Termina el año 2022 y lega a la República Dominicana importantes instrumentos jurídicos que fortalecen su institucionalidad democrática y el servicio a la ciudadanía. En ese sentido, son destacables cuatro legislaciones: la Ley núm. 340-22, que regula el Proceso de Extinción de Dominio de Bienes Ilícitos; la Ley núm. 339-22, que habilita y regula el uso de medios digitales para los procesos judiciales y procedimientos administrativos del Poder Judicial; la Ley Orgánica de Regiones Únicas de Planificación de la República Dominicana, núm. 345-22; y la Ley núm. 368-22, de Ordenamiento Territorial, Uso de Suelo y Asentamientos Humanos.
En la última década, exceptuando la propuesta de modificación del Código Penal, ninguna otra iniciativa legislativa ha suscitado tanto debate como la Ley de Extinción de Dominio, normativa ordenada por el artículo 51, numeral 6, de la Constitución de la República. La Ley núm. 340-22 regula el procedimiento mediante el cual el Estado logra administrar y disponer de bienes obtenidos por particulares de forma ilícita. Esta ley configura la extinción de dominio como un procedimiento autónomo e independiente del penal, civil o administrativo, permitiéndole al Ministerio Público someter a dicho procedimiento los bienes procedentes de hechos punibles como el tráfico ilícito de drogas, el secuestro, la trata de personas y el tráfico de armas.
Es oportuno resaltar que, debido a las adecuaciones administrativas, presupuestarias y al adiestramiento del personal que implicará la implementación de esta norma, se dispuso un vacatio legis de doce meses para su entrada en vigencia, comenzando, por tanto, a aplicarse a partir de julio de 2023.
En lo que respecta a la Ley de Uso de los Medios Digitales en el Poder Judicial, al implementar principalmente la opción de las audiencias virtuales consensuadas entre las partes y las diligencias judiciales digitales, viene a llenar un vacío normativo y administrativo que se puso muy de manifiesto en los días iniciales de la feroz pandemia de la COVID-19. En efecto, esta ley prevé que, en caso de la vigencia de un Estado de excepción, el Pleno de la Suprema Corte de Justica pueda disponer el uso obligatorio de los medios digitales, salvo en materia penal a petición del imputado.
Al igual que ocurría con la Ley de Extinción de Dominio, también estaban pendientes de ser cumplidas desde 2010 las disposiciones constitucionales contenidas en los artículos 194 y 195 de la Ley Sustantiva, que respectivamente ordenan la aprobación de leyes para “la formulación y ejecución de un plan de ordenamiento territorial que asegure el uso eficiente y sostenible de los recursos naturales de la nación” y para determinar “el nombre y los límites de las regiones, así como de las provincias y de los municipios en que ellas se dividen”.
En ese sentido, en agosto comenzó a formar parte de nuestro ordenamiento jurídico la Ley Orgánica de Regiones Únicas de Planificación de la República Dominicana, convirtiéndose esta norma en un instrumento idóneo para la planificación de las políticas públicas y el adecuado aprovechamiento de los recursos, así como para el desarrollo equilibrado de nuestras demarcaciones.
En lo que respecta al mandato constituyente para elaborar legislativamente un plan de ordenamiento territorial, este fue acatado con la aprobación y promulgación de la Ley núm. 368-22, la cual regula el uso de suelo y crea los mecanismos jurídico-administrativos para la elaboración de planes de ordenamiento territorial a nivel nacional, regional y municipal, los cuales deberán estar en armonía con intereses medioambientales, culturales y de desarrollo sostenible. Además, clasifica el suelo en urbano, urbanizable y no urbanizable, a la vez que configura un régimen de sanciones administrativas a cargo de los gobiernos locales.
Las novedades normativas de 2022 no se limitan a la producción del Poder Legislativo, ya que desde el Poder Ejecutivo fueron dictados importantes reglamentos, como el de aplicación de la Ley Orgánica de la Policía Nacional, pendiente de emisión desde enero de 2017, y el Reglamento de Aplicación de la Ley de Mejora Regulatoria y Simplificación de Trámites.
Albergamos la esperanza de que el venidero 2023 no solo sea fructífero en la implementación de toda la normativa aquí citada, sino que también dé lugar a la aprobación de transcendentales piezas legislativas sometidas en este 2022, como el proyecto de Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, impulsado por el Poder Ejecutivo.