El presidente de Nicaragua, Daniel Ortega, y su esposa y vicepresidenta Rosario Murillo, presentaron este miércoles una reforma total a la Constitución de su país que implica cambios profundos en la estructura del poder en la nación centroamericana.
El ejecutivo de Ortega presentó la propuesta de "Ley de protección de los nicaragüenses ante sanciones y agresiones externas" a la Asamblea Nacional para que esta la tramite con carácter urgente.
La reforma afectará a más de 100 artículos de la actual Constitución que el gobierno de Ortega ya ha enmendado en 12 ocasiones desde 2007, incluida una que le permitió ser reelegido de forma indefinida en el cargo.
Ortega, de 79 años, lleva cuatro mandatos presidenciales consecutivos además de otro período anterior entre 1985 y 1990.
El anuncio de la reforma constitucional desató una oleada de críticas desde la oposición nicaragüense, cuyos líderes están en el exilio tras ser encarcelados y después desterrados en 2023.
Además, la Secretaría General de la Organización de Estados Americanos (OEA) emitió un comunicado en el que dice que "rechaza y repudia la iniciativa de 'ley de reforma’" presentada por Ortega.
Aquí te presentamos algunos de los cambios más polémicos de la reforma.
1. Copresidencia
La reforma del artículo 133 oficializa la figura de la “copresidencia”, estableciendo que el poder ejecutivo estará integrado por un copresidente (Daniel Ortega) y una copresidenta (Rosario Murillo).
La misma reforma dice que ante el fallecimiento de uno de los copresidentes, asume y mantiene la presidencia quien sobreviva de los dos.
La creación de las figuras de copresidente y copresidenta garantiza la sucesión dinástica, proyectando al hijo de la pareja, Laureano Ortega Murillo, como su sucesor.
Opositores han comparado este sistema de gobierno en Nicaragua a los regímenes del Medioevo con reyes y reinas creando una dinastía con su descendencia.
2. Se extiende el período presidencial
El período presidencial en Nicaragua es de cinco años y así ha sido desde 1997.
Pero con la reforma el gobierno extiende el actual período presidencial por un año, expresando en el artículo 135 que “el copresidente y la copresidenta ejercerán sus funciones por un período de seis años, que se contará a partir de su toma de posesión”.
De manera que ya no habrá un cambio en 2026, como antes estaba establecido, sino que continuarán en el poder hasta 2027.
Dentro de ese período, los copresidentes “gozarán de inmunidad de conformidad con la ley” y tendrán la opción a la reelección indefinida.
3. Poder único
La reforma elimina la separación de los poderes ejecutivo, legislativo y judicial.
El artículo 132 reformado expresa: “La presidencia de la República dirige al Gobierno y como jefatura del Estado coordina a los órganos legislativo, judicial, electoral, de control y fiscalización, regionales y municipales, en cumplimiento de los intereses supremos del pueblo nicaragüense y de lo establecido en la presente Constitución”.
Ortega y Murillo tendrán todo el dominio sobre los poderes del Estado, declarando mediante otro artículo que “la Presidencia de la República ejerce la jefatura de Estado y Gobierno”.
La pareja presidencial se adjudica el derecho a nombrar y cesar ministros, viceministros, procuradores, directores de entes autónomos y gubernamentales”.
Además, les prohíben postularse a la presidencia a centenares de opositores despojados de su nacionalidad nicaragüense.
4. Policía "voluntaria"
A través del artículo 97 reformado se crea un “cuerpo auxiliar” integrado a por ciudadanos y ciudadanas nicaragüenses que prestan un servicio “de apoyo a la Policía Nacional” de forma voluntaria.
Se le ha llamado “Policía Voluntaria”, un término que el gobierno utilizó por primera vez en 2018 para denominar a los paramilitares que reprimieron con fuego las protestas contra el gobierno entre abril y julio de ese año, dejando más de 350 muertos y miles de heridos, según organizaciones de derechos humanos.
La presidencia “podrá ordenar la intervención del ejército de Nicaragua en apoyo a la Policía Nacional, cuando la estabilidad de la República lo requiera”.
Los críticos advierten que ese cambio deja abierta la posibilidad de que el ejecutivo pueda movilizar el ejército ante cualquier amenaza a su poder.
La reforma también permite a oficiales militares o policiales tomar cargos ejecutivos temporalmente cuando "el interés supremo de la nación lo exija".
5. Nuevo símbolo patrio
Además de la bandera azul y blanca, el himno nacional y el escudo nacional, el artículo 13 añade a la bandera rojinegra del Frente Sandinista de Liberación Nacional (FSLN) como símbolo patrio.
Desde su fundación, el FSLN se ha transformado de una movimiento revolucionario que derrocó la dictadura de Anastasio Somoza, pasando por un partido político tradicional, hasta terminar como una agrupación bajo el liderazgo autoritario de Ortega y Murillo.
Muchos dirigentes históricos del original FSLN abandonaron el partido para formar sus propias organizaciones alternativas o se fueron al exilio.
Se espera que la Asamblea Nacional, controlada por el FSLN, apruebe la propuesta de Ortega tan pronto como este viernes, según dijo el presidente del organismo, Gustavo Porras.
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