Los clientes bancarios cuentan con un plazo de hasta cuatro años para realizar una reclamación ante su entidad financiera. Esta información relevante para los usuarios de servicios bancarios surge en el marco normativo vigente y puede resultar crucial en situaciones donde se presenten disputas o inconvenientes con el banco.
La normativa establece que los clientes tienen un plazo razonable para efectuar una reclamación por errores, cobros indebidos, o cualquier otra irregularidad detectada en sus cuentas o transacciones. Este período de hasta cuatro años brinda a los usuarios la oportunidad de abordar y resolver conflictos de manera adecuada y sin presiones temporales excesivas.
El artículo 32 del Reglamento de Protección al Usuarios de los Servicios Financieros, establece que los clientes podrán presentar sus reclamaciones ante las entidades bancarias o cambiarias en un período no mayor de cuatro (4) años, contado a partir del momento en que se produce el hecho que genera la reclamación.
Esto significa que un cliente tiene hasta cuatro años para realizar una reclamación a una entidad bancaria, si existen indicios, por ejemplo, de que le fue cobrado un cargo o comisión bancaria que no procedía y si tiene la prueba para demostrarlo, cumpliendo todos los pasos del procedimiento para presentar una reclamación.
Un caso común es el cobro indebido de cargo mensual por tu tarjeta de débito, si el plástico esta vencido, no procede ese cargo en tu estado de cuenta, y máxime cuando la entidad bancaria no te ha contactado para comunicarte que el plástico está vencido o que tienes una reposición del plástico.
Revisar los estados de cuentas bancarios y de tarjetas de crédito de forma regular es esencial para protegerse contra cargos indebidos, fraudes y hasta errores financieros que pueden producirse por riesgos operacionales de las entidades bancarias.
En ese sentido, es fundamental que los usuarios estén al tanto de sus derechos y de los plazos estipulados por el Reglamento de Prousuario aprobado por la Junta Monetaria, para hacer valer sus reclamaciones. Además, es recomendable llevar un registro detallado de todas las transacciones bancarias y documentar cualquier anomalía que pueda surgir, lo que facilitará el proceso de reclamación en caso necesario.
Asimismo, es importante destacar que las reclamaciones deben ser presentadas de manera formal y documentada ante la entidad bancaria correspondiente. Es recomendable utilizar los canales de atención al cliente proporcionados por el banco y conservar copias de toda la correspondencia relacionada con la reclamación.
La entidad bancaria está obligada a dar apertura a una reclamación a solicitud del cliente, según el canal en que se realice la reclamación, deberá entregar al cliente un documento físico o digital, que incluye la fecha, tu número de reclamación, el sello de la entidad.
Finalmente, conocer los plazos establecidos por la normativa para realizar reclamaciones bancarias es fundamental para los usuarios, ya que les permite defender sus derechos y resolver conflictos de manera oportuna. Mantenerse informado y documentar cualquier irregularidad son prácticas clave para hacer valer los derechos como cliente bancario.
La columna “La Banca Dominicana por Dentro”, es desarrollada por Jesús Geraldo Martínez, en el interés de aportar al fortalecimiento del Sistema Financiero Dominicano desde una perspectiva analítica y práctica orientada a la formación de conocimientos y divulgación de informaciones exclusivas de dicho sector. Para contactar con el autor. Email jgmartinez20@icloud.com, o seguir a @Jesusgeraldomartinez en Instagram.