El Estado es el más alto nivel de organización de la sociedad. El problema es que no siempre se ha orientado a las que son sus funciones esenciales, llegando hasta convertirse en varios países del mundo -en no pocos casos- en feudo de personas y grupos.
En la República Dominicana en el contexto de las grandes distorsiones históricas del Estado la tendencia en épocas recientes ha sido el avance en su institucionalidad democrática.
La función del Estado en educación, salud, justicia, entre otros, es de larga data. En materia de energía y minas es el 30 de julio de 2013, ante una gran dispersión, cuanto se crea el Ministerio de Energía y Minas de la República Dominicana-MEMRD-; pero solo se trató de una creación formal pues es 7 años después que se inicia un efectivo y de amplio alcance proceso para que realmente se constituya en la principal instancia del Estado en tan importantes áreas.
Si aún con las instancias del Estado de educación y salud no son pocas las confusiones y distorsiones administrativas, procedimentales, legales y hasta conceptuales, indica la importante tarea del MEMRD en cuanto a no solo construir una sólida institución del Estado dominicano, sino en educar a todos los niveles de la sociedad desde los conceptos de energía y minas, hasta las más avanzadas competencias y atribuciones gerenciales.
La Ley 100-13 que crea el Ministerio de Energía y Minas fue aprobada como se dijo por el Congreso Nacional y promulgada por el Presidente de la República; pero exactamente dos (2) meses después, es decir el 30 de septiembre de 2013 se aprueba otra ley-142-13- de solo un párrafo como artículo 24 que se agrega a la Ley 100-13, quitándole al ministerio las principales competencias en energía claramente consignadas en los artículos 2 y 3, atribuyéndole o manteniendo todo el poder al respecto a la Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales-CDEEE-.
El artículo 23 de la Ley 100-13 dispone 180 días -como máximo- para la aprobación de un Reglamento Orgánico y Funcional del MEMRD y 7 años después, es decir en el 2020, aún no se había cumplido con tal disposición legal.
En cuanto al área de minas la Ley Minera de la República Dominicana 146-71 cumplió el 4 de junio 51 años y respecto a la cual junto a otros importantes problemas al presente se actúa proactivamente en cuanto a las transformaciones y adecuaciones requeridas.
Son amplias, de las más variadas vertientes y de grandes dimensiones, además de relevantes, las tareas en curso del MEMRD como principal instancia del Estado en energía y minas.