Carlos Pimentel, director de la Dirección General de Compras y Contrataciones, aclaró que las adquisiciones de suministros militares por las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional y otras entidades de seguridad se rigen por los procedimientos establecidos en la Ley 340-06, que regula las compras y contrataciones en el Estado.

Las adquisiciones militares siguen los mismos procedimientos que las de otras instituciones gubernamentales, salvo que, por razones de seguridad nacional, no son públicas.

Pimentel afirmó a periodistas de Acento que las compras realizadas por las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional, la Dirección Nacional de Control de Drogas y otras entidades de seguridad deben llevarse a cabo mediante licitaciones públicas, presentando ofertas y cumpliendo los requisitos legales.

El funcionario aclaró que la excepción del decreto 725-20 no exime a estas instituciones de cumplir con los procesos de transparencia de la ley 340-06, incluso si las compras se realizan mediante circuito cerrado.

 “Esto siempre ha existido: las instituciones de defensa y seguridad realizan sus compras mediante un circuito cerrado (restringido al público); desde luego, cumpliendo con todos los requisitos establecidos por la Dirección General de Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones del Estado,” indicó Carlos Pimentel.