Muchas personas se enfrentan a la realidad de tener que solicitar préstamos para cubrir necesidades financieras urgentes o para alcanzar metas a largo plazo, como la compra de una casa o un automóvil. Sin embargo, este tipo de transacciones no siempre transcurren sin dificultades, y en ocasiones, los deudores pueden encontrarse en situaciones en las que no pueden cumplir con los pagos según lo acordado inicialmente.
Recientemente, uno de nuestros lectores fieles, Hamlet Fernández nos escribe con la preocupación ¿si es legal que un banco te intime vía acto de alguacil por tener dos cuotas atrasadas en un préstamo?
Para abordar esta interrogante, es necesario explorar tanto el marco legal que rige estas situaciones como los derechos y responsabilidades de las partes involucradas.
En primer lugar, es importante comprender que los préstamos son contratos legales entre un prestatario y un prestamista, que establecen las condiciones específicas bajo las cuales se otorga el dinero y se acuerdan los términos de pago. Estos términos suelen incluir fechas límite para los pagos, así como las consecuencias en caso de incumplimiento.
En el caso de Hamlet, una entidad bancaria y él como deudor firmaron un contrato de adhesión de préstamo el cual es aprobado por la Superintendencia de Bancos previo a su implementación, y en el mismo se establece una cláusula que dice “que el deudor acepta que en caso de falta de pago de cualquiera de las cuotas de capital, intereses o de cualquier otro monto u obligación derivado de este pagaré, así como cualquier otra facilidad vigente entre el Banco y el Deudor, la suma total que represente el MONTO ADEUDADO, se hará exigible y pagadera de INMEDIATO, con dispensa de protesto por falta de pago, a requerimiento y opción del Banco”.
Eso significa que el banco está facultado legalmente a exigirte el cobro de la deuda del préstamo atrasado más cualquiera otra facilidad crediticia, aunque esté vigente, sólo con el hecho que te atrases un día en la fecha de pago en la que te comprometiste como deudor a pagar.
En adicción, el banco te puedes cobrar y sumar al balance total adeudado, todos los gastos legales por las actuaciones realizadas por la oficina de abogados o gestora de cobro contratadas para lograr el cobro forzoso, extrajudicial o judicialmente del total de lo adeudado.
De modo, que los bancos se reservan el derecho de actuar y ser proactivo ante cualquier atraso del cliente en el pago de su préstamo. Por lo que mi recomendación a nuestros lectores es realizar el pago de la cuota de sus préstamos ante de la fecha de pago o cobro acordada contractualmente.
Sin embargo, es fundamental que estas acciones se lleven a cabo dentro del marco legal establecido y respetando los derechos legales de los deudores, que protegen sus intereses, como el derecho a ser informados adecuadamente sobre la situación de su préstamo y a tener la oportunidad de negociar alternativas de pago.
Si bien los bancos tienen derechos legales y están facultados para tomar medidas cuando un deudor no cumple con los términos de un préstamo, es crucial que estas acciones se realicen dentro de los límites establecidos por la ley y que se respeten los derechos y la dignidad de los deudores.
Tu Consultorio Financiero es una columna desarrollada por Jesús Geraldo Martínez sobre finanzas personales, para orientar a las personas con conocimientos básicos en finanzas y economía a mejorar su entendimiento. Para consultar con el autor puede escribir al correo jesusgeraldo@tuconsultoriofinanciero.com, o en Instagram @Jesusgeraldomartinez.