A lo largo de los años se ha venido discutiendo la necesidad de reformas en la gestión de los recursos hídricos de la República Dominicana, circulando desde entonces varias iniciativas legislativas en torno a este objetivo, algunos proyectos simples y otros más complejos se han sometido a estériles procesos de discusión que han mantenido en estatus de indefinición el proceso de aprobación congresual de tan importante pieza legislativa. El fracaso en la implementación de una nueva ley que reclaman estos tiempos, para enfrentar la denominada crisis del agua, dificulta el necesario proceso de reforma de los esquemas de gobernanza y gestión del más preciado recurso, imprescindible para la vida, el desarrollo económico, la flora, fauna y ecosistemas: “el agua”.
Quisiera continuar haciendo la salvedad de que, si bien es cierto, se hace necesario rediseñar el marco legal para la gobernanza y gestión de los recursos hídricos del país, no es menos cierto que la reforma del sector no se logra con la mera aprobación de una ley. Se requiere de un cambio de paradigma en la forma en que interactuamos con el recurso y la definición de este, considerándola como recurso natural, económico y social.
Retornando a los motivos del fracaso de aprobación de un texto moderno de ley de aguas por parte de los diferentes sectores (social, político, ambiental y legislativo) y los desafíos que debemos superar en este trayecto, podríamos resumirlos en los siguientes:
- Histórica falta de voluntad política;
- Confusión sobre la regulación del agua como recurso y los servicios que utilizan el agua como insumo (incapacidad de distinguir la esfera de regulación del recurso y de los servicios);
- Resistencia al establecimiento de nuevas reglas de juego, es decir, regulación efectiva;
- Concepcion del agua como un recurso infinito y gratuito;
- Dispersión de responsabilidades de gestión y regulación.
La situación antes planteada se torna más compleja con el surgimiento de diferentes posturas respecto a la gestión del agua en sus diferentes vertientes. Por un lado, la sociedad civil aboga por sus derechos de acceso al recurso, considerándolo un bien público, cuya exclusión consideran imposible por tener derecho de acceso incondicional al mismo; Por otro lado, una parte del sector público (regulador / rector) que debe velar por la equidad de usos para asegurar fines medioambientales y de desarrollo socioeconómico de la nación; y, por último, pero no menos importante, están los diferentes usuarios (públicos y privados) que utilizan el recurso como insumo para el cumplimiento de su finalidad administrativa (servicios APS, generación hidro, etc.) y el desarrollo de sus actividades productivas (industria, minería, agricultura y turismo), quienes se resisten al establecimiento de nuevas regulaciones y controles que ralenticen su operación.
Podemos ver cómo ha surgido un status quo en el cual todos los actores hacen uso indiscriminado y autoritario del recurso haciendo honor a la famosa teoría de la tragedia de los comunes desarrollada por el biólogo Garrett Hardin, que describe una situación en la que los individuos motivados por su interés personal acaban sobreexplotando recursos naturales limitados que comparten con otros individuos. Al no existir un propietario, ni un ente dedicado exclusivamente a regular, controlar, proteger y planificar todos los usuarios creen estar en su derecho de usarlo sin ningún tipo de medida ni restricción, predominando la práctica de usar la mayor cantidad que se pueda porque si no se usa todo lo que se pueda mientras no existe una regulación apropiada vendrán otros que si lo harán.
Un aspecto de especial relevancia para un cambio de paradigma reside en asumir una visión integral del recurso que considere tanto la oferta (suministro), como la demanda (gestión) y sus diferentes vertientes constitutivas (relevancia social, económica y ambiental). Bajo este enfoque nos referimos a usos condicionados a eficiencia y bajo un criterio de prioridad que minimice conflictos de uso, que brinde seguridad jurídica a las inversiones, que asegure control sobre la cantidad y calidad y que incentive un uso racional. Dejando de lado el enfoque burocrático, sectorial y fragmentado imperante (con múltiples instituciones que operan como islas en cuanto a que deciden por su cuenta el uso que darán al recurso y donde no existe un líder que regula, planifica y protege con visión integral).
Para lograr este cambio de paradigma se requiere revisar el marco regulatorio existente, procurando establecer, entre otras cosas: (a) unificar la gestión de las aguas subterráneas y aguas superficiales considerando el ciclo del agua y el recurso como uno solo; (b) vincular la regulación de calidad y cantidad del agua en una sola entidad; (c) separar la regulación del recurso de la operación de infraestructuras hidráulicas para evitar concentración en la construcción y operación de obras que ofrecen mayores réditos políticos; (d) establecer un registro público y obligatorio de derechos que permita regular mejor la demanda en relación con la oferta y vinculado a condiciones de uso eficiente; (e) puesta en operación de un sistema de información abierto sobre la situación de las aguas presentes y con proyecciones futuras para tomar decisiones sobre usos respetando caudales y evitando conflictos futuros; (f) diseñar un sistema de planificación partiendo de información real del recurso disponible; (g) reenfocar el esquema de gobernanza, incluyendo participación social y usuarios en sus territorios; y, (h) establecer de manera paulatina, cuidando de los más vulnerables, cobros por uso y aprovechamiento del recurso para incentivar usos eficientes por todos los usuarios.
Lo que se requiere para la gestión y regulación eficiente del recurso explica el por qué, por más que abunden buenas intenciones de gestionar y regular adecuadamente el recurso, las mismas se vayan desvaneciendo. La postergación a la reforma solo prolonga conflictos a futuro en perjuicio del recurso, las inversiones y la estabilidad social, ganando ventaja ante este escenario la tragedia de los comunes.
En síntesis, las peculiaridades ambientales, económicas y sociales del agua parecen indicar que la solución institucional para el recurso son organismos específicos de agua, con capacidad reguladora de manejo de calidad y cantidad, así como de aguas superficiales y aguas subterráneas, cimentadas en un enfoque integral que asegure disponibilidad del recurso para el desarrollo de las actividades productivas, el desarrollo humano y la salud de nuestros ecosistemas.