El Cuarto Juzgado de Instrucción del Distrito Nacional impuso este lunes un límite de decibelios y otras condiciones, durante un período de observación de un año, a un establecimiento de diversión ubicado en la Plaza Universitaria, cuyo propietario fue sometido a la justicia por contaminación sónica.
La resolución de la jueza Ana Lee Florimón validó un acuerdo de las partes y determinó la suspensión condicional del proceso penal en contra de José Armando Féliz y la entidad comercial Sahara VIP, bar que opera en la avenida Sarasota de esta ciudad.
Para preservar el beneficio de la suspensión, el establecimiento debe acogerse a varios de requisitos establecidos por el tribunal, en correspondencia con la normativa medioambiental.
El imputado se comprometió a mantener los equipos de música a decibelios permisibles, así como a asistir a cinco charlas ante el juez de la Ejecución de la Pena y abstenerse del uso excesivo de bebidas alcohólicas, como condiciones para mantener el proceso suspendido.
En el dispositivo judicial se advierte al imputada José Armando Féliz de que "de no cumplir con las referidas reglas se revocará la suspensión condicional del procedimiento", que se reanudará en su contra.
Además, establece que "desde la fecha de la lectura de esta decisión hasta que culmine el período de prueba estará bajo control del juez de Ejecución de la Pena”.
Ante la acusación presentada por Proedemaren, el tribunal determinó que Féliz y su establecimiento de bebidas alcohólicas violaron varios artículos de la Ley sobre Prevención, supresión y limitación de ruidos nocivos y molestos que producen contaminación sonora, modificada por la Ley General de Salud.