El Parlamento de Ecuador comenzó este martes el segundo debate del proyecto de ley sobre el aborto por violación en un clima de gran expectación y al que se han sumado las declaraciones del presidente, Guillermo Lasso, de que puede vetar la legislación si excede el mandato de la Corte Constitucional.
La sesión de este nuevo debate arrancó por la mañana de manera virtual con la lectura del informe de mayoría elaborado por una comisión parlamentaria de Justicia, que redujo el plazo propuesto inicialmente para acogerse al aborto voluntario de 28 a 20 semanas de gestación como límite para las mujeres mayores de edad, y a 22 semanas para las menores de 18 años.
En la agenda de la Asamblea Nacional ecuatoriana no figuraba para esta jornada la previsión de una votación del informe, que debe ser discutido por los legisladores y seguir el procedimiento de aprobación por la Cámara, antes de ser remitido al Ejecutivo para que le dé el visto bueno o veto.
Lasso tiene intenciones de vetar el proyecto
El mandatario ecuatoriano avanzó este miércoles que, aunque no conoce los términos del proyecto de ley definitivo que será entregado al Ejecutivo, tiene intenciones de vetarlo de manera parcial o total, "todo depende de cuál es el texto final de la Asamblea Nacional".
Cuando se conoció el dictamen de la Corte Constitucional en abril del año pasado, Lasso, quien ha expresado en numerosas ocasiones su "defensa de la vida desde la concepción hasta la muerte", dijo que respetaba la decisión de los magistrados dado su talante republicano.
"Yo me ratifico, si ese proyecto de ley excede el mandato de la Corte Constitucional será vetado por el Ejecutivo", zanjó hoy en una entrevista con medios locales en la sede presidencial de Quito, en momentos en los que se llevaba a cabo el debate parlamentario.
Colectivos exigen ley justa
Ataviadas de color verde unas 300 integrantes del colectivo feminista llegadas de distintos puntos del país se dieron cita ante la sede de la Asamblea Nacional en Quito, como parte de una movilización nacional, que se sigue también en redes sociales, con la que exigen con urgencia una legislación que regule el aborto bajo la nueva causal.
En Ecuador, el aborto estaba permitido únicamente en casos en que la vida de la mujer corra peligro o por violación de discapacitadas, hasta que fue despenalizado por violación el año pasado por el alto tribunal.
Valeska Chiriboga, representante de la plataforma Ola, una de las organizaciones que integra el colectivo de mujeres, llamó a los legisladores a que aprueben "una ley justa, reparadora, sin plazos u obstáculos innecesarios que impidan la interrupción voluntaria del embarazo en casos de violación".
Por su parte, la asambleísta por la provincia de Pichincha Jahiren Noriega, de la formación correísta Unes, recordó que "desde el 28 de abril de 2021 el aborto en casos de violación ya se encuentra despenalizado en este país", y que el debate en la Asamblea no gira en torno a "aborto sí o aborto no", sino sobre "cómo se va a reglamentar el acceso a este derecho".
Aunque cada legislador procederá a título individual en la votación sobre la material, las organizaciones sociales se han volcado en los últimos meses en asesorar y defender un proyecto legislativo que sea "justo y reparador para las niñas y sobrevivientes de la violencia sexual en ese país", añadió Noriega.
No obstante, reconoció que los "grupos antiderechos" cuentan con una voz importante en la Asamblea, lo que ha tornado "más complejo el debate", especialmente en cuestiones como plazos y objeción de conciencia de los facultativos.
El borrador de la denominada "Ley Orgánica que Garantiza la Interrupción Voluntaria del Embarazo para Niñas, Adolescentes y Mujeres en Caso de Violación" había sido solicitado por la Defensoría del Pueblo y fue aprobado recientemente por la Comisión de Justicia de la Asamblea.
Incluye, entre otros aspectos legales, que no sea necesaria una denuncia, examen o declaración previa para que se pueda acceder a la interrupción del embarazo producto de una violación.
En cuanto a la objeción de conciencia, especifica que el galeno que se niegue a practicar un aborto deberá remitir a la paciente con otro médico a fin de facilitar el procedimiento y evitar pactos individuales o colectivos.