La Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (Pro-Competencia) ordenó investigar una denuncia interpuesta por la sociedad comercial Tecnimédica, S.R.L. en contra de siete agentes económicos a los que acusa de "competencia desleal en la venta de equipos estéticos de depilación láser".

El organismo dispuso (resolución DE-002-2022, del 1 de febrero) el inicio de la investigación en contra de los agentes económicos Antonio Daniel Insfran Maldonado, Mercedes Valdez, Nelsy Mateo, Tecnología Médica Dominicana (Tecmed), Esencia Estética VIP, Cecamed, SRL, y Faceglow Stetic Center and Spa, SRL.

Pro-Competencia explicó en un comunicado que la investigación ha sido iniciada "en virtud de la existencia de hechos que constituyen indicios razonables para presumir la realización de actos de engaño y actos de confusión por parte de los denunciados". La supuesta competencia desleal en la modalidad de actos de imitación fue desestimada por la Dirección Ejecutiva.

Dijo que la denuncia realizada el pasado 16 de diciembre, se fundamenta en supuestos actos de engaño, de confusión y de imitación, configurados en el artículo 11, literales a, b y d, de la ley núm. 42-08.

Refiere que estas acciones habrían sido ejecutadas por los denunciados mediante la distribución y comercialización de equipos estéticos de depilación láser de origen desconocido bajo la marca de la empresa Alma Laser, LTD, de la cual Tecnimédica, S.R.L., es el único distribuidor autorizado en el país.

La Ley General de Defensa de la Competencia 42-08 otorga a los agentes económicos investigados un plazo de 20 días hábiles para contestar esta resolución y presentar los medios de defensa que estimen pertinentes. La Dirección Ejecutiva de Pro-Competencia cuenta con 12 meses para instruir el procedimiento de investigación.

Un agente económico realiza competencia desleal cuando su práctica o comportamiento en el ámbito comercial o empresarial resulte contraria a la buena fe y ética comercial con el objeto de desviar ilegítimamente la demanda de los consumidores.

Los actos de competencia desleal son: engaño, confusión, comparación indebida, imitación, violatorios de los secretos profesional y empresarial, incumplimiento a normas, denigración, promoción del incumplimiento de obligaciones contractuales.