La oposición de los expresidentes peledeistas, Leonel Fernández y Danilo Medina, a la reforma constitucional era tan predecible como la aprobación de esta, próximamente, con el voto ampliamente mayoritario de los asambleístas.
Tanto las objeciones a la reforma constitucional de los mencionados líderes opositores como la de los congresistas de los partidos de la Liberación Dominicana (PLD) y Fuerza del Pueblo (FP) son vanas e irracionales.
Para los presidentes de los referidos partidos opositores es inimaginable la materialización de la promesa hecha por el presidente Luis Abinader en su discurso de la noche de la victoria, a saber: “Esta victoria electoral, en mi caso, es la última porque respetaré los límites en la Constitución en los términos de reelección. No volveré a ser candidato. Es mi palabra, mi compromiso y será mi legado”.
Con esta inusual proclama el presidente Abinader apagó de golpe los cantos de sirena de quienes más adelante, como siempre, iban a tratar de seducirlo, para que cegado por la ambición buscara perpetuarse en el poder.
Sin embargo, la propuesta de reformar la Constitución, para impedir que en el porvenir otros presidentes intenten mantenerse en el poder más de dos mandatos, llenó de dudas al tres veces presidente y actual candidato de Fuerza del Pueblo, Leonel Fernández, quien probablemente creyó que también podría ser impedido de presentarse como candidato, motivado por su criterio de que una vez reunida la Asamblea Nacional Revisora esta tiene la facultad de introducir cambios no contemplados en la ley que declara la necesidad de la reforma.
Pero, el anterior no es el único motivo del expresidente Fernández para oponerse a la reforma constitucional del presidente Abinader, también está su egoísta interés de preservar intacta su Constitución del 2010.
Además, el expresidente, Leonel Fernández, se preguntó ¿Reforma Constitucional para qué? en su columna Observatorio Global del Listín Diario, del 22 de julio de 2024, alegando, entre otras razones, “que parece más bien un capricho presidencial, una agenda oculta, o una distracción para echar humareda sobre otras reformas esperadas”. Más adelante, en la misma columna, bajo el título Reforma constitucional y referendo aprobatorio, del 2 de septiembre de 2024, agregó a sus objeciones que “la dificultad que en estos momentos existe, es que sin disponer de una ley orgánica de referendo, se haya apoderado a las cámaras legislativas de un proyecto de reforma constitucional”.
No obstante el presidente, Luis Abinader, estar complaciendo su petición de poner candados para dificultar que la puerta de la reforma se abra para que un presidente permanezca en el poder más allá del tiempo establecido en la Constitución que juró cumplir, ahora el expresidente Fernández, como un reeleccionista eterno, fabrica y adquiere todos los obstáculos que encuentra para impedir que se levante el muro que detendrá, de ahora en adelante, a quienes intenten gobernar por más de ocho años la República Dominicana.
De su lado, el expresidente Danilo Medina, quien igual que su excompañero de partido, Leonel Fernández, reformó la Constitución para cambiar el modelo de elección del presidente para su beneficio particular, se opone radicalmente a la reforma, bajo el argumento de que no es una prioridad y que su discusión es “una estrategia para desviar la atención de los problemas reales que enfrenta la ciudadanía”.
El destacado maestro constitucionalista Eduardo Jorge Prats, contrario a quienes se oponen a la reforma de Luis Abinader contra la ambición desmedida de poder por haber hecho lo contrario, reflexiona de la manera siguiente: “Lo bueno de la reforma constitucional propuesta por el presidente Luis Abinader es que, contrario a contrarreformas tendentes a licuar los elementos democráticos y del Estado de derecho del sistema político-constitucional, como ocurre en algunos países de nuestra América… esta busca, por un lado, combatir la corriente ancestral de reformar constituciones para prolongar mandatos presidenciales o ampliar la reelección presidencial, y, por otro, consolidar la independencia del Ministerio Público”.