La demora en la formación del Cuerpo Especializado de Seguridad para Instituciones del Estado y Funcionarios Públicos, previsto en la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas, afecta a más de 5, 000 militares asignados a la seguridad gubernamental.

La creación de esta entidad militar beneficiaría a los oficiales y soldados del Ejército, la Marina y la Fuerza Aérea que sirven en instituciones estatales; sin embargo, las compensaciones que reciben no se consideran aportes al Sistema de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas.

La falta de aportes a la seguridad social impide que ellos obtengan pensiones dignas, lo cual les ocasiona una inseguridad financiera al momento de su retiro.

El Ejército de la República Dominicana (ERD); por ejemplo, cuenta con 3,134 oficiales y alistados trabajando para diversas entidades del Estado, según lo indica el portal web del Ministerio de Defensa.

La formación de un Cuerpo Especializado de Seguridad para las Instituciones del Estado y Funcionarios es una tarea pendiente, tras más de diez años de debates y propuestas por parte del Estado Mayor General de las Fuerzas Armadas, sin llegar a un acuerdo sobre el proyecto.

 Han pasado las administraciones de cuatro ministros de Defensa desde la promulgación de la Ley 139-13 de las Fuerzas Armadas en septiembre de 2013, y las autoridades aún no cumplen con la disposición establecida en la normativa.

De acuerdo con el artículo IV de la normativa militar, el Ministerio de Defensa coordinará bajo su jurisdicción los siguientes cuerpos especializados, debido a la importancia estratégica que tienen para la seguridad y defensa nacional.

Estos son, la Seguridad del Metro de Santo Domingo (CESMET), el Servicio Nacional de Protección Ambiental (SENPA), el de Control de Combustibles (CECCOM), el de Seguridad Turística (CESTUR), que ahora están bajo la jurisdicción de la Policía Nacional. Además, el Cuerpo de Seguridad de las Instituciones Públicas y Funcionarios, aún pendiente.

Los organismos responsables del control de las tres fronteras -aérea, marítima y terrestre- denominados Cuerpos de Defensa, están igualmente constituidos en la indicada ley y operan bajo la dirección del Ministerio de Defensa.

Los militares que sirven en los cuerpos especializados y de defensa, y que ocupan puestos de dirección, subdirección, departamentos y secciones, reciben compensaciones por sus cargos reconocidas en el Sistema de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, las cuales determinan el monto de su pensión al momento de retirarse.

Sin embargo, esto no rige para los militares que prestan servicios en entidades estatales; aunque reciben remuneración, estos ingresos no están sujetos a cotización en la seguridad social y, por lo tanto, no se suman para el cálculo de la pensión.

Esto implica que, si al momento del retiro no desempeñaron cargos dentro de las instituciones militares o los cuerpos especializados existentes, recibirán una pensión   proporcional al salario base devengado.

Los militares designados por el Ministerio de Defensa para servir en instituciones del Estado esperan que la creación de este cuerpo especializado les proporcione un marco normativo y legal que respete el principio de equidad en su labor.

Consideran que el nuevo ministro de Defensa, Carlos Antonio Fernández Onofre, debe retomar el debate sobre el proyecto e implementar el Cuerpo Especializado de Seguridad de las Instituciones Públicas y Funcionarios, el cual ha estado en espera casi 11 años. Tiempo durante el cual un alto número de militares se han jubilado sin recibir los beneficios correspondientes a sus funciones de seguridad en las entidades pública y funcionarios.