Esta semana hemos sido testigos de un nuevo episodio de populismo penal institucionalizado, esta vez partiendo de la declaración del presidente de la República, Luis Abinader, que anunció su intención de someter una reforma al Código Procesal Penal porque entiende que “no puede ser que queramos ser más garantistas que los países nórdicos”. Esta declaración del presidente Abinader es profundamente penosa, altamente preocupante y que parte de una ignorancia deliberada frente a lo que es de conocimiento público y notorio: el fracaso de la Policía Nacional y demás agencias de seguridad ciudadana en la implementación de una política criminal efectiva que reduzca los altos niveles de inseguridad que nos arropan y que han sido franco lastre de este gobierno.
La inseguridad ciudadana no es producto de un marco legal que promueva la impunidad ni mucho menos de un sistema procesal que procure la concreción de los principios y garantías del debido proceso enarbolados en la Constitución de la República, así como en la Convención Americana de Derechos Humanos y el Pacto por los Derechos Civiles y Políticos, tratados de los cuales somos signatarios y forman parte integral de nuestro ordenamiento jurídico. Este problema tiene una raíz multifactorial que se vinculan a la ineficacia de las agencias de seguridad, a la crisis económica que atraviesa el país por los factores internos y externos, así como por la honda desigualdad y falta de oportunidades reales de movilidad social que históricamente nos afecta.
Las agencias de seguridad, como la Policía Nacional, están siendo sometida a una reforma policial altamente cuestionable y cuyos resultados no se verifican todavía pues sigue la misma estructura; mientras que el Ministerio Público necesita una revisión profunda de sus recursos humanos y, al mismo tiempo, ser dotado de presupuesto suficiente y no la pírrica suma que dedica este gobierno.
Es una desfachatez culpar al Código Procesal Penal del fracaso en la persecución de los delitos y al mismo tiempo mantener una inversión escasa en mejorar el sistema de justicia y al propio Ministerio Público. ¿Cómo pretende el presidente y sus “asesores” que el Ministerio Público pueda presentar expedientes sólidos cuando hace falta más personal y más recursos técnicos y económicos? ¿Acaso se han tomado las molestias de visitar cualquier fiscalía para que vean la cantidad de trabajo que tienen los fiscales y la horrorosa falta de recursos para que estos puedan hacer su labor lo mejor posible? No lo han hecho ni les importa porque realmente es más fácil culpar al chivo expiatorio de siempre que reconocer el fracaso del gobierno en esta materia y asumir una política responsable.
En el 2015 se hizo una contrarreforma al Código Procesal Penal bajo el mismo predicamento de “excesos de garantías” y su resultado ha sido el crecimiento de los presos preventivos, siendo estos el 60% de los privados de libertad, producto de la incorporación de circunstancias de apreciación del peligro de fuga propias de la función de la pena, así como una distorsión a los plazos de la investigación y de la duración del proceso.
Después de la reforma de 2015 no hemos tenido ninguna disminución significativa en los índices de inseguridad ciudadana y esto es porque la fiebre no está en la sábana. Las garantías, ya reducidas con la ley núm. 10-15, procuran disminuir la arbitrariedad del ejercicio del poder por parte de las agencias persecutoras del Estado y al mismo tiempo, procurar la existencia de condiciones para un juicio justo al que toda persona tiene derecho.
Si se quiere reformar el Código Procesal Penal deben ser para aspectos que ameritan mejoras para la eficacia de los derechos de las víctimas y los imputados, tal como sería la obligación clara y precisa de información del Ministerio Público y la apertura de su carpeta fiscal, el establecimiento de limites cuantitativos a la prisión preventiva versus el plazo de investigación, la sanción a los abogados defensores por dilaciones claramente indebidas y que deben ser descritas en la norma, la ampliación de los delitos de acción privada, la derogación de la gravedad de los hechos como circunstancia apreciativa del peligro de fuga, entre otros muchos temas que podemos mejorar de nuestro proceso penal.
La eficacia de la persecución de los delitos está vinculada al mejoramiento institucional de organismos que tienen este encargo, así como también depende de la dotación de recursos económicos suficientes que permitan utilizar las mejores herramientas en esta ardua labor. Hablemos mejor de estos temas, de asignación de fondos suficientes y de reformas institucionales, que nos permiten avanzar.