El Departamento de Sanidad Vegetal del Ministerio de Agricultura informó este martes de las fechas que rigen para la veda de los cultivos "hospederos de la mosca blanca y trips".
La prohibición busca bajar la incidencia de estas plagas y así evitar que infecten a otros cultivos.
La medida está contemplada en una resolución que detalla que la veda rige para las zonas norte y noroeste desde el 1 de julio y hasta el 30 de septiembre de 2024.
La fecha de veda para las zonas sur, central y suroeste culmina el próximo 30 de noviembre.
Los productos vedados son: tomate, berenjena, melón, sandía, pepino, molondrón, ajíes, todo tipo de auyamas y algodón. El tabaco también estará vedado para siembra en todo el territorio nacional para esa misma fecha, exceptuando la provincia de Azua.
Como alternativa de siembra, se puede cultivar maíz, sorgo, yuca, plátano, guineo, rulo, repollo, cebolla, apio, bagaña, cundeamor, lechosa, vainitas y musú, así como cualquier otro cultivo no hospedero de mosca blanca y trips.
Dicha resolución fue consensuada y socializada por el director regional noroeste, Julio César Estevez, con todas las asociaciones de productores y agricultores independientes a nivel nacional, que se comprometieron a darle fiel cumplimiento.
La medida busca, además, asegurar las condiciones fitosanitarias de los campos y la implementación efectiva de los controles biológicos en todo el país, a fin de garantizar la seguridad alimentaria de República Dominicana y las exportaciones. La disposición tiene peso legal para los infractores.