El ciclo presupuestario constituye la columna vertebral de la administración financiera del Estado, este proceso se define como el conjunto de fases interrelacionadas que permiten planificar, ejecutar y evaluar el uso de los recursos públicos, garantizando que se utilicen de manera eficiente y conforme a las prioridades nacionales. Desde la preparación del anteproyecto de ley hasta el control de su ejecución, el ciclo presupuestario se fundamenta en principios esenciales como la legalidad, la transparencia y la sostenibilidad fiscal.
En este contexto, desde una perspectiva doctrinal, el ciclo presupuestario se configura como un proceso técnico-político que articula la interacción entre los poderes Ejecutivo y Legislativo, asegurando que los recursos públicos sean manejados conforme a la ley y las necesidades sociales.
Autores como Fernando Fernández Marín y Patricia Díaz Rubio destacan la relevancia de varios principios esenciales para el ciclo presupuestario, entre los cuales se destacan la separación de funciones, la coordinación de funciones y la irrenunciabilidad de competencias, que conforman pilares fundamentales del ciclo presupuestario. La separación de funciones responde a la necesidad de distribuir responsabilidades entre las distintas instituciones del Estado, evitando la concentración de poder y asegurando un adecuado equilibrio entre las funciones legislativas y administrativas. Por su parte, la coordinación de funciones garantiza que las distintas etapas del ciclo presupuestario no operen de manera independiente, sino como un proceso interconectado que promueve la colaboración entre las instituciones y el alineamiento con los objetivos de política pública. Finalmente, la irrenunciabilidad de competencias establece que los órganos del Estado no pueden delegar ni ceder las competencias que constitucionalmente les corresponden, fortaleciendo así la rendición de cuentas y la legalidad en la administración de los recursos públicos.
En línea con estos principios, los autores también subrayan la importancia de los objetivos de estabilidad y equilibrio presupuestario, conceptos vinculados al principio de sostenibilidad fiscal. Tal como lo desarrollan la Ley General Presupuestaria y la Ley Orgánica 2/2012 de España, conocida como Ley de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF), este principio busca garantizar que las decisiones presupuestarias sean compatibles con la estabilidad económica y financiera del Estado. Asimismo, la transparencia y la rendición de cuentas son considerados pilares fundamentales para fomentar la confianza ciudadana en la administración pública y prevenir actos de corrupción en el manejo de los fondos públicos.
En cuanto a su desarrollo práctico en la República Dominicana, la Ley núm. 423-06 de fecha 17 de noviembre de 2006, orgánica de presupuesto para el Sector Público, establece un marco normativo detallado para las cinco etapas del ciclo presupuestario: formulación, discusión y aprobación, ejecución, seguimiento y evaluación. Estas etapas reflejan no solo un mandato técnico, sino un compromiso jurídico del Estado para garantizar que los recursos públicos se gestionen conforme a los principios de eficiencia, legalidad y sostenibilidad.
En la etapa de formulación, se concentra la responsabilidad en el Poder Ejecutivo, especialmente en el Ministerio de Hacienda, la cual tiene como esencia la planificación estratégica. Este proceso busca que los objetivos plasmados en el presupuesto respondan a las necesidades prioritarias de la población y sean compatibles con los recursos disponibles. La planificación en esta etapa no es un simple acto administrativo, sino un proceso técnico-jurídico que establece los fundamentos legales y financieros para las etapas subsiguientes. Además, la Constitución dominicana refuerza esta obligación al prever en su artículo 93.1 el papel fiscalizador del Congreso Nacional sobre las propuestas presupuestarias.
Posteriormente, la discusión y aprobación constituyen una de las fases más críticas del ciclo presupuestario, donde se articula de manera directa la interacción entre el Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo. En este punto, el Congreso Nacional asume un rol fundamental al examinar, analizar y, finalmente, aprobar el presupuesto general del Estado. De conformidad con la Ley núm. 423-06, se fundamenta en principios esenciales como la transparencia y publicidad, que garantizan la comunicación pública y el acceso ciudadano a la información presupuestaria; el principio de programación, que asegura que el presupuesto refleje las políticas, objetivos y metas del programa de gobierno; y el principio de unidad, que busca mantener una política presupuestaria coherente y homogénea para todo el sector público. Además, el principio de especificación contribuye a que cada partida presupuestaria sea clara y detallada en cuanto a su naturaleza y fuente de financiamiento. De esta manera, el Congreso Nacional no solo valida que el presupuesto cumpla con los marcos legales establecidos, sino que también asegura que responda a las necesidades prioritarias del país, fortaleciendo la legitimidad democrática y reafirmando el equilibrio entre los poderes del Estado en la gestión de los recursos públicos.
En cuanto a la ejecución presupuestaria, esta constituye una fase operativa que permite la materialización de los recursos aprobados en el presupuesto. Durante esta etapa, el Poder Ejecutivo, a través de sus diferentes entes u órganos, implementa las políticas públicas previstas, asegurando un uso eficiente de los fondos públicos. La Ley núm. 423-06 regula esta etapa estableciendo límites claros para evitar desvíos y garantizar que las modificaciones presupuestarias cumplan con los procedimientos legales. El principio de eficiencia juega aquí un rol determinante, promoviendo una gestión basada en resultados y en el cumplimiento de los objetivos establecidos.
Finalmente, el seguimiento y evaluación son las etapas culminantes del ciclo presupuestario y, aunque muchas veces subestimadas, son cruciales para garantizar la transparencia y la rendición de cuentas. Estas etapas incluyen la supervisión del uso de los recursos públicos por parte de la Cámara de Cuentas y la Contraloría General de la República. La evaluación, además de identificar posibles irregularidades, tiene un componente preventivo y correctivo que fortalece la institucionalidad y promueve la mejora continua en la gestión de los recursos del Estado.
En términos jurisprudenciales, el Tribunal Constitucional ha emitido varias decisiones que refuerzan la importancia del principio de legalidad en el manejo del presupuesto público. En la Sentencia TC/0124/13, el Tribunal Constitucional define el presupuesto público como «la expresión contable del plan económico de la Hacienda Pública para un período determinado» y resalta su carácter anual, conforme lo dispone el artículo 93.1 de la Constitución dominicana. Este artículo otorga al Congreso Nacional la facultad de examinar, discutir y aprobar el presupuesto general del Estado, garantizando la periodicidad y la intervención legislativa en las decisiones financieras del Ejecutivo. Asimismo, el Tribunal reafirma que las modificaciones presupuestarias deben realizarse dentro de los límites y procedimientos establecidos por la Ley núm. 423-06, asegurando el equilibrio entre los poderes del Estado y reforzando la legalidad y la transparencia en la administración de los recursos públicos. Esta decisión subraya la relevancia del presupuesto como herramienta jurídica y política que materializa las prioridades nacionales y consolida la confianza en la gestión pública.
En un sentido complementario, la Sentencia TC/0887/24 enfatiza que el artículo 234 de la Constitución limita claramente la posibilidad de modificar la Ley de Presupuesto General del Estado. Según el texto, «una vez votada la Ley de Presupuesto General del Estado, no podrán trasladarse recursos presupuestarios de una institución a otra sino en virtud de una ley que […] deberá tener el voto de las dos terceras partes de los presentes en cada cámara legislativa». Esta disposición refuerza el principio de reserva de ley y subraya la necesidad de requisitos formales y mayorías legislativas reforzadas para garantizar que las modificaciones presupuestarias se ajusten al marco constitucional y respeten el equilibrio de poderes.
En síntesis, el ciclo presupuestario constituye un mecanismo jurídico esencial para garantizar una gestión eficiente y transparente de los recursos públicos, enmarcada dentro de los principios establecidos por la Constitución dominicana y la Ley núm. 423-06. Estas normativas configuran un marco regulatorio que delimita con precisión cada etapa del ciclo presupuestario, desde la formulación hasta la evaluación, estableciendo mecanismos claros para el control, la fiscalización y la rendición de cuentas. El respeto y la aplicación efectiva de este marco legal no solo aseguran la conformidad con los principios de legalidad y transparencia, sino que también fortalecen la estructura institucional del Estado.
Cada etapa del ciclo presupuestario está jurídicamente diseñada para garantizar la correcta administración de los recursos públicos, conforme a los principios de eficiencia y sostenibilidad fiscal. La adecuada implementación de los aspectos legales no debe interpretarse como un simple procedimiento técnico, sino como un compromiso del Estado con la observancia de las normas constitucionales y legales. Este enfoque jurídico consolida la seguridad en la toma de decisiones presupuestarias y protege el equilibrio de poderes, reafirmando al presupuesto como una herramienta esencial para el ordenamiento jurídico y el cumplimiento de los fines del Estado.