La misma semana del affair Ceara Hatton, cuando el PRM le mostraba al país los límites indecorosos de su compromiso con la lucha anticorrupción, la prensa nacional daba a conocer el informe del Departamento de Estado de los EEUU sobre libertad religiosa. Obviando lo ofensivo que resultan estos ejercicios imperiales de evaluación de sus países vasallos, resulta interesante ver la mezcla de indignación e hipocresía con que el informe fue recibido, sobre todo por los más afectados por la situación denunciada, los evangélicos.

Para sorpresa de nadie que haya estado medianamente informado del acontecer nacional durante las últimas décadas, el Departamento de Estado advierte que el Concordato trujillista del 1954 le otorga muchísimos privilegios a la Iglesia católica (IC), designada religión oficial en el artículo 1 de dicho documento, en tanto las demás iglesias a lo más que pueden aspirar es a que el Poder Ejecutivo las incorpore como simples ONG. Ni qué decir que lo que más roncha saca -y más destaca el informe- son los privilegios económicos que recibe la IC, incluyendo exoneraciones ilimitadas; subsidios directos a diócesis, parroquias, universidades y escuelas; construcción de iglesias, seminarios, residencias de obispos y arzobispos y oficinas de la Curia; donaciones de terrenos públicos, etc., etc. Todo esto se hace sin rendirle cuentas a los contribuyentes, cuyos impuestos se regalan a la IC según la conveniencia política del gobierno de turno y con la más absoluta falta de transparencia.

 

Alguna gente reaccionó ante el informe como si recién se estuvieran enterando de la existencia del Concordato. Otros emitieron declaraciones con tintes casi histéricos, como el pastor Carlos Peña, aspirante presidencial por el partido Generación de Servidores, que opina se trata de un intento del Partido Demócrata estadounidense de dividir la cristiandad dominicana: “Con este tema pretenden dividir a la comunidad católica y la comunidad protestante en un punto en el que estamos unidos… en combatir esa agenda 20-30 que nos quieren imponer, estamos unidos contra el aborto, estamos unidos contra la ideología de género, estamos unidos contra la invasión y ocupación haitiana en República Dominicana”. Aún otros, como Ezequiel Molina, mostraron su indignación por la discriminación que los evangélicos han sufrido por más de 60 años, aunque no explicaron por qué sus iglesias y concilios se siguen negando a impugnar la constitucionalidad del Concordato en tribunales.

 

En efecto, en lo que va de siglo solo se han elevado dos recursos de inconstitucionalidad contra el Concordato, ninguno de los cuales ha contado con la participación de las principales organizaciones evangélicas, como el Concilio de las Asambleas de Dios o el Consejo Dominicano de Unidad Evangélica (CODUE). El primer recurso lo presentó el Ministerio Jesús es Sanidad y Vida Eterna Inc. y sus iglesias afiliadas ante la Corte Suprema en julio del 2006. Dos años más tarde, en octubre del 2008, la Suprema dictaminó su rechazo a esa acción de inconstitucionalidad, con una sentencia vergonzosa en la que los jueces afirmaron que el Concordato ni afecta la libertad religiosa ni privilegia a la IC. El silencio de las iglesias, los partidos políticos y la sociedad civil fue ensordecedor.

 

La segunda acción de inconstitucionalidad fue interpuesta por el ciudadano José Cristóbal Flores de la Hoz el 25 de enero del 2011 ante el Tribunal Constitucional, que no emitió su sentencia hasta diciembre del 2021. Entre las justificaciones del tribunal para rechazar la demanda del Sr. Flores está la jurisprudencia sentada por la sentencia del 2008 así como la supuesta falta de calidad jurídica del demandante: “…es necesario que el impetrante ostente la calidad de parte interesada, para lo cual es necesario que demuestre ser titular de un interés legítimo, jurídicamente protegido, cuya violación por la norma o disposición impugnada le haya causado un perjuicio, lo que no se advierte en el caso de la especie”.

 

Recordemos que cuando el Sr. Flores elevó su recurso, ya estaba vigente la Constitución del 2010, cuyo artículo 39 establece el derecho a la igualdad de todas las personas ante la ley, las cuales deben gozar de “la misma protección y trato de las instituciones, autoridades y demás personas y gozan de los mismos derechos, libertades y oportunidades, sin ninguna discriminación por razones de género, color, edad, discapacidad, nacionalidad, vínculos familiares, lengua, religión, opinión política o filosófica, condición social o personal”. Por si queda alguna duda, nótese que este artículo explícitamente prohibe la discriminación por motivos religiosos por parte de autoridades e instituciones públicas. También en esta ocasión el silencio de las iglesias, los partidos políticos y la sociedad civil fue ensordecedor.

 

La pregunta obligada es por qué los grandes concilios evangélicos dominicanos han optado por la estrategia de quejarse ocasionalmente sin demandar judicialmente, sobre todo después de la entrada en vigencia de la Constitución del 2010. Algunos invocarán sus escasas posibilidades de éxito, especialmente ahora que el Tribunal Constitucional está presidido por un juez más católico que la Virgen de la Altagracia. Pero todo el mundo sabe que el interés real de los evangélicos no es que la IC pierda sus privilegios, sino que sus iglesias también accedan a la piñata estatal, en los términos más ventajosos posibles. Sin Concordato no se puede argumentar discriminación, un mecanismo muy efectivo para obtener concesiones y favores de las autoridades, sobre todo en tiempos de campaña electoral.

 

La Iglesia católica, por su parte, sigue montada en el pedestal de sus prerrogativas jurídicas y apenas se dignó comentar el informe del Departamento de Estado. En defensa del Concordato, un tal Padre Nelkys Acevedo esgrimió argumentos tan flojos que una no sabe si conmiserarlo por su ignorancia o felicitarlo por su astucia: que si los que critican a la IC no toman en cuenta sus obras de bien, que si los bienes exonerados no son utilizados como un bien propio de la iglesia sino de la sociedad, y el más genial de todos: “no son privilegios, sino un acuerdo mutuo”.

 

De más está decir que el Concordato, además de inconstitucional, trujillista y clientelar, es una afrenta permanente a la institucionalidad democrática. En términos económicos, pauta relaciones opacas -por no decir secretas- entre la IC y el Estado, relaciones que violan todas las normas de transparencia y rendición de cuentas a la ciudadanía, con cuyos impuestos se financian. Igualmente pernicioso para el país es el estatuto privilegiado que el Concordato otorga a la IC en materia educativa, que además de los tradicionales subsidios a escuelas y universidades ahora también incluye los beneficios del 4% para los colegios católicos, y que además otorga a la IC el poder de interferir con los contenidos de la educación pública (ver los artículos 19, 21 y 22 del Concordato). Por eso mientras la primera dama -un poco a lo Dr. Merengue- se lamenta de los índices astronómicamente altos de embarazo adolescente y aboga por la educación sexual integral en las escuelas, su marido evita a toda costa meterse con los contenidos paleolíticos de la educación dominicana, no sea cosa que se le quejen los obispos (y los evangélicos) a menos de un año de las elecciones presidenciales.

 

Por último, el informe del Departamento de Estado nos recuerda que la gran mayoría de los feriados dominicanos corresponden a conmemoraciones religiosas católicas (ver artículo 18 del Concordato). Por esa razón, el próximo día 8 celebraremos el feriado de junio, Corpus Christi, mientras una semana más tarde el 14 de junio, fecha patria insigne, pasará sin pena ni gloria. La mayoría de dominicanos no tiene ni idea de qué se celebra el día de Corpus Christi y, tristemente, las generaciones jóvenes también desconocen lo ocurrido en junio del 1959, el heroísmo de los expedicionarios y su contribución al fin de la dictadura trujillista. ¿Qué se puede esperar de un país que olvida a sus héroes y mártires?