El ministro de Administración Pública (MAP), Darío Castillo Lugo, manifestó que dispuso la restricción de reajustes salariales y de ingresos y movimientos de personal en dependencias estatales debido a que detectó sobre el asunto una "desproporcionada" ofensiva de titulares de entes públicos.

"El objetivo principal de esa circular es restringir los reajustes y aumentos salariales que de manera generalizada y desproporcionada, en los últimos meses, titulares de órganos y entes públicos se han dado a la tarea de solicitar “no objeción” de los mismos, sin haber limpiado sus respectivas nóminas", manifestó Castillo Lugo.

La nota de prensa ministerial destaca que el ministro decidió pronunciarse "ante el revuelo que ha causado el contenido de la circular DGP-SAL-2022-00183 del 20 de julio de 2022 que restringe el ingreso o movimientos de personal y reajustes salariales que representen incrementos en el renglón de remuneraciones en las instituciones que componen la administración pública".

Acto seguido, aclara que su circular tampoco es tan drástica como aparenta ya que con su orden "no está limitado o restringido el ingreso de nuevo personal a la administración pública siempre que sea para cubrir vacantes, sustituir personal activo y que esté incluido en el presupuesto vigente para el presente año; y que a su vez no representen incrementos en el renglón de remuneraciones".

"Tampoco -prosigue la aclaratoria- se limita el ingreso de nuevo personal a los órganos y entes de la administración pública que tengan planificada la instalación y apertura de nuevas oficinas, sucursales, dependencias, etc".

Darío Castillo Lugo.

Por último, el MAP también aclara que la circular, emitida en conjunto con la Dirección General de Presupuesto (Digepres), "no afecta los procesos de concursos y nombramientos en trámites o ya realizados, porque los mismos se encuentran debidamente presupuestados".

Superintendencia de Electricidad aclara ajustes salariales

La Superintendencia de Electricidad (SIE), donde se revelaron latisueldos, la disposición del MAP también generó reacciones y esta instancia debió aclarar que no forma parte del Presupuesto Nacional del Estado y por ende "no se encuentra sometida a las directrices de la Ley 41-08 Sobre Función Pública y su Reglamento de Aplicación, así como tampoco a la Ley 105-13 Sobre Regulación Salarial del Estado Dominicano".

"Somos un órgano regulador descentralizado, autónomo, no financiero, con personalidad jurídica de derecho público, patrimonio propio y capacidad para adquirir, ejercer derechos y contraer obligaciones de acuerdo con la Ley General de Electricidad 125-01″, dijo una nota oficial de la SIE.

"También aclaramos -prosiguió- que, según indica la Ley 125-01 y su Reglamento de Aplicación en el artículo 37, la fuente principal de ingresos de esta SIE proviene de la contribución legal del 1% de las ventas totales en el mercado eléctrico mayorista realizadas por las empresas que operan en el área de generación, transmisión y distribución de electricidad".

Fuentes malintencionadas

Respecto a la información de que en esta instancia los latisueldos fueron recientemente incrementados, se aclara que ello no es cierto.

"En mayo del 2021 el Consejo de la SIE aprobó un ajuste salarial de un 9.5% para todos los colaboradores de la institución, el cual se hizo efectivo el 1 de septiembre del año pasado. Este ajuste salarial no es reciente, como ha sido comunicado erróneamente por ciertas fuentes malintencionadas para desviar la atención de lo realmente importante",. añade el texto oficial.

Además, justifica que el alza fue adoptada "en vista de que durante 5 años no se había realizado ningún ajuste salarial a todos los colaboradores de la entidad. La última revisión de salarios para todo el personal de la SIE se produjo en el año 2016, por lo que esta actualización de sueldos, que correspondía ser de un 11%, se produjo para compensar la inflación acumulada registrada en estos últimos años para todos los colaboradores".

Las remuneraciones en la SIE, "según lo establece el artículo 31 de la Ley de Electricidad 125-01, no quedarán sujetas a las normas que regulan las del personal de la administración pública, sino que serán fijadas de acuerdo con las condiciones del mercado para los más altos cargos ejecutivos del sector privado".