La Fundación Institucionalidad y Justicia (FINJUS) envió una carta al presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco, en la que expresa alabanzas al proyecto de Código Penal ya aprobado por los senadores y ahora a la espera del pronunciamiento definitivo de los diputados, pero también presenta sus observaciones críticas , entre ellas la "necesidad de ponderar la revisión de las tres causales" para el aborto.

La carta del Consejo de Directores de FINJUS la firma su vicepresidente ejecutivo, Servio Tulio Castaños Guzmán, que apunta a la importancia de actualizar la legislación penal para reflejar los cambios de época y, principalmente, prevenir eficazmente los delitos.

Enfatiza sobre la necesidad de definir con mayor precisión la tipificación de la violación y la agresión sexual, para proteger mejor a las víctimas.

También alude al castigo a la discriminación y a normas que promueven efectivamente la justicia, la igualdad y el respeto a los derechos humanos.

La carta reconoce "varios avances", tales como la inclusión de tipos penales "novedosos y necesarios" para castigar la estafa piramidal, el feminicidio, el acoso sexual y el sicariato.

Subraya también la importancia de estudiar conjuntamente el Código Penal y la normativa procesal penal para evitar conflictos con otras leyes modernas.

Las observaciones que presenta, revela que son fruto de una sesión de trabajo cumplida con los miembros de una comisión de alto nivel en materia penal, conformada a petición de la misma Cámara de Diputadosy coordinada por Finjus.

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Santo Domingo de Guzmán, D. N.

10 de julio de 2024

Señor

Alfredo Pacheco Osoria

Presidente de la Cámara de Diputados de la República Dominicana

Congreso Nacional

Su despacho. –

Estimado presidente:

Nos complace transmitirle el saludo muy cortés del Consejo de Directores de la Fundación Institucionalidad y Justicia, Inc. (FINJUS) y mío propio, en ocasión de hacer llegar a usted, así como a todos los miembros de la Cámara de Diputados, las observaciones realizadas al Proyecto de Código Penal que, actualmente, cursa en el Congreso.

El contenido esbozado en esta comunicación es el resultado de una minuciosa sesión de trabajo de la comisión de alto nivel en materia penal conformada, a petición de esta Cámara, y, bajo la coordinación de FINJUS, por los licenciados Servio Tulio Castaños, Nassef Perdomo, Francisco Álvarez Martínez, Ricardo Rojas León, Francisco Franco, Ramón Núñez y Huaderson Solís.

La actualización de la legislación penal refleja los cambios sociales y las nuevas formas en las que pueden prevenirse los delitos. Con la reforma del sistema penal se impulsa el desarrollo de la política criminal, misma que contribuye a la eficiencia del sistema de justicia al proporcionar coherencia y claridad en la aplicación de las normas.

La República Dominicana ha cursado por distintas etapas a lo largo de su historia, encontrándose ya en una realidad muy separada a aquella suscitada en el 1884, fecha en que el código penal actual fue promulgado, y en un terreno muy distinto al del 2007, cuando fue modificado por última vez.

El Estado tiene, en ese sentido, la obligación de generar políticas que permitan el control de los delitos, siendo una función esencial del mismo la protección efectiva dentro de marcos compatibles con el orden público, el bienestar general y los derechos de todos y todas.

Como otros problemas jurídico-sociales, se debe reconocer que esta realidad tiene décadas de existencia y lo que vemos cada año es su crecimiento.

No existe una solución inmediata, por lo que es necesario capitalizar este momento con espíritu de profunda concertación por parte de los diversos sectores que conforman el país, iniciando con resaltar que dentro del proyecto que hoy se conoce se pueden destacar varios avances, dando como resultado la inclusión de tipos penales novedosos, útiles y necesarios para el sistema, tales como: la estafa piramidal, abandono de adultos mayores, feminicidio, abusos de la autoridad pública, acoso sexual, bullying, disparos imprudentes, sicariato, entre otros.

La aplicabilidad de la legislación penal puede ser compleja si no se proporciona un modelo uniforme que gestione adecuadamente los cambios sociales y las interpretaciones judiciales, reflejando la continua búsqueda del equilibrio entre la justicia, los derechos individuales y la seguridad. Sin embargo, persisten puntos esenciales cuyo tratamiento oportuno es clave para proveer una legislación penal con mayor delimitación. A saber:

  • Un primer aspecto que debe considerarse es la necesidad de ponderar la revisión de las tres causales como eximentes de interrupción del embarazo en los casos en que se prevea la necesidad. Así también, para ofrecer una mejor protección a las víctimas de abuso sexual, debe definirse con mayor precisión la tipificación de la violación y la agresión sexuales, disponiendo parámetros claros y precisos que permitan identificar la conducta antijurídica que se busca sancionar.
  • En el mismo orden, se sugiere la revisión del artículo 185 sobre la discriminación. La importancia de prohibir la discriminación, en todas sus formas, radica en la promoción de la justicia, la igualdad, la cohesión social y el respeto a los derechos humanos y fundamentales. Es crucial enfatizar la construcción de sociedades equitativas, inclusivas y respetuosas de la dignidad de todas las personas.
  • La figura de la imputación falsa tiene amplias implicaciones para la integridad del sistema de justicia y la confianza pública, por lo que es crucial abordar este tema con especial cuidado. Es necesario que se profundice su estudio (artículo 358), ya que si no se proveen marcos razonables y proporcionales su mal uso puede representar una amenaza para el derecho al acceso a la justicia de las personas.
  • Así también, la tipificación del conflicto de interés contenida en el artículo 321 abarca un espectro muy amplio, lo que gesta un escenario desproporcional y genera discrepancia de cara al ejercicio de la función pública.
  • Es necesario revisar y ponderar la fórmula utilizada en el artículo 14, de cara a la inclusión, en ese apartado, de la iglesia. Debe resaltarse que las iglesias no comparten la misma naturaleza que otras entidades, realidad que debe reflejarse en la ley.
  • Es necesario realizar una evaluación de nomenclatura jurídica: las infracciones son un término sombrilla que no necesariamente aplica o describe, de la mejor manera, el mensaje que el legislador intenta enviar. En ese sentido, es justo catalogar como delitos las infracciones que conlleven daños a bienes jurídicos (de cualquier naturaleza), ya que son tipos de infracciones más adecuadas a los comportamientos descritos.

FINJUS resalta el esfuerzo y el trabajo en presentar una regulación penal acorde a los tiempos y a las necesidades del sistema. Comprender la importancia del alcance de la política penal es esencial para combatir eficazmente la criminalidad, al tiempo que se respete la dignidad y los derechos de las personas. En tal sentido, valoramos los avances que se plasman en el texto del Código Penal bajo consideración en las cámaras legislativas, pero a la vez planteamos la necesidad de que se aborden con detenimiento y profundidad ciertos aspectos de este que han generado legítimas preocupaciones en variados sectores de la sociedad dominicana. De igual forma, es justo advertir que – de manera mancomunada – es necesario que la pieza se estudie de manera conjunta a la normativa procesal penal, al igual que las leyes especiales que rigen el derecho administrativo, ya que solo así se evitará crear una normativa que, luego de promulgada, pueda chocar directa o indirectamente con otras grandes conquistas del derecho moderno.

Agradecemos muy sinceramente su atención a estas reflexiones, producidas con el interés de aportar nuevos elementos para enriquecer la labor que realiza el Congreso Nacional.

Aprovechamos la ocasión para manifestarle nuestra alta consideración y saludos.

Muy atentamente,

Dr. Servio Tulio Castaños Guzmán

Vicepresidente Ejecutivo de FINJUS.