Wesly Vincent Carmona (el Dotolcito), Alison de Jesús Pérez Mejía (Chiquito) y Luis Brito Troncoso (Luisito) fueron condenados la madrugada de este jueves 25 de abril por el asalto que provocó la muerte del joven Joshua Fernández.

Carmona (el Dotolcito) deberá cumplir 15 años de prisión en la cárcel de Najayo, mientras que Pérez Mejía (Chiquito) fue condenado a 30 años de prisión a cumplirse en la Penitenciaría Nacional de La Victoria, y Brito Troncoso (Luisito) a 20 años de reclusión en la cárcel de Baní, en la provincia Peravia, lugares en los que guardan prisión preventiva.

Los tres hombres fueron condenados por las juezas del Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional,  Claribel Nivar Arias, Yissel Soto y Clara Sobeida Castillo.

Las juezas habían fijado la audiencia para la tarde del miércoles 24 de abril, a las cuatro de la tarde y se extendió hasta la 1:40 de la madrugada, dado que las magistradas se mantuvieron en deliberación hasta pasadas las 11:30 de la noche.

"Para este tribunal colegiado existió una asociación de malhechores para robar", aseguró la magistrada Soto, al presentar sus consideraciones sobre los hechos expuestos y evidencias presentadas.

A través de la investigación, el Ministerio Público señaló a los procesados como los responsables de la muerte de Fernández, de 18 años, ocurrida el pasado 16 de abril del 2023, durante un asalto a terceros en las afueras del bar Kiss.

El expediente indica que, durante el atraco perpetrado por Carmona, Pérez Mejía y Brito Troncoso, se realizaron dos disparos, hiriendo uno mortalmente a Fernández cuando salía del referido centro de diversiones.

El Ministerio Público había solicitado condenas de 30 años de cárcel contra Carmona (el Dotolcito) por asociación de malhechores, para cometer robo agravado, acompañado de homicidio, en violación a los artículos 265, 266, 295, 304, 379, 382 y 385 del Código Penal Dominicano.

Mientras que para Brito Troncoso (Luisito)  y Pérez Mejía (Chiquito), requirió 40 años de prisión por asociación de malhechores, para cometer robo agravado, acompañado de homicidio, en violación a los artículos 265, 266, 295, 304, 379, 382 y 385 del Código Penal Dominicano, porte y tenencia ilegal de armas, en violación a los artículos 66 párrafo II y 67 de la Ley 631-16 sobre Control y Regulación de Armas.