Misión Internacional de Justicia (IJM por sus siglas en inglés) es una organización global de derechos humanos con 25 años de trabajo a nivel mundial, cuya misión es proteger de la violencia a las personas que se encuentran en situación de pobreza, asociándose con las autoridades locales para rescatar víctimas, traer criminales a la justicia, restaurar sobrevivientes y cooperar con las autoridades para fortalecer el sistema público de justicia, construyendo así un futuro seguro y duradero.
La misma fue fundada por Gary Haugen y un grupo de abogados y profesionales cristianos inspirados en la justicia bíblica, con la finalidad proteger millones, rescatar medio billón y hacer que la justicia para los pobres sea imparable.
En 2013, IJM abrió una oficina de campo en República Dominicana para trabajar con las autoridades en la lucha contra la explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes y la trata de personas con fines de explotación sexual. Desde entonces, IJM ha unido esfuerzos con las instituciones del Gobierno y de la sociedad civil, cooperando en la investigación del delito junto a la Policía Nacional, rescate de las víctimas y representación legal gratuita a las víctimas junto al Ministerio Público, así como un programa de terapias de apoyo, acompañamiento y empoderamiento a los y las sobrevivientes hasta alcanzar restauración por medio de CONANI.
Hoy día, hemos podido comprobar impactos y cambios importantes desde 2013 a la fecha en el accionar de las autoridades hacia la lucha contra este delito, desde la prevención, persecución y protección a las víctimas. Y en ese sentido, resaltaremos a continuación dos importantes logros alcanzados por el sistema judicial e impulsado por IJM en el combate a este delito, como es la postulación de una ong como parte querellante en el proceso penal y la interposición de otras acciones legales que inciden para fortalecer el sistema de justicia en favor de los vulnerables.
El artículo 85 del código procesal penal establece quienes pueden constituirse como querellantes dentro del proceso: “La víctima o su representante legal puede constituirse como querellante, promover la acción penal y acusar en los términos y las condiciones establecidas en este código.” Y en la parte infine del párrafo tercero de dicho artículo prevé que “en las violaciones de derechos humanos, cualquier persona puede constituirse como querellante”.
En virtud de lo anterior, IJM logró crear un precedente importante a nivel judicial en el país como es la aceptación de la participación de una ONG como parte querellante dentro del proceso penal, aún sin contar con el consentimiento de la víctima para ser representada legalmente, en aplicación del artículo anteriormente citado. La relevancia de este precedente radica en el impulso que logra una organización en la judicialización del caso hasta la obtención de sentencia condenatoria, lo cual impacta significativamente la reducción de la impunidad contra los explotadores.
Claro, no todos los casos en los que participó IJM fue sin consentimiento de la víctima, tuvimos una minoría de casos en los que la víctima si quiso ser partícipe del proceso penal contra su agresor. Sin embargo, debido a la complejidad que caracterizan los casos de trata de personas con fines de explotación sexual o la explotación sexual de niños, niñas y adolescentes; los sobrevivientes de este delito no se reconocen como tal y desarrollan una serie de síndromes que le inhabilitan a verse e identificarse como una persona que ha sufrido un daño o a quien se le han violado sus derechos fundamentales. Al ser delitos cometido en contra de personas que se encuentran en situación vulnerable por minoridad, género o pobreza, los agresores suelen abusar de esa situación logrando en la víctima la indefensión aprendida y es ahí donde la ong como querellante le representa, impulsando a los actores del sistema de justicia a que se aplique correctamente la ley, evitando la impunidad.
En ese sentido, IJM ha sido la primera organización no gubernamental en representar víctimas de trata de personas con fines de explotación sexual ante los tribunales, con o sin su consentimiento, y esto a la vez desencadena en otros logros más. En la experiencia de IJM como querellante, logró impulsar la imposición de condena en 28 casos contra tratantes y explotadores, así como aplicar correctamente la ley mediante recursos de apelación, en casos donde la primera instancia había determinado una errónea aplicación de la ley de trata.
De esta forma se deja entrever que la participación de una ong no persigue un fin particular, sino el de fortalecer la respuesta del sistema de justicia hacia sus ciudadanos de manera correcta y justa.
El segundo logro impulsado por la participación de IJM en el país por medio de presentación de estrategias legales, lo constituyen dos acciones directa de inconstitucionalidad elevadas ante el Tribunal Constitucional Dominicano consistentes en: 1) una acción directa de inconstitucionalidad con la finalidad de que sean declaradas no conforme a la constitución las normas que permitían el matrimonio infantil. Esta acción provocó que otras 16 organizaciones de la sociedad civil apoyaran la causa mediante un amicus curiae, y junto a ellas IJM lideró el movimiento de campaña e incidencia sobre la eliminación del matrimonio infantil, lo cual terminó siendo una realidad legislativa para el país en enero 2021.
2) En noviembre de 2021, IJM presentó una acción directa de inconstitucionalidad por omisión legislativa a favor de la víctima, que llevaba como finalidad que ese alto tribunal ordenare a los legisladores adoptar una ley a favor de la víctima tal como lo existe para el acusado. Dicha acción, aunque fue rechazada por el tribunal reconociendo que “el servicio a las víctimas se ofrece de forma limitada… Es por ello que este colegiado entiende pertinente que tanto el Congreso Nacional, el Poder Ejecutivo y las instituciones involucradas en el Servicio Nacional de Representación Legal de las Víctimas (RELEVIC), especialmente, la Procuraduría General de la República deben implementar mejorías para ofrecer un servicio ampliado a las víctimas, lo que necesariamente conllevará a la gestión de consecución de los fondos necesarios afín de contratar más abogados y tener oficinas en todo el territorio nacional, lo cual requiere de una voluntad política por parte del Estado.
La disposición anterior, así como las demás logradas en el proceso judicial a favor de protección a víctimas y aplicación correcta de la ley para alcanzar justicia, son evidencias que muestran los avances que ha tenido el país en respuesta a este delito, así como la disposición de los actores clave del sistema de justicia que indudablemente lo fortalecen.
Un sistema de justicia que responda con apego a la ley y la protección de los derechos fundamentales de los más vulnerables se convierte en un sistema fortalecido que responde en seguridad y justicia a favor de sus ciudadanos.
Sonia Hernández es abogada penalista, exprocuradora fiscal de la Provincia Santo Domingo. Tiene una maestría en Derechos Fundamentales por la Universidad Carlos III de Madrid y una especialidad en Derecho Procesal Penal por la Universidad Autónoma de Santo Domingo. Actualmente se desempeña como Directora asociada del fortalecimiento del Sistema Público de Justicia para Misión Internacional de Justicia (IJM).