Los catedráticos Milton Ray Guevara, presidente del Tribunal Constitucional, María Elena Vásquez y Jorge Eduardo Prats analizaron la evolución del constitucionalismo dominicano y plantearon los principales retos de cara a la sociedad actual.
Disertaron en el primer coloquio “El origen, la evolución, las particularidades, los aportes y los desafíos pendientes del constitucionalismo dominicano”, desarrollado el martes en la tarde por el Centro de Estudios Constitucionales, bajo la dirección de la doctora Mayra Cabral Brea. Participó como relatora la estudiante Vianca Castillo. La actividad fue realizada en la sede del TC.
Ray Guevara resaltó los principales elementos que, a su juicio, están en el origen y evolución del constitucionalismo dominicano.
El período 1994-2010 marca un antes y un después de la vida constitucional dominicana, enfatizó el magistrado al citar los cinco períodos en que el jurista Flavio Darío Espinal divide el constitucionalismo dominicano.
Los períodos citados son: 1844-1861, predominio de la reelección presidencial; 1961-1966, fracaso de la transición de los enfrentamientos que se produjeron a finales de esa época; 1966-1986, autoritarismo presente; 1986-1994, donde el signo más destacado es la reforma constitucional a partir de las crisis políticas; y el 1994-2010, cuando se marca un antes un después de la vida constitucional del país.
“El constitucionalismo dominicano nace erróneamente porque, a pesar de tener como origen una Constitución, que es la de 1844, que tiene una cimiente liberal, el virus del autoritarismo se le inoculó a partir del artículo 201, que el que sirvió para fusilar a héroes destacados en la historia dominicana”, explicó el jurisconsulto.
Y planteó los principales retos: la enseñanza de la Constitución, el desarrollo de las leyes complementarias a la Carta Magna de 2010, el necesario fortalecimiento del poder jurisdiccional y la ardua tarea de evitar el falseamiento del Estado del derecho.
Vásquez, entretanto, opinó que el constitucionalismo dominicano debe enfrentar grandes desafíos que implican vivir en la época de la posmodernidad que apareja el siglo XXI.
Para identificar las características del constitucionalismo dominicano -puntualizó- se debe partir de la Constitución de 2010, “que es la primera en adoptar el modelo de Estado Social y Democrático de derecho”.
Afirmó que tal Constitución se ve perfeccionada porque se centra en la dignidad humana, nutriéndose de una concepción de democracia participativa que se extiende no solo a los derechos civiles sino también a los derechos sociales.
Se refirió a avances como la adopción del modelo de Estado Social y Democrático de Derecho y sus características esenciales; la centralidad de la persona humana y el respeto de sus derechos; al equilibrio entre la libertad individual y la justicia social partiendo del reconocimiento de su dignidad; el equilibrio entre la libertad individual y la justicia social, la ampliación y el redimensionamiento del catálogo de derechos fundamentales; el perfeccionamiento del principio de separación de poderes; instauración de los órganos constitucionales autónomos.
También a la distribución más equilibrada del poder; la regulación de los estados constitucionales de excepción conforme al principio de separación de poderes; transparencia y proscripción de la corrupción; promoción de la enseñanza de la Constitución y control social de la ciudadanía; y constitucionalización del derecho.
A su juicio, los principales desafíos del presente son: fortalecimiento de la cultura de los derechos, valores principios constitucionales y deberes fundamentales; el desarrollo legislativo de los mecanismos de participación ciudadana; conciliar la libertad de expresión a través de los medios digitales con el derecho al buen nombre y al honor personal, así como la veracidad de la información; la efectividad de los derechos económicos y políticos; igualdad real entre hombre y la mujer; conciliar el uso de la tecnología en la prevención de los crímenes y delitos versus el derecho fundamental a la intimidad y a la privacidad.
Jorge Prats destacó el rol del TC en la promoción de la cultura constitucional, fomentando el diálogo respecto del Derecho Constitucional para construir una ciudadanía democrática, consciente de sus derechos, porque contribuye al mejoramiento de la calidad de vida.
Entiende que se necesita expandir a toda la ciudadanía el conocimiento del Derecho y la importancia de que los que conocen de ello sean emisores de estos conocimientos. Urgió el fortalecimiento de la justicia, en especial en figuras como el referimiento, las cautelares y las medidas precautorias.