El Derecho del Mar es sumamente importante por nuestra posición insular, geoestratégica y geopolítica en el Caribe; segundo por el impacto histórico de la isla Hispaniola en la configuración del nuevo continente, a partir del 1492, fecha del encuentro de las dos culturas de América.
Los objetivos generales de los siguientes artículos son: un análisis histórico del desarrollo del derecho internacional desde los primeros pensadores, examinando declaraciones y tratados, la reglamentación interna, la protección de los recursos vivos y no vivo del mar. Otro objetivo es el análisis de la labor de las Naciones Unidas, a través del trabajo de la Comisión de Derecho Internacional, las conferencias especializadas hasta abordar la importante Tercera Conferencia sobre el Derecho Internacional del Mar, (CONVEMAR),1982.
El Derecho del Mar es una rama especializada del Derecho Internacional Público, el Derecho del Mar fue desarrollado por una incipiente sociedad de Estados soberanos e independientes alrededor de los siglos XVI y XVII, mediante los usos y prácticas de las flotas mercantes y de guerra de Estados europeos con similares grados de desarrollo económico y concepciones políticas.
No es preciso remontarse a la prehistoria, ni siquiera a los tiempos antiguos para afirmar que el mar, constituye un espacio marítimo humanizado, del que la sociedad ha obtenido secularmente recursos alimentarios, al mismo tiempo que también lo utilizaba como vía de circulación y navegación.
Es necesario recrear el pensamiento de Bartolo de Sassoferrato que guiaba el pensamiento de las Repúblicas italianas, al decir de Gamboa Serazzi enunciado conceptos tan avanzados que parecen de nuestra época.
Él nos hablando de una determinada clase de dominio sobre los mares, equivalente a la extensión de mar recorrido en dos días de navegación, vale decir 60 o 70 millas.
El espíritu unificador y centralista del Derecho Romano, opuesto a la existencia de reglas específicas propias de cada una de nacionalidades que componían el imperio, exigía hacer tabla rasa con las disposiciones anteriores que imponían restricciones particulares al uso del mar.
Los romanos, no obstante, carecieron inicialmente de ese interés y ambición por el mar que había distinguido a los griegos o cartagineses. Si finalmente acabaron los romanos por imponer su dominio sobre el mar fue debido, primero la lucha por la supervivencia política frente a Cartago y, con el tiempo, para hacer frente a la grave amenaza que los piratas suponían para su comercio y seguridad en general.
Los pueblos de la antigüedad como los Vikingos de Escandinavia tal vez precedieron a Cristóbal Colón en el descubrimiento del Nuevo Mundo, o los ingleses, holandeses, franceses, portugueses e italianos compitieron política y comercialmente, por las vías maritimitas existente hasta entonces.
Los romanos consideran el mar como una vía de comunicación de ahí la construcción del principio res communis ómnium. Sin embargo, a pesar su concepción imperial, siempre pensaron en el control del mar como una vía para su seguridad, desarrollar el comercio, la estabilidad política y desarrollo del imperio; algunos autores consideran que los romanos llegaron construir el concepto de mares libres, debido a que no tenían una idea de lo opuesto en materia de libertad.
En una próxima entrega abordare el eje de los jurisconsultos y el derecho del mar, sus visiones e ideas fundamentales hacia la construcción doctrinal y jurisprudencial.