La audiencia de solicitud de medida de coerción en contra de los imputados del caso Calamar fue suspendida para mañana lunes, luego de que la misma se extendiera por casi 14 horas este domingo.
La vista se celebrará a las 10:00 de la mañana, según dictaminó la jueza Kenya Romero, coordinadora de los Juzgados de Instrucción del Distrito Nacional.
Para mañana se prevé que el Ministerio Público realice las réplicas a los argumentos presentados por las defensas de los imputados.
Asimismo, las defensas técnicas de los imputados que aún faltan por hacer sus presentaciones lo harían este lunes, entre ellos la imputada Yahaira Encarnación Brito.
Este domingo, le tocó el turno a los abogados del exministro administrativo de la Presidencia, José Ramón Peralta; el exministro de Hacienda, Donald Guerrero y el exministro de Obras Pública, Gonzalo Castillo.
El pasado viernes, el Ministerio Público informó que solicitará una variación a su solicitud de medida de coerción en el caso, a raíz de que diez imputados admitieron ese día haber tenido algún tipo de participación o conexión en el supuesto entramado de corrupción administrativa.
El expediente presentado por el Ministerio Público de la operación Calamar posee más de tres mil páginas y más de 1,200 elementos de pruebas, las cuales detallan cómo los miembros de esta red sustrajeron más de 17 mil millones de pesos al Estado, los cuales sumados a unos 2,100 millones en deuda administrativas totalizan más de 19 mil millones.
Junto a los imputados antes mencionados, en el expediente también figura el excontralor general de la República Daniel Omar Caamaño; el exdirector del Consejo Estatal del Azúcar (CEA) Luis Miguel Piccirilo; el exdirector de Catastro Nacional Claudio Silver Peña y los exdirectores de Casinos y Juego de Azar Oscar Chalas Guerrero y Julián Omar Fernández. También, Aldo Antonio Gerbasi y Ramón David Hernández.
La imputación preliminar del Ministerio Público en contra de los arrestados incluye conductas tipificadas en el artículo 146 de la Constitución de la República, así como los artículos 123, 166, 171, 172, 174, 175, 177, 265, 266, y 405 del Código Penal.
También, violaciones a las leyes 448-06 y 311-14, además de la Ley 155-17, contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo y la Ley 33-18, sobre Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos.