El Ministerio de Relaciones Exteriores (MIREX) informó que el Tribunal Constitucional declaró admisible un recurso de revisión constitucional  que interpuso en contra de la sentencia de la Suprema Corte de Justicia (TS-22-0868) que le ordenó reintegrar a una exfuncionaria que alegaba ser de carrera diplomática porque tenía 10 años de servicio.

Ello, sin haber agotado el proceso para entrar a este sistema de función pública especial, argumentó el MIREX y afirmó que esto "sienta un precedente en la justicia que viene a sustentar y fortalecer la Ley 630-16 Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores y su capítulo 10 sobre la Carrera Diplomática".

El ingreso en la carrera diplomática "se basa en la profesionalidad, la ética y el mérito" y se llega a ella iniciando un concurso y luego sometiéndose a "evaluación, capacitación, ascenso, traslado, alternancia, estabilidad, disciplina y retiro de las funcionarias y los funcionarios diplomáticos de carrera".

El canciller, Roberto Álvarez, agregó que el TC validó los alegatos del MIREX para recurrir la sentencia de la SCJ que versaban sobre la modificación que sufrió la ley de este Ministerio del año 1964 con otras legislaciones como la ley de Función Pública y la 630-16 de Relaciones Exteriores.

“Es en base al mérito que ahora, junto a otros factores, se adquiere el derecho a ser funcionario de carrera diplomática, no solo por el tiempo de servicio, así que estamos hoy celebrando esta gran victoria, por lo que agradezco a la Dirección Jurídica del MIREX y el equipo legal externo que trabajó con este tema durante dos años hasta lograr que se ratifique lo establecido por la legislación vigente”, expresó el ministro Álvarez.

La exfuncionaria que alegó ser parte de la carrera diplomática debido al tiempo de servicio no fue identificada en la nota de prensa que informó del caso.