El Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor (Pro Consumidor) anunció este domingo que multará a los negocios de alimentos y bebidas que apliquen el 10 % por concepto de propina cuando los mismos sean para llevar.
Si la persona que compra los productos no utiliza las instalaciones del local para consumirlos no se debe aplicar dicho valor, recordó Pro Consumidor en un comunicado.
En ese sentido, el director de Pro Consumidor, Eddy Alcántara, explicó que se sancionará con multas y otras acciones los negocios que violen lo establecido en la nueva resolución aprobada en este sentido por esta institución.
"A partir de esta resolución, nuestros inspectores estarán en las calles verificando y garantizando el cumplimiento de la misma que durante años ha sido incumplida", afirmó.
Alcántara explicó que Pro Consumidor ha recibido muchas denuncias de consumidores que entienden que se le timan sus derechos cuando les cobran el 10 % de propina sin hacer uso del establecimiento.
El funcionario llamó a los ciudadanos a denunciar ante Pro consumidor a los establecimientos que violen esta disposición, por lo que requirió que guarden el comprobante de pago o factura para que sirva como elemento de prueba.
Se recuerda que la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) estableció mediante sentencia que la propina obligatoria que dispone el artículo 228 del Código de Trabajo no debe ser incluida en las cuentas de comidas y bebidas que serían consumidas en un lugar diferente al negocio o comercio que las haya vendido.