La Corte Suprema de Brasil decidió este miércoles, por unanimidad, que las mujeres no gestantes en parejas homosexuales tienen derecho a la baja por maternidad.

El pleno del alto tribunal dictó que en caso de que la madre que ha dado a luz haga uso del beneficio, su pareja podrá tener acceso a un permiso equivalente al de paternidad.

En Brasil, la baja por maternidad para trabajadoras con contrato formal es de 120 días, aunque en algunos puede ir hasta los 180, mientras que el de paternidad es de apenas cinco días, con posibilidad de extenderse hasta 20.

La corte analizó el caso concreto de una pareja homosexual en la que una de las mujeres se sometió a un procedimiento de inseminación artificial con el óvulo de su pareja, una funcionaria del municipio de São Bernardo do Campo, en la zona metropolitana de São Paulo.

Esa última pidió la baja por maternidad, pues la madre gestante es una trabajadora autónoma, pero le fue negada bajo el argumento de que ese escenario no está previsto en la legislación.

Recurrió entonces a los tribunales, donde alegó que el futuro bebé formaría parte de una "familia compuesta por dos madres" y que, ante la "imposibilidad" de que la gestante pueda quedarse en casa por su condición de trabajadora autónoma, es ella la que tiene derecho a la baja por maternidad.

Consiguió fallos favorables en primera y segunda instancia, frente a lo cual el municipio recurrió a la máxima instancia judicial del país.

Sin embargo, el Supremo consideró que la baja por maternidad entra dentro del deber constitucional de proteger al menor, y en ese sentido, tiene que garantizarse independientemente de la configuración familiar.

"El permiso también tiene por objeto proteger a las madres adoptivas y a las madres no embarazadas de uniones del mismo sexo, que aunque no experimentan los cambios típicos del embarazo, soportan todas las demás funciones y tareas que les corresponden tras la formación del nuevo vínculo familiar", sostuvo el juez Luiz Fux, instructor del caso.

La decisión tomada este miércoles por el pleno del Supremo, formado por once magistrados, podrá aplicarse a casos similares en todos los juzgados del país.