¡Buenas nuevas! El pasado lunes 12 de diciembre 2022 circuló la noticia del depósito de nuevas iniciativas legislativas al presidente del Senado de la República Dominicana por parte del Poder Ejecutivo, consideradas como prioridad, entre los cuales se cuenta el proyecto de ley de lucha contra la trata de personas y el tráfico ilícito de migrantes.
La presentación de este proyecto de ley ante los legisladores constituye uno de los proyectos más esperados por organismos internacionales y nacionales pertenecientes a la coalición de la sociedad civil contra la trata de personas, quienes junto a las autoridades que combaten este mal, hemos venido impulsando desde 2018 la necesidad de contar en el país con una ley más actualizada para el debido abordaje de este delito.
Esta es una verdadera necesidad. La trata de personas es un delito grave y vergonzoso en República Dominicana y a nivel mundial, supone la vulneración más grave de los derechos fundamentales de un ser humano ya que lo reduce a simples monedas mediante su comercialización, desde la explotación sexual, la mendicidad, el tráfico de órganos hasta la explotación laboral; todo lo cual resulta aún más dramático cuando afecta a niños, niñas y adolescentes.
Nuestra ley actual adoptada en 2003 ya no cumple con su objetivo frente a la creciente diversidad en cómo se manifiesta la trata de personas y delitos vinculantes en el país, ni provee la legislación adecuada para la protección a víctimas; es en ese sentido que una nueva ley contra la trata de personas es altamente requerida, no tan sólo para asegurar el enjuiciamiento de los que cometen el delito, sino también para brindar protección y asistencia integral a la víctima de este delito.
Históricamente, las leyes han sido concebidas e identificadas como delimitadoras del libre albedrío de las personas dentro de la sociedad. Se puede decir que la ley es el control externo que existe para la conducta humana, las normas que rigen nuestra conducta social, por lo cual constituye una de las principales fuentes del derecho.
Cuando hablamos de ley, (en latín lex, legis) nos referimos a una norma jurídica dictada por el legislador, es decir, un precepto establecido por la autoridad competente, en que se manda o prohíbe algo en consonancia con la justicia, cuyo incumplimiento conlleva a una sanción. Otra definición establece que la ley es una regla o norma establecida por una autoridad superior para regular, de acuerdo con la justicia, algún aspecto de las relaciones sociales.
Ambas definiciones dejan entrever que, desde sus inicios, las leyes han sido concebidas como un control represivo para el agresor, y no restaurador ni de reparación digna para la víctima. Claro, no significa que no se ha legislado a favor de la víctima a modo general, sino que la finalidad de la ley es hacer que el responsable de un delito responda por su hecho ante la justicia.
Esta carencia de leyes sin enfoque victimológicos que históricamente han dominado está siendo desplazada por leyes cuyo enfoque es la víctima del delito para reparación y atención integral. Esta novedad no tan sólo es una necesidad identificada en el país, es actualmente una necesidad extendida tanto por la región de Latinoamérica como en Europa.
En España, por ejemplo, fue aprobado recientemente el anteproyecto de ley integral contra la trata de personas, del cual se indica marcará un antes y un después en la protección de los derechos humanos en dicho país; la misma está centrada en las víctimas, y tiene por objetivo la lucha contra todas las formas de trata de seres humanos y la adecuada asistencia y protección de las víctimas, creando como novedad el Mecanismo Nacional de Derivación (MND), que fungirá como órgano encargado de la inmediata derivación de las presuntas víctimas.
Más allá de la respuesta penal y la asistencia a la víctima que le garantiza toda una serie de derechos y medidas de apoyo, la ley recoge también la prevención y la sensibilización de la sociedad. Se establecen medidas en los ámbitos educativo, sanitario, publicitarios y la adopción de dichas medidas en el ámbito del sector privado y empresarial como novedad, para evitar la explotación.
Todo da indicar un verdadero antes y después en la protección de derechos humanos en el indicado país europeo, producto de los compromisos nacionales e internacionales que el mismo ha asumido. Y aunque al momento de escribir este texto aún no hemos tenido acceso al proyecto final de ley de trata en República Dominicana presentado ante el presidente del senado esta semana, estamos confiados en que el enfoque que trae nuestra nueva propuesta de ley tiene un sentido, por igual, victimo céntrico.
Por varios años, tanto las autoridades como sociedad civil identificaron las carencias y lagunas de la actual ley en la materia, y en base a ello y las recomendaciones constantes del Departamento de Estado de los Estados Unidos para el país, se inició el movimiento para impulsar la adopción de una nueva ley contra la trata que responda a las necesidades de la víctima.
A parte del enfoque victimológico, el proyecto de ley presentado debe abordar también la prevención y la sensibilización de la sociedad como elementos claves para la deseable erradicación de estas prácticas, así como la importancia de desarticular el modelo de negocio que brinda la trata. Estamos convencidos que sólo direccionando la ley contra la trata en las necesidades de la víctima, la adecuada asistencia y su protección integral, alineará este y todos los demás aspectos que debe contemplar cualquier ley.
Llegó el momento de legislar con enfoque y en favor de la víctima y dejar de ser la gran olvidada del sistema de justicia; su voz y sus necesidades son las que están moviendo hoy a las autoridades y sistemas de justicia del mundo a legislar en su favor para su protección y restauración. A la vez, aplaudimos la evolución de las leyes en el tiempo por contemplar un enfoque amplio que incluye prevención del delito, educación, sensibilización, integración, reparación, atención integral a la víctima, represión, todo lo cual busca una efectiva protección de los derechos humanos.
Quedamos atentos a los siguientes pasos del poder legislativo y este proyecto de ley contra la trata, esperando que en el futuro inmediato sea aprobada, promulgada, y contemos así con una actualizada ley que responda a la realidad del delito en el país y a sus víctimas. Desde la óptica de los derechos humanos, esta sería la segunda gran ley que aprobaría el actual gobierno dominicano en defensa de los derechos humanos, después de la ley 1-21 que eliminó el matrimonio infantil.
¡Hasta que todos sean libres!
Sonia Hernández es abogada penalista, exprocuradora fiscal de la Provincia Santo Domingo. Tiene una maestría en Derechos Fundamentales por la Universidad Carlos III de Madrid y una especialidad en Derecho Procesal Penal por la Universidad Autónoma de Santo Domingo. Actualmente se desempeña como Directora asociada del fortalecimiento del Sistema Público de Justicia para Misión Internacional de Justicia (IJM).
Referencias:
Ley. https://es.wikipedia.org/wiki/Ley
Valdés, I. (2022). La ley de trata garantizará la asistencia y protección de las víctimas sin necesidad de denuncia. El País. Recuperado en: https://elpais.com/sociedad/2022-11-29/la-ley-de-trata-garantizara-la-asistencia-y-proteccion-de-las-victimas-sin-necesidad-de-denuncia.html