En la entrega anterior desarrollamos la regulación existente para la prestación de servicios BESS en la República Dominicana. En esta ocasión deseamos proponer las oportunidades de ampliar la penetración de servicios de BESS en el Sistema Eléctrico Interconectado (SENI).
- Otros servicios de BESS: oportunidades regulatorias y de inversión en República Dominicana
Para dinamizar las inversiones de BESS en la República Dominicana a escala de servicio público, de manera que se garantice un mayor impacto en la huella de carbono, así como una mejora significativa en la seguridad del Sistema Eléctrico Interconectado SENI, recomendamos considerar incluir en la regulación la gama más amplia posible de servicios a ser prestados por los BESS y su remuneración.
Restricciones técnicas: adecuar tecnología a necesidades
En ese mismo orden de ideas mencionamos algunos servicios que no son considerados aún en la regulación para expandir los BESS a nivel del servicio público:
- Sustitución de plantas térmicas en pico de carga.
La sustitución de plantas térmicas en pico de carga usando sistemas de almacenamiento de energía con baterías de litio puede, por ejemplo, hacerse con la implementación de sistemas BESS que almacenen energía durante los periodos de baja demanda. Estas baterías pueden liberar energía almacenada durante picos de carga, proporcionando una alternativa más limpia y eficiente a las plantas térmicas tradicionales.
- Almacenamiento de energía a granel conectado a las redes de transmisión. La capacidad de transmisión virtual (apoya la confiabilidad de la transmisión o alivia la congestión). Fuente: https://ny-best.org/page/library https://storagewiki.epri.com/index.php/Energy_Storage_101#Drivers_for_Energy_Storage
La BESS permite trasladar la demanda a horarios menos congestionados, mantiene el voltaje durante fallas del sistema y reduce la carga en líneas de transmisión durante picos de demanda, extendiendo así la necesidad de ampliación o reemplazo de esas líneas.
Fuente: https://ny-best.org/page/library https://storagewiki.epri.com/index.php/Energy_Storage_101#Drivers_for_Energy_Storage
- La BESS presta servicios, el arranque en negro y la respuesta de Igualmente la capacidad de transmisión virtual (apoya la confiabilidad de la transmisión o alivia la congestión). Fuente: https://ny-best.org/page/library https://storagewiki.epri.com/index.php/Energy_Storage_101#Drivers_for_Energy_Storage
- Almacenamiento de energía conectado a la red de distribución.
Los servicios que este almacenamiento provee son capacidad de distribución virtual, soporte de calidad de energía, resiliencia / energía de respaldo para microrredes, así como la posibilidad de proporcionar soporte de transmisión en ciertos escenarios. Fuente: https://ny-best.org/page/library
https://storagewiki.epri.com/index.php/Energy_Storage_101#Drivers_for_Energy_Storage
Fuente: https://ny-best.org/page/library https://storagewiki.epri.com/index.php/Energy_Storage_101#Drivers_for_Energy_Storage
- Instalación y prestación de los servicios de BESS independientes, (“stand alone”).
La regulación tendría que permitir la contratación y remuneración de los servicios de BESS por parte de las empresas generadoras o la Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana (ETED).
Sería interesante incluso que la regulación contemple la posibilidad de contratación de los servicios (PPA/BESS), enumerados en los apartados b y c que anteceden, tanto por la Empresa de Transmisión Dominicana (ETED), propietaria de la red de transmisión, como por las Empresas Distribuidoras de Electricidad EDESUR, EDENORTE Y EDEESTE.
La regulación de PPA/BESS aliviaría al gobierno de invertir inmediatamente en redes de transmisión o distribución. Esta solución financiera eficiente abordaría los desafíos de las redes, aumentando las inversiones en energías renovables y convencionales. Además, mejoraría el servicio público creando los incentivos económicos en el mercado para fomentar el clima de inversión y previsiblemente los cobros del servicio público.
- Conclusiones
Finalmente consideramos oportuno introducir una reflexión respecto de la filosofía de las políticas públicas de la regulación vigente de BESS en la República Dominicana sugiere una interpretación restrictiva de la inserción de BESS en el servicio público, lo que no refleja necesariamente los objetivos y el ámbito de aplicación de las leyes Estrategia Nacional de Desarrollo, General de Electricidad e Incentivos a las Energías Renovables.
Consideramos que esta limitante podría tener una causa recaudatoria y fiscal, es decir, buscaría restringir al mínimo las inversiones en BESS que puedan beneficiarse bajo ley 57-07.
Hasta el momento no se han comunicado restricciones de carácter técnico o de mercado que justifiquen que la regulación para la integración de BESS sea tan limitada.
Argumentamos que siendo nuestro estado una economía social de mercado, declarado por nuestra Constitución, en virtud de los derechos fundamentales consagrados, a saber: la libertad de empresa, la libre competencia, la mínima participación del Estado.
En tal virtud, aconsejamos que la conversación sobre la regulación de BESS incluya, además de reglas de acceso al mercado y remuneración de los mismos, lo referente a calidad y seguridad. En ese tenor citamos que la regulación de BESS en el estado de California abarca:
- Protocolos de respuesta en caso de emergencia.
- Prevención y combate de incendios.
- Normas de diseño.
- Certificación de equipos y diseños.
Recomendamos abrir la conversación sobre los incentivos fiscales bajo la Ley 57-07, a fin de transparentar la interpretación del gobierno a dicha ley respecto de los BESS, e incluso ampliar a otros servicios auxiliares del sistema, para aprovechar las oportunidades que el mercado internacional ofrece para inversiones en BESS.
Esta apertura contribuiría a reducir la huella de carbono del pís y mejoraría la eficiencia, calidad y seguridad del servicio eléctrico, tanto en regulación de frecuencia como en otros servicios necesarios.