El informe de auditoría interna emitido la semana pasada por la Contraloría General de la República (CGR) ha presentado 41 irregularidades financieras en el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestres (Intrant), las cuales representan un riesgo para el patrimonio y el buen funcionamiento de dicha institución.

La suma de las irregularidades evidenciadas en el informe técnico involucra más de RD$ 9.500 millones, desde la creación (julio de 2017) de esa dependencia estatal hasta la actual administración gubernamental.

La entidad fiscalizadora examinó los estados financieros y las ejecuciones presupuestarias desde el 01 de septiembre de 2020 hasta el 31 de agosto de 2002; durante este período, se hallaron anomalías que comprometen las administraciones de varios de sus anteriores incumbentes.

El documento de la auditoría señala que la gestión del período evaluado es responsable ante la Presidencia de la República en cuanto al cumplimiento de las leyes aplicables, la implementación y funcionamiento de la política de control interno, así como de la custodia y propiedad de los activos.

En consecuencia, los descubrimientos de irregularidades en las áreas como tesorería, inventarios, cuentas por pagar, contrataciones, administración de Recursos Humanos, asignación de fondos y gastos, así como manejo de caja chica, conciliaciones y cuentas bancarias, ingresos no registrados y otras anomalías no menos graves, podrían comprometer legalmente a los responsables de cometer tales alteraciones en contra del uso adecuado de los recursos.

Estas son 41 anomalías detectadas en el Intrant

1-La institución no posee políticas y procedimientos aprobados que cumplan con las normativas estipuladas por los órganos rectores para mitigar los riesgos asociados al área de presupuesto, tesorería, cuentas por cobrar, inventario, activos fijos y recursos humanos. Incumplimiento con las Normas Básicas de Control Interno de segundo grado, NOBACI […].

2-La institución no realizó la implementación de las Normas Básicas de Control Interno (NOBACI), dando como resultado que el nivel de desarrollo del Control Interno sea incipiente. Incumplimiento a la Ley 10-07 en su artículo no. 25. 2.1.1 6 3 Estados Financieros con inobservancia de la normativa de DIGECOG.

3- Estados Financieros con inobservancia de la normativa de DIGECOG. En inconsistencias con relación a los principios contables estipulados en el Decreto 526-09, Reglamento de aplicación de la Ley no. 126-09 en su artículo no. 14, literal b, el manual de elaboración de Estados Financieros de DIGECOG y NICSP 1.

4- Inconsistencias identificadas entre los ingresos reportados en las declaraciones del ITBIS (IT-1) en comparación a los Estados Financieros por RD$4,607,968,415.00. Incumplimiento al Código Tributario, Ley 11-92 en el Art. 50, literal f.

5- La institución no envía los formularios de Corte Semestral y el Cierre del Ejercicio Fiscal a la DIGECOG. Incumplimiento a la sección de Generalidades del Manual de Instructivos para los Formularios de Corte Semestral y Cierre del Ejercicio Fiscal, emitido por la Dirección General de Contabilidad Gubernamental. 2.2.3 10 6 Anteproyectos de Presupuesto sin evidencia de aprobación.

6- Los anteproyectos de presupuesto no poseen evidencia de revisión y/o aprobación de la máxima autoridad. Incumplimiento con las Normas Básicas de Control Interno en su acápite ADC-3-006.35. 2.3.2 12

7- Diferencia entre la asignación y la ejecución presupuestarias sin documentación de justificaciones de las desviaciones ocurridas.

8- Diferencias entre el presupuesto asignado y lo ejecutado ascendente a RD$3,045,975,675.92. No se identificó documentación sobre comparaciones de las metas físicas y financieras versus los presupuestados y justificaciones de las desviaciones ocurridas.

9-La institución no establece en su política de caja chica, la elaboración de arqueos recurrentes dando como resultado que, durante el periodo septiembre 2020 a agosto 2022, solo fueron ejecutados tres arqueos de caja chica. En incumplimiento a los Procedimiento para la Administración del Fondo de Caja Chica emitidos por Dirección General de Contabilidad Gubernamental (DIGECOG).

10-Los arqueos realizados en fecha de junio 2022 no poseen firma de revisión por parte del encargado (a) de tesorería. En incumplimiento a las Políticas internas generales “PR-ST-06”.

11- Existen seis (6) de quince (15) cheques ascendentes a un valor de RD$276,469.00 con recibos de comprobantes definitivos firmados como ejecutados y revisados por personal no autorizado como otros custodios de caja chica. En incumpliendo a las Normas Básicas de Control Interno de 1er grado […].

12- Existen seis (6) de quince (15) cheques de reposición de caja chica por RD$122,610.00 que fueron emitidos para reposición de caja chica sin haber agotado el 60% del monto de esta. En incumplimiento a la Resolución 174-2015 Norma de Anticipos Financieros en su Artículo 9 y 48.

13-Existen cuatro (4) cuentas de banco que no poseen conciliaciones bancarias. En incumplimiento a las Normas Básicas de Control Interno (NOBACI).

14-Conciliaciones Bancarias preparadas sin evidencias de haber sido firmadas como preparadas y/o revisadas en incumplimiento con las Políticas internas relacionadas con las Conciliaciones Bancarias “PR-DC-01” y las Normas Básicas de Control Interno de Segundo Grado.

15- Dos (2) de las cuentas bancarias de la institución no se encuentran incluidas como subcuentas de la cuenta CUT. En incumplimiento a la Norma para la Creación y Operatividad de Subcuentas Vinculadas a la CUT en su Artículo no. 3 y no. 8.

16- Los ingresos por licencia no son registrados sobre la base contable de devengo. Existe una diferencia ascendente a RD$174,002,105.20, entre los ingresos recibidos en las cuentas bancarias con los ingresos presentados en los Estados Financieros […].

17- Existen cuentas por cobrar por un valor ascendente a RD$ 1,154,975,079.51 asumidas por el Intrant al momento de la creación de la institución, las cuales se encuentran con una antigüedad mayor a 24 meses y que a su vez no poseen un gasto por cuentas de dudoso cobro […].

18- El fideicomiso no cuenta con políticas y/o procedimientos. En incumplimiento al Contrato Constitutivo del Fideicomiso de Movilidad y Transporte, en su artículo no. 18, literal a y b.

19- El fideicomiso no cuenta con una Unidad de Auditoría Interna ni un Comité de Compras y Contrataciones. En incumplimiento al Contrato Constitutivo del Fideicomiso de Movilidad y Transporte, en su artículo no. 7, literal d, numeral III & V.

20- La institución no posee un sistema para el registro y administración de los inventarios que permita mantener sus datos actualizados y pueda detectar errores relacionados a sus mayores auxiliares, dando como resultado que, el auxiliar de inventario posea setenta y ocho (78) ítems los cuales a pesar de tener stock no poseen asignado un costo unitario por lo que no afectan el saldo total del inventario […].

21- Doce (12) de dieciocho (18) inventarios seleccionados por un valor de RD$7,259,194.89, no se encuentran correctamente identificadas o en condiciones favorables medioambientales y de seguridad para el tipo de inventario.

22-Durante el periodo 2020 no se realizó inventarios de almacén y suministro. En incumplimiento a las Normas Básicas de Control Interno de segundo grado,

22- La institución no posee sus reportes de activos fijos actualizados, provocando diferencias entre el SIAB y sus Estados Financieros, por un valor ascendente a RD$166,760,891.05 […].

24-Existen treinta y ocho (38) de dos mil novecientos veintidós (2,922) activos registrados en el Sistema de Administración de Bienes (SIAB) que no poseen códigos de bienes nacionales. Durante verificación física de los activos que incluyen código de bienes nacionales en el SIAB, se identificó que diecisiete (17) de veinticinco (25) activos seleccionados, no se encontraban etiquetados físicamente por bienes nacionales o la institución […].

25-La institución no realiza el cálculo de la depreciación en base al método línea recta. En incumplimiento a las Normas Básicas de Control Interno de segundo grado en su Acápite no. ADC-3-002.9 […].

26- La institución no realiza relación semestral detallada de los bienes para retiros por malas condiciones. En incumplimiento al Manual de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado Dominicano emitido por la DIGECOG, Acápite VII Alta y Baja de Bienes, Letra B Normas Generales para Baja de Bienes, numeral 24.

27- No existe inventario de bienes muebles e inmuebles entregados al responsable de los Activos Fijos por parte del incumbente anterior. En incumplimiento al Manual de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado Dominicano emitido por la DIGECOG, Letra D sobre las Normas Generales Sobre los Bienes en Uso […].

28-La institución no realiza inventarios físicos semestrales. En incumplimiento al Manual de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado Dominicano emitido por la DIGECOG, literal D Normas Generales sobre Inventario de Bienes Muebles en Uso, Capítulo IX, Numera.

29- Existen doce (12) vehículos fuera de servicio y en mal estado, los cuales fueron adquiridos al momento de la fusión de la Oficina Técnica de Transporte Terrestre (OTTT) y se encuentran registrado como parte de sus activos fijos y no se ha gestionado para descarga. En incumplimiento al Manual de Muebles e Inmuebles.

30- Existen veintiocho (28) de ciento treinta y ocho (138) vehículos que no poseen ficha de mantenimiento. En incumplimiento al Manual de Bienes e Inmuebles, en su capítulo D- Normas Generales Sobre los Bienes de Uso.

31- Existen dos (2) motocicletas robadas, las cuales se encuentran como parte de sus activos fijos. En incumplimiento al Manual de Muebles e Inmuebles en el Capítulo E- Normas Generales Sobre Control de Registro y Afectación de los Bienes de Uso.

31-Existen siete (7) de ciento treinta y ocho (138) vehículos, de los cuales la institución no posee la matrícula. En incumplimiento a la Ley 63-17 Sobre Transito, Transporte, y Seguridad Vial en su artículo no. 189, numeral 1.

32- La institución no posee políticas y procedimientos relacionados con la emisión, secuencia, resguardo, vencimientos y archivo de los contratos emitidos, dando como resultado que los mismos no se encuentren enumerados de forma secuencial[…].

33- Existen fraccionamientos ascendentes a RD$2,024,358.00 y RD$533,804.00 en compras por comparación de precio y compras por debajo del umbral, respectivamente, que exceden los umbrales determinados anualmente por la Dirección General de Contrataciones Públicas. En incumplimiento a lo estipulado en el reglamento no. 543- 12 de Compras y Contrataciones, artículo no. 59.

34- El Plan Operativo Anual de la institución no se encuentra alineado con el Plan Anual de Compras y Contrataciones y el Plan de Recursos Humanos resultando que, la planeación no sea coherente a los fines de satisfacer los requerimientos institucionales […].

35- No existe evidencia de revisión y/o aprobación del PACC por la máxima autoridad. En incumplimiento con las Normas Básicas de Control Interno de segundo grado en su Acápite no. ADC3-004-44 y ADC3- 004-45.

36- Cincuenta (50) de ochenta y cinco (85) expedientes de compra por un monto de RD$ 51,359,938.20, no fueron considerados en el Plan Anual de Compras y Contrataciones (PACC). En incumplimiento al Reglamento de Aplicación no. 543-12 de Compras y Contrataciones […].

37- Entre las empresas adjudicadas al proceso no. Intrant-CCC-CP2021-0021 se identificó que, el Sr. José Javier de la Cruz Bonilla, gerente de Xavier Auto Paint, SRL, fue seleccionado como uno de los adjudicatarios por un monto de RD$ 555,402.00, siendo este servidor público por parte de la Armada de la República Dominicana[…].

38- Existen nueve (9) procesos adjudicados por RD$45,913,835.72, los cuales no poseían Estados Financieros ni declaración de impuesto. En incumplimiento a la Ley 340-06 en su artículo no. 8 y 84.

39-La institución no realiza control de asistencia de personal. En incumplimiento al Decreto No. 523-09 en su Artículo 37.

40 – Existen cientos veintiséis (126) expedientes con las siguientes debilidades: No tienen contratos o nombramientos, hoja de vida, certificado de conocimiento de código de ética, acción de personal, evaluación y verificación de referencia laborales, pruebas psicométricas y técnicas, evidencia de evaluación de desempeño, evidencia de capacitación y empleados de seguridad sin expedientes […].

41-La institución posee departamentos y secciones en su nómina los cuales no fueron aprobados por el Ministerio de Administración Pública (MAP), devengando estos sueldos brutos mensuales por RD$ 494,917.00. En incumplimiento a lo siguiente: La Ley 41-08 de Función Pública en su Párrafo del Artículo no. 30 y a las Normas Básicas de Control Interno de Segundo Grado en el Acápite ADC-3-006.12.