El Centro Nacional de Fomento y Promoción de las Asociaciones sin Fines de Lucro (CASFL) anunció que se encuentra formalmente abierta la convocatoria para la presentación de solicitudes de asignaciones presupuestarias o subvención de las Asociaciones sin Fines de Lucro (ASFL), con cargo al Presupuesto General del Estado para 2024.
El CASFL, del Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo, informó que el plazo de presentación de las solicitudes finalizará el 16 de mayo del presente año 2023.
Para este año se ha destinado un total de RD$ 2,181,329,309.00 y se contempla una partida de más de RD$ 404,088,000.00 por concepto de otros acuerdos.
El órgano rector puntualizó que igualmente se hace de público conocimiento que los términos de referencia para la Solicitud de Subvención Estatal para programas o proyectos de beneficio público o de servicio a terceras personas aprobada por este Centro Nacional, mediante la Resolución Número 01/23, se encuentra disponible en la página web de la institución
“Informamos a todas las ASFL que la presentación de solicitudes se recibirá única y exclusivamente a través del Sistema Integral de Gestión de las Asociaciones Sin Fines de Lucro (SIGASFL)”, precisó Vielka Polanco, directora del CASFL.
Asimismo, reiteró que las capacitaciones y entrenamientos para el manejo de la plataforma antes mencionada y los demás servicios que se realizan en esta institución no tienen ningún tipo de costo, por lo que cualquier trámite se realiza de manera gratuita.
Requisitos
- Para aplicar por la subvención se deben recoger los siguientes requisitos:
- Estar en cumplimiento de las obligaciones administrativas, financieras y fiscales.
- Estar inscritas en el Registro de Habilitación.
- Desarrollar actividades en áreas declaradas prioritarias y alineadas a la END 2030 y los ODS.
- Calificar como asociación de beneficio público o de servicio a terceros, asociaciones mixtas u órganos interasociativos.
- Mínimo un año de incorporación.
- Rendición de cuentas consistente, coherente y adecuada de acuerdo con lo estipulado en el artículo 32 de la Ley 122-05.
- Aprobar el procedimiento de inspección realizado por el CASFL.