En República Dominicana las empresas familiares son una parte importante del tejido económico del país. Sin embargo, algunas de estas empresas presentan una marcada ausencia de transparencia, que afecta a todos los socios, así como a su buen desempeño, rentabilidad, su futuro como legado familiar y como negocio que aporta a la sociedad y genera riquezas.

El planteamiento lo hace el abogado de la firma Socio Canela Contreras, Manuel Canela,  quien explica que es común que una empresa o conglomerado empresarial sea fundado por un emprendedor visionario, que gracias a su ingenio y esfuerzo la hace nacer y crecer.

Canela señala que en el trayecto, este fundador incorporar a sus hijos a la gerencia o a uno de los esposos o esposas de los hijos. Siempre pensando en que los negocios perdurarán de esa forma.

"Esta persona fundadora, sin embargo, no repara en que integrar a un miembro de la familia en el equipo de dirección implica inmediatamente una distinción que, para ser exitosa, debe contar con reglas claras. La hija o yerno tienen una doble función: potencial sucesor pero y sobre todo: empleado. Con su trabajo, no solamente asume obligaciones frente a la empresa, sino también frente al líder y sus pares, también posibles sucesores", explica el abogado.

Con el fallecimiento del fundador, explica Canela, el panorama normalmente se torna más crítico y requiere un mayor nivel de transparencia. El hijo o hija o el pariente político, asume las riendas de los negocios familiares con dos diferencias fundamentales.

En primer lugar, no se trata de la misma persona que fundó la empresa, y en segundo, automáticamente cuenta con socios con igual o más derechos que quien pasa ahora a dirigir. Esto le resta independencia y hace que deba asumir mayor compromiso.

Canela explicó que es usual que, en estas circunstancias, por la ausencia de una cultura de transparencia, ocurra una confusión del patrimonio personal del nuevo líder, con el patrimonio de la empresa.

"Surgen pagos preferenciales, contrataciones con relacionados, compensaciones extraordinarias, entre otras acciones, que perjudican el patrimonio de los demás socios. Así mismo, es común ver que empréstitos que se asumen para inyectar al negocio familiar, se utilizan para provecho personal. El nuevo líder se entiende merecedor de estos privilegios en perjuicio de sus socios pasivos que, a su errado entender, no aportan nada al éxito del negocio y la concretización de nuevos proyectos", manifestó el abogado.

A juicio de Canela, los administradores deben considerar que esa conducta, no solamente es una violación a su obligación fiduciaria con respecto a la sociedad y sus socios, sino también a sus obligaciones como empleados, condición que no han perdido por adquirir la calidad de socio.

Detacó que dependiendo de las transacciones, pueden comprometer incluso su responsabilidad penal, pues tanto la legislación societaria, como de contabilidad y la penal imponen sanciones por abuso del objeto social, la distracción de recursos o el privilegio a relacionados. Igual tampoco pueden “maquillar” información financiera pues estarían incurriendo en falsedad. Estos ilícitos son fácilmente identificables con una auditoria forense.

Consejos

Canela precisa que "estos males, sin embargo, tienen varias formas de prevenirse".

En primer lugar, la planificación patrimonial a la que normalmente se acude para proteger parte del patrimonio, ayuda en la disminución de las contestaciones vinculadas con la participación en los negocios familiares.

En segundo lugar, con mayor nivel de importancia, está establecer una cultura de transparencia, de libros abiertos, donde la familia (ahora socios) debe ser informada periódicamente de la marcha de los negocios, que se les permita acceder a cualquier tipo de información cada vez que lo soliciten. La ley y la ética empresarial lo justifican.

En tercer lugar, es importante establecer un consejo de dirección donde los socios o representantes de los socios comparezcan, para que estén en conocimiento de los proyectos, contrataciones, situación financiera, etc, y puedan participar en la toma de decisiones.

En cuarto lugar, es saludable, dependiendo del tamaño del negocio, incorporar reglas de gobierno corporativo, relacionadas con la periodicidad de reuniones, las remuneraciones a ser pagadas a los funcionarios y consejeros, sobre la consultoría a externos para cierto tipo de decisiones, entre otros asuntos.

En quinto lugar, es imprescindible disponer de reglas de sucesión donde se prevea la participación de los demás miembros de la familia, siempre y cuando tengan las aptitudes necesarias para ejercer funciones en la gerencia de la sociedad. El hecho de ser familia no implica automáticamente el derecho a participar en el día a día de las operaciones. El derecho principal y que debe protegerse a toda costa, es el de socio, con todas las garantías que debe disponer.

"Este camino hacia la organización de las empresas familiares, es a veces desagradable, pero iniciarlo siempre contando con la transparencia como norte, asegura la unidad familiar, el mantenimiento y desarrollo de los negocios y el consiguiente beneficio a la sociedad pues genera riquezas para la familia y sus empleados", concluyó Canela.