La organización idónea para la participación política en una democracia representativa es el partido político.
Cuando se habla de democracia representativa se está haciendo referencia, al mismo tiempo, a la democracia participativa. En sentido, tal y como sostiene el reconocido politólogo italiano, Giovanni Sartori: “Participación es tomar parte activa, voluntaria y personalmente”.
A propósito de la participación, el filósofo marxista, Antonio Gramsci, quien fue fundador y secretario general del Partido Comunista de Italia, sostuvo lo siguiente: “Creo, como Fiedrich Hebbel, que ‘vivir significa tomar partido’… Quien realmente vive no puede no ser ciudadano, no tomar partido. La indiferencia es apatía, es parasitismo, es cobardía, no es vida… La indiferencia es el peso muerto de la historia”.
¿Conviene participar desde el partido político? La respuesta la da Hans Kelsen, el más influyente jurista del siglo XX, en la afirmación siguiente: "Sólo por ofuscación o dolo puede sostenerse la posibilidad de la democracia sin partidos políticos. La democracia, necesaria e inevitablemente, requiere un Estado de partidos".
En el Diccionario de Política, de Bobbio, Matteucci y Paquino, la socióloga Anna Oppo pone de relieve el carácter asociativo del partido y señala que el nacimiento y el desarrollo de los partidos está vinculado al problema de la participación, es decir al progresivo aumento de la demanda de participar en el proceso de formación de las decisiones políticas por parte de las clases y extractos diversos de la sociedad.
Sintonizado con este criterio, en el artículo 216 de la Constitución de la República del 2010, el constituyente estableció entre los fines esenciales de los partidos políticos los siguientes: 1) Garantizar la participación de ciudadanos y ciudadanas en los procesos políticos que contribuyan al fortalecimiento de la democracia; y, 2) Contribuir, en igualdad de condiciones, a la manifestación de la voluntad ciudadana, respetando el pluralismo político mediante la propuesta de candidaturas a los cargos de elección popular.
¿De qué manera se participa? Eva Anduiza y Agustí Bosch, responden en su obra ‘Comportamiento político y electoral’, que la participación política se puede ejercer: 1) votando en elecciones o referéndum; 2) colaborando y participando en distintos aspectos de campaña electoral (asistencia a mítines, marchas, colocar propagandas, etc.); 3) siendo miembro activo de un partido político, entre otras formas.
Para participar en los partidos políticos es esencial afiliarse a estos, tal y como lo consagra el legislador en la Sección I del Capítulo II de la Ley número 33-18, de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, en la cual establece los requisitos de la afiliación, el cese, la prohibición, la exclusividad, la renuncia y el registro de los afiliados.
Sin duda, el principal requisito para poder afiliarse a un partido político es el de ser ciudadano y estar inscrito en el Registro Electoral.
Los partidos políticos, en calidad mediadores institucionalizados entre la sociedad civil y quienes toman las decisiones, tienen como principal función la de nominar los candidatos a los cargos de elección popular. Por tal motivo, los miembros de los partidos políticos tienen el derecho, mediante mecanismos democráticos, de elegir y ser elegidos candidatos de sus partidos a cargos de elección popular.
Finalmente, no se debe olvidar que octubre es el mes de la participación partidaria, debido a que, de conformidad con la Ley 33-18, es cuando se formaliza la selección de los partidos políticos de los candidatos a los cargos de elección popular.