La debida diligencia del cliente (Know Your Customer, KYC) es un proceso que los bancos llevan a cabo para verificar la identidad de sus clientes, recopilar información relevante sobre ellos y evaluar el riesgo asociado a la relación comercial. Consiste en obtener y verificar información precisa y actualizada sobre el cliente para mitigar el riesgo de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y otras actividades ilícitas.

La debida diligencia del cliente generalmente implica los siguientes pasos:

  1. Identificación del cliente: El banco debe solicitar y verificar la identidad del cliente. Esto puede incluir la obtención de documentos de identificación válidos, como un pasaporte o la cédula de identidad, y la verificación de la autenticidad de dichos documentos.

 

  1. Verificación de la información personal: El banco debe recopilar información personal relevante del cliente, como su nombre completo, dirección, número de teléfono y fecha de nacimiento. Esta información se utiliza para establecer una identidad única y distinguir al cliente de otros individuos.

 

  1. Propósito y naturaleza de la relación comercial: El banco debe entender el propósito y la naturaleza de la relación comercial con el cliente. Esto implica obtener información sobre la actividad económica del cliente, como su ocupación, fuente de ingresos y tipo de transacciones esperadas.

 

  1. Evaluación del riesgo: El banco debe evaluar el riesgo de lavado de activos y financiamiento del terrorismo asociado con el cliente. Esto implica determinar la categoría de riesgo del cliente en función de factores como su ubicación geográfica, sector de actividad y tipo de transacciones. Los clientes considerados de alto riesgo pueden requerir un mayor nivel de diligencia y monitoreo continuo.

 

  1. Verificación de antecedentes: En algunos casos, los bancos pueden llevar a cabo una verificación de antecedentes adicionales para clientes de alto riesgo. Esto puede incluir consultas a listas de sanciones internacionales, bases de datos públicas y registros legales para detectar posibles vínculos con actividades ilícitas.

 

  1. Mantenimiento de registros: Los bancos deben mantener registros adecuados de la información recopilada durante el proceso de debida diligencia del cliente. Estos registros deben estar actualizados y disponibles para su revisión por parte de las autoridades competentes en caso de ser requeridos.

La debida diligencia del cliente es esencial para que los bancos conozcan a sus clientes, evalúen el riesgo asociado y tomen medidas apropiadas para prevenir el lavado de activos y otras actividades ilícitas.

Además, es un requisito legal y regulatorio establecido en los artículos nos. 36, 37, 38 y siguientes de la Ley Núm. 155-17, Contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo, del 1 de junio de 2017, ratificado en tercera versión del “Instructivo sobre Debida Diligencia” emitido por la Superintendencia de Bancos mediante Circular 005/22 del mes de julio del año 2022.

Tu Consultorio Financiero es una columna desarrollada por Jesús Geraldo Martínez para Acento.com.do sobre finanzas personales, para orientar a las personas con conocimientos básicos en finanzas y economía a mejorar su entendimiento. Para consultar de manera gratuita con el autor puede escribir al correo Jgmartinez20@icloud.com, Si te gustan mis artículos sígueme en Instagram @Jesusgeraldomartinez.