta por ciento (80%) de las salas existentes están concentradas en las dos provincias metropolitanas, y en cada uno de esos territorios, construidas dentro de modernos y confortables centros comerciales.

Entendemos que así como la producción ha sido cuidada, atendida y promovida por quienes se han sucedido en la Dirección Ejecutiva de la Dirección General de Cine, también debieron y todavía tienen la responsabilidad de hacerlo, cuidar y promover los renglones correspondientes a distribución y exhibición del cine nacional en el país y fuera de este.

Si partimos del hecho de que la producción local de películas se encontraba para el año 2010 en un parámetro comprendido entre una y cinco al año, y se dispara en cinco (5) años luego de implementada la ley, a 15 y 20 películas durante ese mismo periodo de tiempo, cómo es posible que no hayamos construido la cantidad de salas en toda la geografía nacional para que la sociedad de cada provincia pueda verlas. Ese crecimiento de nuestra cinematografía requiere lo antes posible una inversión sustancial del sector estatal para conjurar ese enorme déficit de salas. Para comprobar el hecho solo nos basta señalar que en todas las provincias del sur del país desde San Cristóbal hasta pedernales, no hay una sala de cine en estos momentos, luego de transcurridos diez (10) años de implementada la ley. Recientemente nos enteramos que en San Juan de la Maguana, empresarios independientes del pueblo tomaron la acertada decisión de construir un complejo de tres salas. Esa es una atinada inversión del sector privado.

En el norte solo las provincias de Santiago, Bonao, San Francisco de Macorís y Puerto Plata, poseen salas. Estamos hablando de la zona más rica y poblada del país. Esas provincias están pagando igual que todas las demás, los impuestos que alimentan los incentivos de la ley para la realización de películas largometrajes de ficción.

En el este, solo Higuey y La Romana, dada su condición de polos turísticos, poseen salas de Cine, Infraestructuras que no impactan un por ciento significativo de sus habitantes, pues están orientadas mercadológicamente al sector turístico.

En las dos (2) provincias metropolitanas, Distrito Nacional y Santo Domingo, existe el mayor porcentaje de salas. De todas formas, los inversionistas tradicionales del sector distribución y exhibición de país, han concentrado sus intereses económicos en el Distrito Nacional, pues es el área geográfica con mayor flujo de transporte, diversión, seguridad y comercios asociados. En este aspecto destaco que aunque ubicada geográficamente en el Distrito Nacional, la antigua Ciudad Colonial de Santo Domingo, otrora mayor centro de acopio de Salas de Cine del país, en estos momentos, sólo cuenta con una, que por su tamaño y detalles técnicos, aparenta más un capricho turístico de sus propietarios, que una sala comercial en sentido real y práctico de la palabra.

Considero que si nos dimos una Ley de Cine para incentivar la creación y desarrollo de la industria cinematográfica nacional, ese mismo instrumento debe contemplar los criterios jurídicos, creativos, técnicos y económicos que propicien el crecimiento sostenido de los tres (3) grandes renglones en que se fundamenta en el mundo, este negocio de grandes capitales: producción, distribución y exhibición.

Aunque nuestra ley posee grandes y positivos aspectos para el crecimiento del parque de exhibición y distribución de películas a nivel nacional, todavía la Dirección General de Cine no ha realizado las acciones institucionales que harían posible desde el sector privado, un aporte tan valioso para la industria y para ellos mismos. Tengo el criterio de que ese esfuerzo tendrá que hacerlo el Estado Dominicano con los altos beneficios generados por las películas producidas en el país y por aquellas de producción extranjera, exhibidas y distribuidas por el sector privado. La Ley (108-10) para el fomento de la actividad cinematográfica nacional plantea en el artículo No. 36, páginas 18, 19, 20 y 21, del capítulo seis (VI), Régimen de Estímulo a la Actividad Cinematográfica en la República Dominicana y cito textualmente: Incentivos al establecimiento de nuevas salas de cine. Se declara de especial interés para el estado, el establecimiento de salas de cine en todo el territorio nacional.

Cito textualmente los artículos NO. 37 (su párrafo) y el No. 38 con todos sus detalles.

Artículo 37.- Exoneraciones a la construcción de salas de cine. Las personas naturales o jurídicas que inviertan capitales en la construcción de salas de cine en el Distrito Nacional y el municipio de Santiago de los Caballeros, quedan exoneradas del cincuenta por ciento (50%) del Impuesto Sobre la Renta por un período de quince (15) años por concepto de los ingresos generados por las respectivas salas.

Párrafo: Para las demás provincias y municipios del país, la exención contemplada en el presente artículo será de un cien por ciento (100%). Artículo 38.- Exoneraciones por renglones. Del mismo modo que el artículo anterior, quedan exonerados en los siguientes renglones:

  • De los impuestos nacionales y municipales cobrados por emitir los permisos de construcción, incluyendo los actos de compra de inmuebles, durante un período de cinco (5) años, a partir de la vigencia de esta ley.
  • De los impuestos de importación y otros impuestos, tales como tasas, derechos, recargos, incluyendo el Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS), que fueren aplicables sobre los equipos, materiales y muebles que sean necesarios para el primer equipamiento y puesta en operación de la sala de cine que se tratase, en un período de cinco (5) años, a partir de la vigencia de esta

Me extraña que aún la Ley señalando de manera precisa tan amplios beneficios al renglón exhibición y distribución, todavía el sector privado luzca tímido para iniciar la construcción de salas en el interior del país.

Entiendo, y así lo hemos señalado desde el Observatorio del Cine Dominicano, órgano de análisis y reflexión de la Sociedad Cinematográfica Dominicana, Inc., que el Estado Dominicano, desde el Ministerio de Cultura y la Dirección General de Cine, el Ministerio de Finanzas, la Dirección General de Impuestos Internos, y la Presidencia de la República, debe tomar una decisión fundamental en este caso: La Creación del Circuito Estatal de Exhibiciones Cinematográficas. En ese espacio pueden convivir perfectamente, películas nacionales y extranjeras, pero sobre todo, garantizaría la cuota de pantalla que requiere el cine nacional en estos momentos, para recuperar desde la taquilla, la inversión económica que hacen los empresarios en la producción de cada película nacional. Además, ese retorno de recursos puede financiar desde el FONPROCINE nuevos y necesarios proyectos cinematográficos, diseñados a partir de los intereses históricos, sociales y políticos de la nación, no de intereses particulares.

La sociedad dominicana merece la implementación sostenida de una amplia política cultural. En estos momentos el cine es una de las manifestaciones estéticas que cuenta con la posibilidad de garantizarle el crecimiento intelectual y el esparcimiento lúdico que la misma requiere.

Los recursos económicos que anualmente recibe la Dirección general de Cine consignados en la Ley Nacional de Presupuesto, más los impuestos que generosamente pagan los habitantes del país, es una buena y sólida fuente de recursos económicos que puede cambiar de manera sustancial el panorama cultural en nuestras provincias y municipios.

Ojalá podamos reponer una parte de lo que fue el panorama cinematográfico que en las dos (2) décadas precursoras (70 y 80) del cine nacional, disfrutaron los cineastas y cinéfilos que hicieron posible la creación e implementación de la Ley (108-10) para el fomento de la actividad cinematográfica en el país, hace diez (10) años.