Al cumplirse el décimo aniversario de la sentencia del Tribunal Constitucional (TC 168-13) que redefinió los requisitos para tener derecho a la nacionalidad dominicana, la organización británica Amnistía Internacional reiteró sus acusaciones contra el Estado dominicano, por supuestas políticas racistas y por el despojo de la nacionalidad a descendientes de migrantes a partir del citado fallo judicial.
En un comunicado emitido este jueves, AI expresa que ante el décimo aniversario de una sentencia que formalizó la desnacionalización de hijas e hijos de personas migrantes en situación irregular, la República Dominicana debe poner fin al" racismo estructural" que afecta de manera desproporcionada a decenas de miles personas con ascendencia haitiana.
Sostiene que los dominicanos descendientes de haitianos han sido afectadas por lo que define como una "política racista y discriminatoria que históricamente ha implementado el Estado dominicano hacia esta población".
Recuerda que en 2010 se reformó la Constitución de República Dominicana para establecer que personas nacidas en territorio dominicano, hijos e hijas de personas en situación irregular, no adquieren la nacionalidad dominicana.
"El 23 de septiembre de 2013 una sentencia del Tribunal Constitucional (168-13) interpretó retroactivamente esta reforma estableciendo que opera para nacimientos ocurridos en el pasado –entre 1929 y 2010. Esta decisión privó a miles de personas dominicanas de ascendencia haitiana de su única nacionalidad, convirtiéndoles en apátridas. Ante esta decisión, las autoridades administrativas empezaron la cancelación masiva de partidas de nacimiento y de documentos de identidad", indica.
“Al cumplir una década de esta sentencia absolutamente regresiva, las autoridades dominicanas apenas han tomado medidas para revertir sus efectos nocivos y reconocer los derechos de los miles de personas afectadas. Las autoridades no han desmantelado el sistema de racismo estructural ni la política de desnacionalización que afecta a las personas dominicanas de ascendencia haitiana”, dijo Ana Piquer, directora para las Américas de Amnistía Internacional.
Amnistía Internacional reitera que las leyes y prácticas nacionales no deben infringir el derecho a no sufrir discriminación ni la obligación de evitar la apatridia
Considera que la República Dominicana ha mantenido una política de negación del derecho a la nacionalidad de las personas con ascendencia haitiana.
Argumenta que el Estado ha utilizado un discurso estigmatizante, prácticas burocráticas, cambios legales, decisiones judiciales y la fuerza pública para perseguir, amedrentar y expulsar a personas haitianas y personas dominicanas de ascendencia haitiana.
Señala que en dos ocasiones la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha condenado al país por la privación arbitraria de la nacionalidad en contra de personas dominicanas de ascendencia haitiana.
"Al menos desde la década de 1990, funcionarios del registro civil han dificultado el registro de nacimientos de hijas e hijos de personas migrantes en situación irregular. En 2004 el Estado Dominicano legalizó esta práctica, hasta entonces contraria a la ley, a través de una reforma a su ley de migración", precisa.
Afirma AI que al entrar en vigor en 2010 la reforma constitucional que niega la nacionalidad automática a aquellas personas nacidas en República Dominicana y cuyos progenitores sean migrantes en situación irregular, quedó eliminada la norma anterior en la Constitución, que basaba la nacionalidad por el nacimiento en el territorio, salvo muy pocas excepciones.
"Esta fue la reforma interpretada por la corte en la sentencia 168-13. La sentencia del Tribunal Constitucional fue duramente criticada por activistas y organizaciones defensoras de derechos humanos dominicanas, por la comunidad internacional y por órganos de derechos humanos. En 2014, la Corte Interamericana de Derechos Humanos determinó que la sentencia infringía las obligaciones de la República Dominicana bajo la Convención Americana de Derechos Humanos y debía ser privada de efectos jurídicos", detalla.
“La sentencia de 2013 fue sólo un acto más de discriminación racial. El Estado dominicano ha continuado procesos de exclusión basados en características raciales y en la ascendencia real o percibida de las personas”, dijo Ana Piquer.
Recuerda que 2014 se aprobó y promulgó la Ley 169 para abordar algunos de los efectos de la sentencia a través un plan nacional de naturalización.
Para AI, esta ley generaba problemas adicionales al exigir que miles de personas que nunca habían logrado obtener documentos dominicanos se declararan extranjeras –pese a ser dominicanas– para que, posteriormente, se evaluara su caso.
Critica que esta y otras medidas no han restituido a las personas afectadas sus derechos como dominicanos, y actualmente decenas de miles permanecen sin reconocimiento de su nacionalidad. Al no tener otra nacionalidad, la mayoría permanece en apatridia, una situación de riesgo que les impide acceder a derechos como la educación, la sanidad o un empleo.
“Negar un derecho fundamental, como es la nacionalidad, es hacerse cómplice de la explotación sexual, laboral, trata de persona y el tráfico ilícito, violando con esto las libertades personales y fomentando la pobreza extrema nacional”, dijo Maria Bizenny Martinez, coordinadora del departamento de derechos humanos, Movimiento Socio-Cultural de los Trabajadores Haitianos (MOSCTHA).
Agrega que los obstáculos para el reconocimiento de los derechos de personas nacidas en la República Dominicana, además, son restricciones arbitrarias a sus derechos a la personalidad jurídica, al nombre y a la nacionalidad, y a la vida libre de discriminación, que tienen profundos efectos en sus vidas y afectan a sus familias y comunidades.
Amnistía Internacional reitera que las leyes y prácticas nacionales no deben infringir el derecho a no sufrir discriminación ni la obligación de evitar la apatridia, y que todas las personas en el territorio o bajo la jurisdicción del Estado dominicano deben tener garantizado el disfrute de sus derechos humanos.
Indica que el derecho internacional prohíbe la privación arbitraria de la nacionalidad. El artículo 8 de la Convención para Reducir los Casos de Apatridia, de la cual la República Dominicana es signataria, establece que los Estados no pueden privar a personas de su nacionalidad si esa privación las convierte en apátridas. El artículo 15 de la Declaración Universal de Derechos Humanos establece que todas las personas tienen derecho a la nacionalidad y que no puede privarse arbitrariamente a nadie de ella. Asimismo, el artículo 20 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos establece que “[t]oda persona tiene derecho a la nacionalidad del Estado en cuyo territorio nació si no tiene derecho a otra”.
Amnistía Internacional reitera su llamado al Estado dominicano a restablecer la nacionalidad dominicana de todas las personas nacidas en la República Dominicana antes del 26 de enero de 2010, sin importar la situación migratoria de sus progenitores, así como tomar todas las medidas adecuadas para garantizar que ninguna persona nacida en la República Dominicana se convierta en apátrida. Finalmente, las autoridades deben tomar todas las medidas necesarias para abordar el racismo estructural e institucional, que afecta desproporcionadamente a las personas de origen haitiana.