Hace más de veinte años cuando que visité por primera vez el Estado de Israel y una de las cosas que más me impresionó fueron sus playas. Era notable su limpieza, orden, tenían baños y sanitarios públicos y limpios. Además, había cestos de basura, bien ubicados y nadie lanzaba desperdicios en el piso.

Las playas que he visitado en ese país, desde entonces, son públicas y el Estado garantiza el libre acceso a ellas; a tal extremo que si los hoteles, al construir no dejan un paso peatonal de acceso público, deben permitir que las personas caminen por el centro de sus instalaciones.

Eso lo pude constatar cuando visité la ciudad de Eilat, que es una ciudad costera. Para acceder a la playa, entramos por el Lobby de un hotel, en el cual no estábamos hospedados. Pregunté que si no estábamos haciendo algo ilegal por entrar en una propiedad privada. Los ciudadanos israelíes que andaban con nosotros nos informaron que como ese hotel no había dejado un paso peatonal para el libre acceso a la playa debía permitir que las personas entraran por sus instalaciones. Recuerdo que en ese momento dije en tono de broma: “– Ohh igualito que en República Dominicana”.

He vivido experiencias similares en otros países y he visto como cuidan y protegen sus playas, no solo el Estado, sino también sus ciudadanos. El Estado y las autoridades municipales de esos países garantizan el libre acceso a sus playas, y el pleno disfrute de las mismas, brindando facilidades tales como transporte público cómodos y a precios asequibles, duchas y sanitarios limpios, cestos de basura, salvavidas, caminos peatonales seguros para personas envejecientes y discapacitadas. Siempre me pregunto por qué en República Dominicana no podemos lograrlo.

Por esas y otras experiencias similares, cuando recientemente tuve que elegir un tema de tesis para optar por el titulo de Magister en Derecho Constitucional me decidí por “GARANTÍAS CONSTITUCIONALES DEL DERECHO DE LIBRE ACCESO A LAS PLAYAS Y RÍOS EN LA REPÚBLICA DOMINICANA”.

Encontrándome actualmente en esos afanes de terminar mi tesis he visitado algunas de nuestras playas. El sábado veinticinco del mes de junio del presente año fui con una amiga a la playa BAYAHIBE, ubicada en la provincia Altagracia, aunque muchos creen que pertenece a la provincia La Romana, por su proximidad a esta última.

Fue muy penoso constatar que en Bayahibe ya prácticamente no puedes disfrutar el deleite de sumergirte en sus aguas, acostarte en su orilla a recibir los rayos del sol y/o leer un buen libro. Esto así, porque casi toda la playa está llena de diferentes embarcaciones, listas  para sus viajes a la Isla Saona u otros lugares cercanos. Si llegas a Bayahibe y doblas a mano izquierda difícilmente encuentres un lugar para bañarte.

Preguntamos si no había un lugar libre de botes y yates en el que nos pudiéramos bañar tranquilos y nos informaron que fuéramos hacia la derecha, un pequeño lugar al lado del Hotel Hilton. Nos dirigimos hacia allá y continuamos caminando en la orilla de la playa quizás a 10 metros de la pleamar, casi mojándonos los pies.

Desde el inicio de nuestra caminata un personal de seguridad empezó a preguntarnos qué a donde íbamos. En un momento subimos como a 20 metros, por lo accidentado del terreno y allí otro guardián nos dijo que no podíamos estar ahí. Los empleados del Hotel Hilton nos asediaban, no nos dejaban tranquilas preguntándonos qué queríamos, que a dónde íbamos, que si estábamos hospedadas en el hotel, que no podíamos estar ahí. Hubo momentos de tensión, pues tuve que reiterarles, en más de una ocasión que el área en la que estábamos era de dominio público. Un guardián, identificado como Roberto Hobis, tuvo el descaro de decirnos que, si nosotros queríamos estar ahí, teníamos que tener el dinero para pagar un hotel como ese.

Tuvo que venir un supervisor y pedir excusas y nos dijo: “- por favor entiendan, nosotros solo cumplimos órdenes”.

Es necesario aclarar que, aunque la piscina del Hotel Hilton empieza exactamente donde terminan los sesenta metros que establece el artículo 147 de la Ley  64-00 de Medio Ambiente, no es menos cierto que tienen ocupada toda el área de los 60 metros con cacetas, gazebos, sillas, canchas de deportes, como si toda la playa y el terreno de sesenta metros adyacente a su propiedad también les perteneciera. Le han dado instrucciones a todo su personal de que no dejen pasar a nadie, incluso si caminamos a la izquierda desde la entrada de la playa hacia el hotel, al final cuando termina la playa. Ellos tienen privatizada toda la costa. Dicen que es propiedad del Hotel.

Parece que el Hotel Hilton no sabe que nuestra Constitución dispone que las playas son bienes del dominio público y que nuestras playas y ríos son públicas, no son propiedad privada de ninguna persona y mucho menos de unos extranjeros.

Nuestra Constitución en el párrafo del artículo 15, parte in fine, dispone que: “.. Los ríos, lagos, lagunas, playas y costas nacionales pertenecen al dominio público y son de libre acceso, observándose siempre el respeto al derecho de propiedad privada. La ley regulará las condiciones, formas y servidumbres en que los particulares accederán al disfrute o gestión de dichas áreas”.

A parte de Israel y otros países del mundo, en América Latina el tema está tomando mucha importancia. Chile, por ejemplo, actualmente lleva la vanguardia en lo referente al tema de la protección del derecho de acceso a las playas. Esto se confirma con la implementación de la campaña que ha desarrollado el Ministerio de Bienes Nacionales, llamada “Acceso a Lo Nuestro”, orientada a crear condiciones para el acceso libre y gratuito a las playas de mar, ríos y lagos de ese país.

Y de nuevo me pregunto: ¿ Por qué nosotros en República Dominicana no podemos?