El Consejo Directivo del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel) concedió a las compañías Interamerica Broadcasting & Production Company S.A. y Trendy, S.A. que operan los canales 7 VHF y 21 UHF un plazo de 30 días para que se ajusten a derecho y cumplan el mandato de la Ley 153-98 que obliga un control social dominicano mayoritario sobre las acciones de empresas concesionarías del servicio público de difusión sonora y televisiva en el país.
Si bien el Indotel declaró “bueno y válido en cuanto a la forma” el recurso de la Alianza Dominicana contra la Corrupción (Adoco) que solicitó al órgano regulador que inicie de oficio “el procedimiento de revocación de la concesión", optó por el mes de plazo y así rechazó el fondo de la demanda.
La medida está contenida en la resolución número 006-2025 que firman Guido Gómez Mazara, presidente del Indotel, junto a Alexis Cruz, en representación del Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo como miembro ex oficio del Consejo Directivo; Tomás Hernández Pérez, Juan Taveras Hernández y Darío Rosario Adames, miembros, y Julissa Cruz Abreu, directora ejecutiva del Consejo Directivo del Indotel.
Instancia de Adoco
La Adoco depositó el 25 de septiembre de 2024 ante Indotel una correspondencia en la que solicita a la Dirección Ejecutiva del Indotel que “tenga a bien iniciar de oficio un procedimiento administrativo de revocación de los títulos habilitantes de Interamerica Broadcasting & Production Company, S.A. y Trendy, S.A.S. relativos a los canales 7 VHF y 21 UHF.
Adoco pidió al Indotel que una vez iniciado de oficio el procedimiento, como medida de instrucción, solicite más informaciones sobre las operaciones descriptas, con miras a que se haga cumplir el aspecto de la parte de la ley que prohíbe el control por parte de extranjeros de estaciones de televisión.
Requirió, además, que se solicite a la Cámara de Comercio de Santo Domingo “la documentación societaria de las empresas Interamerica Broadcasting & Production Company, S.A., Inter-Antena Holding Company. LTD y Vilto Incorporated, S.A.S.”.
Tras intercambios de instancias legales de procedimientos la empresa Interamerica Broadcasting & Production Company, S.A. (IBPC) demandó del Indotel denegar la solicitud de Adoco para que se inicie el procedimiento de revocación de las concesiones de Trendy, S.A. e Interamerica Broadcasting & Production Company, S.A. para la prestación de los servicios de radio difusión televisiva”.
Las empresas mediante un acto de alguacil reclamaron al Indotel a “abstenerse de la apertura” de oficio de dicho proceso de revocación, el cual está previsto en la resolución número 060-21 que crea la Norma que regula el procedimiento de revocación de autorizaciones para prestar servicios de telecomunicaciones y uso del espectro radioeléctrico en República Dominicana.
Violan la ley
En sus alegatos Adoco sostiene que desde hace varios años las sociedades IBPC y Trendy “han estado operando en franca violación del orden público dominicano en materia de telecomunicaciones”.
Alegó que “el control social de las referidas compañías concesionarias se encuentra, de manera directa, para la primera e indirecta, para la segunda, bajo el control de una sociedad comercial extranjera de las Islas Vírgenes Británicas, de manera concreta, de la entidad Latam Investments Services, Inc.”.
En la resolución del Indotel precisó que, a los fines de refutar el antes aludido planteamiento de Adoco, las empresas IBPC y Trendy, S.A.S. analizan en su escrito de defensa la composición accionaria de estas y de Inter-Antena Holding Company (IAHC) admitiendo que IAHC es la accionista mayoritaria de IBPC y que esta última, a su vez, “controla más de las tres cuartas parte del capital accionario de Trendy, S.A.S.”.
Reconocen, asimismo, que IAHC “es una entidad organizada y existente de conformidad con las leyes de Islas Vírgenes Británicas, cuyos accionistas principales son Eikton Investment, Inc. y Vilto Investments, S.A.S.”. “En lo que respecta a Eikton, es una compañía domiciliada en Islas Vírgenes, quien es el titular del 47.5% de las acciones de IAHC”.
Subrayó además que los propietarios de las acciones son Nelleville Investments Limites, compañía domiciliada en Bahamas, es dueña del 60% de las acciones, y Vilto Incorporated, S.A.S., domiciliada en la República Dominicana, es dueña de un 40% de las acciones.
La resolución destacó que Vilto Incorporated, organizada de conformidad con las leyes dominicanas, es titular del 52.50 % de las acciones en Inter-Antena Holding Company LTD, pero que “en cuanto al capital social representado por tres mil acciones comunes y normativas de US$100.00 dólares cada una, el 0.03 % de las acciones le corresponde al señor José Alfonso León David, quien es dominicano; y el restante 99.97% de las acciones pertenece a Latam Investments Services, Inc. Sociedad domiciliada en Islas Vírgenes”.
Sobre este particular, la resolución del Indotel estableció que esa situación “de manera ineludible contraviene la Ley General número 153-98, en lo que respecta a la disposición contenida en el ordinal 73.2, en el cual de manera precisa el legislador dejó claramente establecido que, para el caso de los servicios públicos de radiodifusión, se requiere que el control social de la concesionaria esté a cargo de un nacional dominicano o un extranjero naturalizado”.