Uno de los puntos que se plantean en la forma fiscal que se ha anunciado, es el desmonte de exenciones fiscales. Dentro de las exenciones que serán revisadas se encuentra la que ha favorecido al sector turístico.
La Ley de incentivo al turismo 158-01, modificada por la Ley 195-13, establece: “la ley de Fomento al Desarrollo Turístico para los polos de escaso desarrollo y nuevos polos en provincias y localidades de gran potencialidad y se crea el Fondo Oficial de Promoción Turística ” y más adelante señala:
“La presente ley tiene como objetivo acelerar un proceso racionalizado del desarrollo de la industria turística en todas las regiones de gran potencialidad o que reúnan excelentes condiciones naturales para su explotación turística o ecoturística en todo el territorio. nacional, que, habiendo sido declaradas o no como polos turísticos no han alcanzado, a la fecha, el grado de desarrollo esperado, o que pueden ser desarrollados y mantener estándares y niveles de competitividad ya establecidos internacionalmente”.
Lo que significa entonces que, cuando los polos turísticos han alcanzado su nivel de desarrollo y rentabilidad deben terminar esos incentivos o, en otras palabras, que paguen religiosamente impuestos sobre las utilidades o impuesto sobre la renta de personas morales o compañías.
A raíz de la anunciada reforma fiscal los empresarios turísticos han argumentado que no existen las condiciones para que se le quiten los incentivos a los polos turísticos, que ya han alcanzado su madurez, como son los casos de Punta Cana, Bávaro, Puerto Plata y Samaná, principalmente.
Dentro de los argumentos que han levantando a estos empresarios de la actividad turística es la amenaza sobre el empleo que generan, la cantidad de turistas extranjeros que ingresan y las correspondientes divisas, la inversión extranjera en nuevos proyectos de infraestructura turística y sus aportes al producto bruto interno.
En primer lugar, son conocidos los bajos niveles de salarios que se pagan en el sector turístico. En segundo lugar, el flujo de turistas según las proyecciones del Ministerio de Turismo y de los mismos empresarios tiende a aumentar en los próximos años y con ello la cantidad de divisas. En tercer lugar, para los inversionistas extranjeros representan una oportunidad de invertir en un sector en constante crecimiento y donde según las declaraciones de los voces de las empresas turísticas, el nivel de ocupación en términos promedio en los hoteles sobrepasa el 75% de ocupación de turistas con proyecciones a aumentar.
En cuarto lugar, viendo las declaraciones de una empresaria turística que manifiesta que la actividad turística su aporte al PIB es de mas de un 22% es exagerada, pues el más reciente informe del Banco Central al mes agosto, medido en términos del índice mensual de actividad económica (IMAE), establece que el sector turismo expresado como hoteles, bares y restaurantes aportó un 7,1% de crecimiento.
Lo anterior significa que, aun sin incentivos fiscales, el nivel de rentabilidad de los proyectos turísticos que con varias décadas en operación se mantienen creciendo, se puede mantener y mantener su rentabilidad.
En vez de concederles incentivos fiscales a las empresas turísticas, el aporte del Estado debe ser en inversiones en las zonas turísticas en obras de carácter público, como carreteras, parques, transporte público para los empleados de los hoteles, sistemas de tratamiento de aguas residuales, inversiones en infraestructura eléctrica, establecimiento y acondicionamiento de áreas de carácter histórico, para que sean visitadas por los turistas, así como protección y mejoramiento de áreas naturales en las regiones donde operan los hoteles turísticos, como ríos, lagos, bosques, manglares, montañas.
En conclusión: los incentivos a través de ley, al desarrollo del turístico, solo deben ser establecidos en nuevas zonas en las cuales se quiera desarrollar, pero con límites en términos de tiempo y de condiciones de crecimiento de dichos proyectos, a partir de los cuales se deben desmontar dichos incentivos.