El Poder Judicial dominicano anunció que están disponibles las principales sentencias emitidas por la Suprema Corte de Justicia (SCJ) durante el pasado año 2022, que sientan un criterio jurisprudencial y que tienen un impacto social relevante, tanto para la comunidad jurídica, como para la ciudadanía en general.

Con la publicación, presentada de manera cuatrimestral, se busca garantizar la unidad de la jurisprudencia nacional de conformidad con el mandato del artículo 2 de la Ley número 3726 sobre Procedimiento de Casación.

Las sentencias del 2022 seleccionadas versan sobre temas relacionados con el derecho de familia, mujer, administración pública, la y el coautor, prescripción, competencia, donación, contrato y el principio iura novit curia (figura que faculta al juez como conocedor del derecho a aplicar las normas jurídicas pertinentes para decidir los casos).

También la pena, prueba, indemnización, entre otros asuntos relacionados con el Derecho Civil y Comercial, Penal, Laboral, Contencioso Tributario, Contencioso Administrativo y de Tierras.

Dentro de las decisiones se encuentran la sentencia núm. SCJ-PS-22-0717 de la Primera Sala declara que la protección del salario tiene su fundamento en que el mismo está destinado a permitir el mantenimiento del trabajador y su familia, por lo que, los bancos no pueden descontar deudas pendientes de cuentas de nóminas sin previa autorización.

Asimismo, se puede visualizar la sentencia núm. SCJ-SS-22-0286 de la Segunda Sala describe que los actos delictivos cometidos por el agresor resultan más graves al realizarlos contra seres vulnerables, como son los menores de edad y las mujeres.

De igual modo la jurisprudencia núm. SCJ-TS-22-0314 de la Tercera Sala manifiesta que indistintamente de la categoría de servidor público de que se trate, el debido proceso resulta ser una garantía inseparable del vínculo generado entre el Estado y el funcionario, no pudiendo ser este derecho excluido bajo ninguna circunstancia cuando el servidor en cuestión se le impute un comportamiento con fines sancionatorios de cualquier índole.

Por otro lado, la sentencia núm. SCJ-SS-22-0013 de las Salas Reunidas precisa que las entidades en disolución no están exentas del pago de las obligaciones laborales, sino que gozan de una dispensa para el pago de estas, hasta tanto hayan sido saldadas todas las demás obligaciones privilegiadas de primer orden.

El Poder Judicial dominicano ha manifestado interés de que esas decisiones jurisprudenciales motiven a las y los estudiosos del derecho a consultarlas para el desarrollo de sus investigaciones y fomenten la participación activa de las y los usuarios del sistema judicial en la evolución de la jurisprudencia como fuente del derecho y uno de los principales productos de la Suprema Corte de Justicia.