La etimología del concepto referéndum, puede encontrarse en el diccionario de la Real Academia de la Legua (RAE) al definir como: Del fr. référendum, y este del lat. referendum 'lo que ha de ser consultado', n. del gerundivo de referre 'consultar'.
Hay consenso en que los mecanismos de participación ciudadana, se reconocen como mecanismos para el ejercicio de los derechos de participación política ciudadana y control ciudadano que los siguientes: Iniciativa legislativa popular, Referendo, Referendo ordinario, aprobatorio constitucional y Plebiscito nacional.
Hay referéndum histórico como el nacional de Chile de 1988 , el resultado fue de 44,01 % por el «Sí» y de 55,99 % por el «No», decretando la salida de Pinochet del poder.
El Reino Unido voto a favor de salir de la UE, como resultados del referéndum con un total de Votos 17.410.742 millones de votos para un 51,9%, contra permanecer Votos 16.141.241 votos para un 48,1%. Apenas por un margen de 3.8% los británicos abandonaron la Unión Europea.
El politólogo Daniel Zovato prefiere catalogar los mecanismos de democracia directa los grupos entre categorías que son: a) Consulta popular (plebiscito/referéndum); b) Iniciativa legislativa popular; y c) Revocatoria de mandato. (D, Zovatto, Tratado de Derecho Electoral Comparado de América Latina. Las instituciones de democracia directa. México: Fondo de Cultura Económica, 2007. Pp. 135)
En atención a la primera categoría, puede hablarse de un referendum ordinario, que simple que busca hacer consultas sobre temas, que requieren una mayoría para su aprobación. El referendo ordinario es una institución democrática, a través de la cual las autoridades someten a la consideración de la ciudadanía, para su ratificación o rechazo, temas normativos de carácter nacional.
Zovatto considera en un primer rango de la consulta popular el Plebiscito. Es un mecanismo de participación del ejercicio democrático directo, celebrado en el ámbito nacional o local, a través del cual el pueblo se pronuncia de manera afirmativa o negativa, sobre temas políticos o administrativos considerados de jerarquía cardinal para el país o la comunidad.
Existe el referendo consultivo, el cual no es vinculante, podría ser convocado por el Poder Ejecutivo, el Congreso, o a iniciativa popular de los ciudadanos.
El Referendo aprobatorio constitucional este permite decidir al ciudadano, si entran o no en vigencia modificaciones constitucionales previamente adoptadas por la Asamblea Nacional Revisora. El referendo aprobatorio constitucional sólo será convocado cuando la reforma constitucional trate sobre las siguientes materias: Derechos, deberes y garantías fundamentales; Ordenamiento territorial y municipal; Régimen de nacionalidad, ciudadanía y extranjería; Régimen monetario; Procedimientos de reforma constitucional.
En esta materia de Estados Unidos sumamente interesante, porque los estados aprovechan para hacer consultas, o referendo respecto a políticas públicas de los estados. Y esto lo veremos precisamente ahora en noviembre, donde un conjunto de estados someterá temas tan delicado como la aprobación o no el uso de la marihuana, la modificación de los estatutos en relación a las políticas públicas en materia educativa, por ejemplo, este es el caso de Delaware, o cosas tan simple como la aprobación o no de la construcción de una escuela con materiales que se pueden establecer el nivel de riesgo contaminante.
La construcción democrática requiere la participación cada vez más amplia de los ciudadanos, debido a que los procesos de toma de decisión afectan las condiciones de vida, muchos son los ejemplos de convocatorias de referendo Italia, Suiza, España, Costa Rica, Estados Unidos, todo ellos ejemplos de construcción democrática y de legitimación del proceso.