El Tribunal Constitucional (TC) anuló el artículo de la ley del régimen electoral que establece el sistema de votación automatizado, decisión sobre la acción directa de inconstitucionalidad incoada por Namphi Rodríguez el año 2020.

El artículo 99 de la ley 15-19 dispone que "la Junta Central Electoral (JCE) está facultada, en consulta con los partidos políticos, para la automatización progresiva del proceso de votación, debiendo probar los sistemas que se usarán, por lo menos con seis meses de anticipación a la fecha de la votación. Las pruebas podrían incluir simulacros realizados exclusivamente para la validación de los programas y equipos a usar. Los mismos podrán usarse como prueba en las votaciones correspondientes a gremios y organizaciones de la Sociedad Civil."

El fallo del TC dice que "acoge, en cuanto al fondo la acción directa de inconstitucionalidad incoada por Namphi Rodríguez y, en consecuencia, se declara la inconstitucionalidad y nulidad del artículo 99, de la Ley núm. 15-19, Orgánica de Régimen Electoral, así como la inconstitucionalidad y nulidad dada la conexidad, de los artículos 123, de la Ley núm. 15-19, y del párrafo del artículo 52 de la Ley núm. 33-18, de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos”.

Asimismo declaró la inconstitucionalidad y nulidad de los artículos 123, de la Ley núm. 15-19, y del párrafo del artículo 52 de la Ley  33-18, de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, dada la conexidad con el artículo 99.

El artículo 123 de la ley de Régimen Electoral establece que "las disposiciones y reglamentaciones que dicte la Junta Central Electoral para las elecciones, tendrán igualmente aplicación (en los casos que aplique) para la organización de las elecciones en el exterior";  mientras, el párrafo del artículo 52 de la Ley de partidos dispone que “los partidos, agrupaciones y movimientos políticos utilizarán el formato del sistema automatizado de la Junta Central Electoral para el depósito de las candidaturas a ser inscritas tanto en la Junta Central Electoral como en las juntas electorales”.

Historia del voto electrónico dominicano

El voto automatizado se utilizó por primera vez en las primarias de 2019 y en el seno del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) marcó la derrota de Leonel Fernández ante Gonzalo Castillo, lo que el primero achacó a un “fraude electrónico” que posterioemente descartado por la auditoría de la Organización de Estados Americanos (OEA).

Con ello, su uso fue aprobado para las elecciones municipales del 16 de febrero del 2020 que fue suspendida hacia el mediodía debido a que la boleta electrónica no cargaba de manera completa, lo que la OEA atribuyó a deficiencias en el Departamento de Informática de la Junta Central Electoral y no a una intromisión externa.

Esas elecciones suspendidas finalmente se celebraron el 15 de marzo de “manera manual”, lo mismo que las presidenciales y congresuales de julio de ese mismo año