En la segunda entrega avanzamos sobre las obligaciones de los partidos políticos de frente a la democracia y el sistema electoral. Vimos el concepto apatía como una manifestación de deficiencia en nuestras sociedades democráticas y que existe una erosión de su funcionamiento genuino y que, aunque haya normas, resultan letras muertas por decir, casi anomia. Por otro lado, vimos la manifestación expresada en individualismo en la conducta política, es decir, refiriendo que hay un estado egocentrista de los individuos, así como creciente pesimismo. Es decir, no hay apego a la creencia a principio, moral religión y que existe una cultura de negación a toda creencia o todo principio moral (…). La falta de coherencia se cita dentro de los contrastes de lo que espera o se promete se hará. Trata de que existe una falta de conexión entre los principios que fundamentan el funcionamiento democrático, leyes, constituciones y estructuras junto con la falta de preparación y disposición de los ciudadanos que deben hacer realidad en la práctica diaria tales principios, o sea, se proclamen […] valores, como igualdad, justicia, participación, tolerancia. (…)

Luego de este resumen de la entrega anterior, ahora nos enfocaremos en lo que pueda quedar de la valoración de la normativa 33-18 a fin de evaluar su funcionalidad, aplicabilidad y cumplimiento según la meta del presente Gat Análisis.

Plantilla 5

Rango 1 Rango 2 Rango 3 Rango 4
10 es cero 50 es malo 51 es regular

Bajo

70 es regular normal 71 es óptimo positivo 85 es excelente con observa-ciones 86 es premium

 

100 es excelentes

Partidos políticos

Obligaciones Norma Art. % Rango de cumplimiento
Los deberes y obligaciones son: L 33-18 24 10-50 51-70  

 

71-85 86-100
1) Desarrollar sus actividades con apego a la Constitución, las leyes vigentes, los estatutos y sus reglamentos internos, (…)  

 

 

 

    85
2) Velar por el cumplimiento y respeto de los derechos políticos de los ciudadanos.   71
3) Depositar en la JCE y juntas electorales el Plan de Gobierno Nacional y Local, a más tardar treinta días después de inscritas las candidaturas de los candidatos presidenciales y municipales.    

 

 

 

85

4) Permitir la fiscalización de sus eventos, documentos, libros y registros por parte de la autoridad electoral competente.    

 

86
5) Contribuir con las autoridades electorales, en la organización y desarrollo de los procesos comiciales y en las actividades necesarias para el efectivo desenvolvimiento de éstos.    

 

 

 

 

86

6) Instituir mecanismos que garanticen la democracia interna y la igualdad y equidad de género a todos los niveles de sus estructuras organizativas, estableciendo en sus estatutos internos la cuota o porcentaje de participación de la mujer en los organismos de dirección de la organización política en todo el territorio nacional y en el exterior, no pudiendo, en ningún caso, ser dicha cuota menor al porcentaje establecido por ley.  

 

 

 

   

85

7) Instruir mecanismos estatutarios que apliquen sanciones efectivas a dirigentes y militantes del partidos, agrupación o movimientos políticos que incurran en violaciones a esta ley.  

 

 

 

   

86

8) Instituir mecanismos para evitar la realización de fraudes en cualquiera de los niveles de escogencia de precandidaturas y a cargos de elección popular  

 

 

 

 

 

 

71

9) Respectar el desarrollo integral e independencia de las organizaciones de la sociedad civil    

71

10) Contribuir a la defensa de la Constitución y las leyes, la soberanía nacional, la independencia de la Republica Dominicana, los derechos humanos, las libertades públicas, la paz, el medio ambiente y la democracia.  

70

 

 

 
11) Rendir cuentas e informar de sus actividades y actos de administración a sus afiliados, a la sociedad y las autoridades competentes, cuando estas las requieran    

 

 

86

12) Fomentar la formación política y cívica de sus miembros y de la ciudadanía. –  

50

Comentarios sobre el articulo 24 ley 33-18 y sus numerales de contenidos (Justificación de la puntuación)

Numeral 1) que implica desarrollar sus actividades con apego a la Constitución, las leyes vigentes, los estatutos y sus reglamentos internos, (…), se aprecia un ligero apego a ceñirse por este mandato. Sin embargo, en la práctica, vistas las cantidades de sentencias que el TSE y TC declaran inadmisible cuando se han recurridos acciones de violaciones a derechos fundamentales, prosperan una significativa cantidad. Y aquel haya que reconocer que en esta parte los partidos se ciñeron en una gran proporción a este mandato. Sin embargo, cabe justificar una valoración de 71-85, siendo 85% la puntuación más alta, lo que equivale a un rango de excelente con recomendaciones de corrección de las practicas aun manifestadas.

Numeral 2)   Velar por el cumplimiento y respeto de los derechos políticos de los ciudadanos, en esta parte en la práctica las organizaciones políticas orientan sus defensas exclusivamente a lo que les conviene como organización. Y como no dice que ese respecto que deben velar no se orienta a sus afiliados, sino a los ciudadanos, implica esto que con el fanatismo y la concentración en sus propios intereses no les permite ver que este deber se extrapola fuera de su propio partido, sino, a la sociedad en general.

Numeral 3) El asunto de depositar en la JCE y juntas electorales el Plan de Gobierno Nacional y Local, a más tardar treinta días después de inscritas las candidaturas de los candidatos presidenciales y municipales, ha recibido mejoras sustanciales. Ahora bien, con el propio enredo de que atañe a los partidos que presenten candidaturas, respecto a la presidencial, hay evidencias de que los partidos mayoritarios, depositaron sus planes de gobiernos, pero el nivel municipal en la practica no se exigió por parte de las juntas municipales estos presupuestos. Cabe decir, que los partidos dieron un paso avance en esta parte, podríamos decir que si situaron en el rango 71-85, siendo el 85 la mayor calificación, quedando entonces en el rango excelente con observaciones.

Numeral 4) El hecho de permitir la fiscalización de sus eventos, documentos, libros y registros por parte de la autoridad electoral competente. Podríamos decir que, al ser un mandato de la legislación electoral dominicana, las organizaciones políticas no presentan resistencia a esto y lo están cumpliendo en un alto porcentaje, asumo el cuadrante 86-100, siendo 86 del valor mas alto en razón de que respecto a las finanzas, aun no esta del todo claro que reportan todo el dinero captado, peri si, las organizaciones políticas en este renglón andan en buen ritmo de cumplimiento. Por lo menos, del presupuesto que depositan ante la JCE electoral, aun así, porque en los procesos de formación, asambleas, convenciones o cualquier modalidad de escogencia de los candidatos se hacen acompañar el órgano electoral. Sin embargo, acusamos un paso de avance.

Numeral 5) El asunto de Contribuir con las autoridades electorales, en la organización y desarrollo de los procesos comiciales y en las actividades necesarias para el efectivo desenvolvimiento de éstos, resulta cierto y sostenible. En especial, a través de la representación de los delegados Políticos, quienes hacen ingentes esfuerzos por siempre estar reclamando sus derechos, la Junta Central Electoral, mantiene el desarrollo del calendario electoral muy de cerca con los partidos políticos. Sin lugar a discusión, este comportamiento cae en el rango 86-100, siendo 100 el rango mas alto. Por tanto, se sitúa en el cuadrante de excelente.

Numeral 6) Instituir mecanismos que garanticen la democracia interna y la igualdad y equidad de género a todos los niveles de sus estructuras organizativas, estableciendo en sus estatutos internos la cuota o porcentaje de participación de la mujer en los organismos de dirección de la organización política en todo el territorio nacional y en el exterior, no pudiendo, en ningún caso, ser dicha cuota menor al porcentaje establecido por ley. Resulta un poco difícil calificar este comportamiento en razón que se mezclan asuntos que no son iguales realizarlos como misiones. En cuando a la equidad de genero su cumplimiento por mandato del articulo 53 de la lye 33-18 y varias sentencias de acciones afirmativas. Ahora, respecto a las elecciones del pasado, en especial cuando se inició a establecer la cuota de género, la representación de la mujer en puestos públicos y lugares de dirección ha mejorado mucho, por lo tanto, el rango en este sentido, 71-85, siendo el 85 la calificación más alta porque aún quedan desafíos para romper los reductos de las discriminaciones que aun subyacen. El rango se sitúa entre lo excelente con observaciones, aun con desafíos aún pendientes que también implicarían actitudes de las propias mujeres por las cuotas están servidas, solo falta convertirse en reprehensión.

Numera7) Que refiere instruir mecanismos estatutarios que apliquen sanciones efectivas a dirigentes y militantes del partidos, agrupación o movimientos políticos que incurran en violaciones a esta ley. De hecho, en todos los estatutos que he visto para este Gat análisis, las sanciones a los miembros y afiliados, se orientan al cumplimiento de las líneas trazadas por lo altos organismos, sin embargo, como la propia ley implica un derecho protegidos, la aplicación de estas sanciones se soporta en el debido proceso. Incluso, la ley 33-18, en su articulo 31 establece la obligatoriedad de la existencia de la Comisión de Ética y Disciplina, que precisamente, su principal función principal es sancionar las faltas cometidas por los miembros de la organización política, inclusive, dispone del TSE como instancia de alzada para estos conflictos. Podríamos decir, que, con el empoderamiento de los propios dirigentes, califica para el rango 86-100, siendo 86 el valor mas alto ya que en la practica se ha desatado persecuciones de compañeros por no seguir ciegamente las líneas de los organismos que rompen con todo principio de equilibrio y justicia política. Se considera, dentro de las practicas con rango premium con puntos de mejoras pendientes.

Numeral 8) Que establece instruir mecanismos para evitar la realización de fraudes en cualquiera de los niveles de escogencia de precandidaturas y a cargos de elección popular. Con esto se podría decir que hay poco margen de montarlo en razón de la debida protección que la propia ley le garantiza a los militantes para estos asuntos. Es decir, se dispone de varias vías para hacer valer los derechos políticos y esta practica se ha reducido a las mínimas expresiones. Cae en el cuadrante 86-100, pero no es porque no se practica por lo menos en alta proporción, sino porque este derecho está brindado además de la ley por la propia constitución dominicana, su ranco con la salvedad de liberar de posibles intenciones de hacerse o cometerse, resulta en el cuadrante de excelente con ojeriza.

Numeral 9) Atañe respectar el desarrollo integral e independencia de las organizaciones de la sociedad civil. Implica la convivencia con el tejido social, sin embargo, constituye una practica que los partidos políticos asuman el control hegemónico de las instituciones independientes que son el tejido social y a la vez, aspiran a convertirlas en frente de masas.  La practica está lleno de estos casos, Codia, Colegio de Abogados, UASD, y todos los gremios que actúan y deben actuar como representantes de la sociedad tras sus reivindicaciones, están tomadas por el gobierno y los partidos políticos. Por tanto, aunque no forma parte de la parte operativa de las elecciones, pero si impacta el resultado por convertirse en frentes de masas que bajan líneas de cuales serian los candidatos. El rango discreto y bajo perfil, sería de 51-70, siendo 70 la puntuación mas alta porque en realidad contamina el libre albedrío como como principio de la emisión del voto.

Numeral 10) Este refiere contribuir a la defensa de la Constitución y las leyes, la soberanía nacional, la independencia de la República Dominicana, los derechos humanos, las libertades públicas, la paz, el medio ambiente y la democracia. En esta parte se ven muy pocos los esfuerzos de las organizaciones políticas, Es todo lo contrario, los partidos en el poder han modificado la constitución a su antojo y capricho con algunas excepciones, pero, sin embargo, ha servido como un carrusel en el que se montan para crear estamentos jurídicos ni la soberanía nacional como el propio principio de la independencia de la república, cada día se vea mas amenazada por la baja defensa de la frontera y la inmigración haitiana sin control. Las libertades publicas se pudiera decir que se nota un reflejo que existe, pero, aún persisten características de privilegios por clase social. Pero, además, poco se hace por garantizar el éxodo masivo del pueblo haitiano a nuestro territorio. El rango asignado es el 50-70, siendo 70 el mas alto, en razón que las problemáticas más se combate en discursos que en la práctica.

Numeral 11) trata de rendir cuentas e informar de sus actividades y actos de administración a sus afiliados, a la sociedad y las autoridades competentes, cuando estas las requieran. – Bueno, la coletilla de cuando se requieran tiene su tapa y solo es posible, si los actores de la sociedad lo solicitan, por lo tanto, esta practica es poco usada y en efecto, existen pocos casos que evidencien esta realidad. Simplemente, el mal esta, pero quedan en una nebulosa y por efecto resulta poco medible, ahora bien, por la practica publica, su rango se sitúa en 86-10 siendo 86 el más alto, considerado que si no le impide informar ya que su responsabilidad es darlo públicamente. Se sujetan futuras enmiendas. Y;

Numeral 12) Es un encargo difícil, resulta que la aspiración o mandado de este numeral es simplemente, fo fomentar la formación política y cívica de sus miembros y de la ciudadanía. La respuesta resulta implícita. Sin más preámbulo que no sea la inexistencia de programa por parte de los Partidos Políticos, la baja práctica de formación política nos conduce a calificar esta práctica en un 10-50, donde 50 es la mayor puntuación, pero, calificable de una bajo expresión de cumplimiento. (Continuará)