El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) emitió la Resolución 003- 2022 sobre el Transporte Escolar, un documento en el que describe los requisitos que deben cumplir las personas físicas o jurídicas que participen directa o indirectamente en la operación del transporte escolar, ya sea como organizadores, prestadores o como reguladores del servicio.
Es decir, toma en cuenta choferes que operen el servicio, acompañantes, el vehículo y todo participante directo o indirecto en la operación del transporte escolar.
La resolución detalla tanto la documentación que deberán presentar los aspirantes a licencia de operación, como los requisitos formativos que deberán cumplir los conductores, y los requisitos tecnológicos que se va a exigir a los vehículos que se empleen en el servicio.
Requisitos para la licencia de operación escolar
- Documentación de la empresa transportista o de la persona física o jurídica que solicita la prestación del servicio.
- Listado completo de todos los vehículos, choferes y acompañantes que vayan a ser empleados para la prestación del servicio.
Requisitos para el chofer
Parte de las condiciones que deberán poseer los conductores de los vehículos destinados al transporte escolar son:
- Haber superado una escolaridad mínima equivalente a la educación básica.
- Contar con un mínimo de veintiún años de edad y un máximo de sesenta y cinco años.
- Tener residencia temporal o definitiva en el país.
- Presentar un documento de buena conducta”
- Haber pasado por una “escuela de capacitación para conductores aprobada por el Intrant”.
- Haber obtenido el certificado que avale sus aptitudes psicofísicas y técnicas.
Requisitos para los vehículos
Los vehículos utilizados para servicio de transporte escolar deberán satisfacer ocho requerimientos, cada uno con una serie de especificaciones.
- Estar pintados de un único color amarillo reflectante o iluminado, con ribetes e inscripciones distintivos de cada empresa.
- Poseer dispositivo de geolocalización (GPS) y puertas con barras para facilitar las operaciones de subida y bajada.
- Cámaras de videovigilancia en el interior del vehículo.
- Cámaras de grabación de la circulación durante la conducción y detectores de humo.
Otras medidas
- Los choferes tendrán que limitar los pasajeros transportados al número de asientos, y en ningún caso se podrán transportar pasajeros de pie.
- En época de inactividad escolar el vehículo registrado bajo el interés de transportar escolares, si se pretende que sea utilizado para otro tipo de actividades se deberá pedir una autorización previa del Intrant.