El presidente Luis Abinader promulgó la Ley 1-24 que establece y regula la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI) y el Sistema Nacional de Inteligencia (SIN), que agrupará a todas las agencias investigativas del Estado.
La legislación fue discutida en ambas cámaras del Congreso Nacional y tuvo que ser consensuada con sectores empresariales y del sistema financiero dominicano, en particular.
La Sociedad Dominicana de Diarios expresó su inquietud por la presunta ambigüedad de ciertos artículos de la Ley que podrían representar un riesgo para la libertad de prensa y la privacidad de las personas.
Uno de los artículos que causó más confusión entre los miembros de esa entidad fue el N.º 11, el cual obliga a todas las dependencias del Estado, instituciones privadas y personas físicas a entregar información al DNI que pueda afectar la seguridad nacional.
La nueva ley permite a la DNI acceder a informaciones públicas de instituciones del Estado y empresas privadas en su base de datos, así como a los datos generados a través de las telecomunicaciones.
Esto permitiría, según la normativa, un respaldo significativo en los procedimientos de investigación de actos ilícitos por parte de la Procuraduría General.
La parte operativa de la DNI estará sustentada en el Sistema Nacional de Inteligencia (SNI) formado por todos los organismos y órganos independientes y coordinados de manera funcional, encargados de realizar labores de inteligencia y contrainteligencia para la seguridad nacional.
La recién promulgada ley establece que en lo adelante la Dirección Nacional de Investigaciones ya no será una dependencia de las Fuerzas Armadas, sino que operará bajo la supervisión del Presidente de la República.
Asimismo, la entidad oficial también contará con autonomía presupuestaria y regulará los fondos destinados a tareas de inteligencia y contra inteligencia de las agencias investigadoras, de acuerdo con la legislación vigente.