El ex director general Administrativo y Financiero de la Procuraduría General de la República (PGR) Jonathan Joel Rodríguez Imbert fue obligado a mentir en perjuicio del exprocurador Jean Alain Rodríguez, "a cambio" de beneficios procesales si lo señalaba como mandante de todos sus actos irregulares imputados en el marco del caso Medusa de corrupción administrativa.

Así lo aseguró el llamado "Consejo de Defensa de Jean Alain Rodríguez" luego de que Jonathan Joel Rodríguez Imbert hundiera a su antiguo jefe con su testimonio de admisión de culpabilidad.

Las actuales autoridades de la PGR negociaron "bajo acuerdo oculto la libertad" de Jonathan Joel Rodríguez Imbert a cambio de ello, insistieron.

"La PGR preparó un documento y obligó al ex funcionario a que lo leyera de forma literal como se observó en audiencia pública y se ha evidenciado en otros casos, accediendo este irresponsablemente a mentir a cambio de que le suspendieran el arresto domiciliario a partir del mes de julio de este año y una reducción de su condena ya negociada ante un eventual juicio de fondo", dijo ese "Consejo de Defensa" en una nota de prensa.

Los miembros de este equipo de abogados defensores añadieron que "las declaraciones de imputados delatores no tienen fuerza jurídica en ningún tribunal porque las mismas no crean prueba, dado que el Código Procesal Penal les permite mentir sin reproche alguno".

"La doctrina mundial está conteste en que los imputados no son objetos de prueba. Solamente son aceptados para prueba propia de ellos, no para perjudicar a co-acusados", añadieron.

Además, apuntaron a que "23 de 24 acusados que concertaron acuerdos" de culpabilidad con la PGR se han abstenido de "involucrar, señalar o mencionar a Jean Alain Rodríguez, ya que ni si quieran lo conocían".

En ese sentido, negaron categóricamente las "declaraciones preparadas por la PGR y leídas de forma literal por este único acusado complaciente".

Destacaron que si el exdirector "incurrió en actos irregulares", porque hay "decenas de personas" que lo señan directamente como receptor de valores y donaciones…, ciertos o no, ilegales o no, los actos y las penas son personales y un acto de un tercero bajo ninguna forma puede afectar a nuestro representado".