El Tribunal Colegiado del Distrito Judicial de San Pedro de Macorís ordenó este lunes la puesta en libertad de Ruddy Roberto Santos Ramírez, el hombre que se hizo viral en redes sociales luego de denunciar que ha estado preso durante casi tres años bajo prisión preventiva.

La decisión fue tomada luego de que el presidente del Colegio de Abogados de República DominicanaMiguel Surun Hernández, tomara la representación del imputado y sometiera un recurso de habeas corpus en favor de Santos Ramírez el pasado miércoles.

Sin embargo, el tribunal ordenó el pago de dos millones de pesos como garantía económica, lo que fue criticado por Surun Hernández, quien dijo que tanto el acusado como su familia son de bajos recursos económicos, lo que les dificulta realizar dicho pago.

El abogado también indicó que el imputado ha sido mantenido en la cárcel ilegalmente por casi tres años, más del duplo permitido por el artículo 241 del Código Procesal Pena que consagra el cese de la prisión preventiva a los 12 meses de imposición.

Santos Ramírez se hizo viral en las redes sociales con un video en el que afirmaba que desde hacía tres años permanecía bajo prisión preventiva, negando también la acusación de violencia en contra de la inquilina, de quien dijo quería evitar su desalojo.

Poder Judicial aclaró situación del imputado

Después de publicarse el video, a través de un comunicado, el Poder Judicial informó que Santos Ramírez fue condenado a cinco años de prisión en primera instancia en octubre del 2021 y que en la actualidad, su proceso se conocía en juicio de fondo luego de que la Corte de Apelación de San Pedro de Macorís anulara la sentencia y ordenara apertura a un nuevo juicio.

El documento fue enviado por el departamento de comunicaciones del Poder Judicial el pasado 15 de este mes, y en el mismo se señaló que a Santos Ramírez se le acusa de violencia de género, tipificado en el artículo 309, numerales 1 y el 3 del Código Penal dominicano y 396-B, de la Ley 136-03, que crea el Código para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (abuso psicológico contra un menor de edad).

Se precisó que "su proceso se está conociendo en base a las garantías que establecen la Constitución y el Código Procesal Penal".

"La Corte emitió la sentencia número 334-2022-SSEN-00219 de fecha 6 de mayo de 2022, que anula y deja sin ningún efecto jurídico, por falta de motivación la sentencia núm. 340-03-2021-SSENT-00075, de fecha 5 de octubre de 2021, dictada por el Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia de la jurisdicción de San Pedro de Macorís, y dispuso la celebración de nuevo juicio", se indicó en el comunicado.