La Cámara de Diputados aprobó este martes en segunda lectura el proyecto de ley para la administración de bienes incautados, secuestrados, abandonados, decomisados y en extinción de dominio.
El propósito de esta ley es establecer un sistema de administración, control, mantenimiento de los bienes que sean incautados, secuestrados o abandonados en el curso de un proceso penal o de extinción de dominio, dijo el hemiciclo en un comunicado.
El proyecto de ley pasa al Senado de la República para su conocimiento.
De acuerdo a la información, el presidente de la cámara baja, Alfredo Pacheco, dijo que con la aprobación del proyecto se cumple con la Ley de Extinción de Dominio y la Constitución de la República y ponderó el "arduo trabajo" de un grupo de diputados para lograr su aprobación.
Varios diputados ponderaron la calidad del proyecto, resaltando que el marco jurídico será una herramienta idónea para administrar y salvaguardar los bienes bajo custodia.
El proyecto establece que la incautación y administración de los bienes se hará respetando siempre el debido proceso, así como su destino final en los casos en que se disponga su decomiso o se declare la extinción de dominio mediante sentencia definitiva.
Además, ordena la creación del Instituto Nacional de Custodia y Administración de Bienes Incautados, Decomisados y en Extinción de Dominio (Incabide), provisto de personalidad jurídica, con autonomía administrativa, financiera y técnica, adscrito al Ministerio de Hacienda, como órgano responsable de la administración y destino de los bienes.
El Incabide estará conformado por un consejo directivo y una dirección ejecutiva, con su sede central en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, y podrá instalar oficinas regionales y provinciales, las cuales actuarán por delegación, de conformidad con las disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública.
El consejo directivo estará compuesto por el ministro de Hacienda, quien lo presidirá, el procurador general de la República, el Ministro de Economía, Planificación y Desarrollo y el director ejecutivo del Instituto Nacional de Custodia y Administración de Bienes Incautados, Decomisados y en Extinción de Dominio (Incabide).
Según la iniciativa, el monto obtenido por la venta de bienes se depositará en certificados de depósito en el Banco de Reservas hasta que se dicte una sentencia que determine su destino final.
En los casos en los que una sentencia definitiva ordene la devolución de los bienes incautados o secuestrados, las sumas depositadas por las ventas serán devueltas al propietario junto con todos los intereses generados hasta la fecha.
La pieza establece que los bienes que podrán ser vendidos anticipadamente son los de fácil deterioro y los que tengan un alto costo de mantenimiento.