SANTO DOMINGO, República Dominicana.- La hija de Carmen quedó embarazada a los 15 años. Su embarazo se desarrolló mal desde el comienzo y al ser referida al hospital detectaron que el feto estaba mal formado y no iba a vivir cuando naciera. Pese a esto, los médicos dijeron que debía mantener el embarazo hasta los 9 meses porque el aborto está prohibido.
Sin embargo, el estado de salud de su hija empeoró y los médicos se vieron obligados a realizar una junta para desembarazarla mediante una micro cesárea y salvar la vida de la madre.
El aborto en República Dominicana ha sido un tema controversial que despierta opiniones distintas, apasionadas y emocionales, pero que más allá de los debates que este pueda avivar, es un tema con la iniciativa de fomentar los derechos y la situación de salud de las mujeres.
Así como la hija de Carmen, existen mujeres, especialmente adolescentes y de escasos recursos, que pueden perder la vida a causa de un embarazo de alto riesgo, donde las posibilidades de que el feto nazca con vida son mínimas.
En la actualidad el Código Penal dominicano castiga con cárcel a aquellas personas involucradas en una interrupción como esta, razón por la cual distintos grupos de la sociedad exigen que se modifique el proyecto que se encuentra en el Congreso Nacional con el objetivo de que se incluya el aborto y sus tres causales.
“Excluir el aborto con sus causales del Código Penal es excluir a las mujeres”, apunta la ginecóloga obstetra Lilliam Fondeur, quien además explica que mientras el aborto sea ilegal, más mujeres seguirán practicándolo de manera insegura, en la clandestinidad, contrayendo enfermedades, con riesgo a una histerectomía (extirpación del útero) o inclusive la muerte.
“Todos los abortos que se practican en el país son inseguros, porque el Código Penal excluye a las mujeres. Por eso aún nos mantenemos con un 15 % de morbilidad y mortalidad, sobre todo por infecciones”, remarcó.
De acuerdo con el movimiento Coalición Por Mujeres, un grupo de 85 organizaciones que defiende la iniciativa, despenalizar el aborto significa autorizar esta práctica médica cuando pone en peligro la vida de una mujer, cuando el embarazo es producto de una violación sexual o incesto y cuando existe una malformación incompatible con la vida fuera del cuerpo de la mujer, siendo estas sus tres causales.
Este movimiento concuerda con las ideas de la doctora Fondeur con respecto a los efectos positivos que tendría la legalización del aborto en cuanto a la tasa de mortalidad y morbilidad, es decir, ocurrirían menos decesos de mujeres por abortos y la cantidad de afecciones de salud por esta razón sería inferior.
Según informes del Ministerio de Salud Pública, la tasa de muertes maternas a consecuencias de abortos inseguros es de un 8 %.
Marco Legal
En 2014, el Congreso Nacional aprobó la Ley 550-14, que creaba un nuevo Código Penal con esas tres causales, no obstante, en diciembre del 2015, el Tribunal Constitucional declaró este Código inconstitucional, con el argumento de que fueron violados los procedimientos para su aprobación.
Esta sentencia retrajo el proceso, de modo que queda vigente el Código Penal de 1884, que sostiene penas de hasta 20 años de cárcel para quienes induzcan la interrupción de un embarazo, incluyendo a los proveedores de servicios de salud que asistan este procedimiento.
En 2016, el entonces presidente de la República, Danilo Medina, observó la Ley que modifica el Código Penal porque no tenía el aborto y sus tres causales incluidos. Se trató de la segunda vez que el exmandatario devolvió el proyecto por la misma razón en el 2014.
Medina indicó que el artículo 107 no satisfizo las exigencias que se derivan del principio de legalidad, respecto a la descripción precisa e inequívoca de las conductas que se consideren merecedoras de reproche sancionable dentro del ilícito penal, como el caso del aborto y sugirió permitirlo en caso de incesto, violación o malformación congénita probada, pero en las primeras 12 semanas.
La actual Constitución de la República contiene una excepción en su artículo 42 que refiere a la posibilidad de realizarse procedimientos médicos contrarios a la normativa siempre que se encuentre en riesgo la vida de la persona. Sin embargo, los diputados reintrodujeron un nuevo proyecto de reforma la Código penal sin el aborto, aclarando que harán una ley especial para este.
Conforme a Human Rights Watch, una organización internacional no gubernamental, “negar a las mujeres y niñas la posibilidad de acceso al aborto constituye una forma de discriminación que atenta contra diversos derechos humanos, incluidos los derechos a la vida; a la salud; a no sufrir trato cruel, inhumano y degradante; a no ser discriminado y a la igualdad; a la privacidad; a la información; y a decidir sobre el número de hijos y el intervalo entre los nacimientos”.
Hace poco la Cámara Baja conoció el proyecto de modificación de ese Código Penal pero se excluyó el tema del aborto y dicen que lo conocerán mediante una ley especial.
Esperancita, el inicio de esta lucha
Recientemente se cumplió el octavo aniversario del caso de Rosaura Almonte (Esperancita), una adolescente de 16 años que falleció en 2012 luego de que se le retrasara el tratamiento médico urgente para la leucemia, incluyendo la desautorización a proveerle el aborto terapéutico que necesitaba para salvar su vida.
En 2017 su caso fue conocido por la Women’s Link Worldwide, una organización internacional que lucha a favor de los derechos de la mujeres y que posteriormente introdujeron el caso ante la Comisión de Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para investigar los derechos que le fueron violados.
A partir de ese caso es cuando se inician campañas masivas en favor de la despenalización del aborto.
Se lanza desde paso a desnivel en avenida estando embarazada
En 2015, Estefany María Báez de entonces 17 años, se lanzó desde el paso a desnivel de las avenidas 27 de Febrero y Máximo Gómez estando en estado de gestación avanzado. Al ser trasladada al hospital hubo que hacerle una histerectomía, dejándola sin oportunidad de ser madre en el futuro. De acuerdo con versiones de la madre, la joven no quería continuar con el embarazo.
Conforme al análisis de este caso, la doctora Fondeur expone que “la situación de aquella joven debió haber puesto un stop o alto a las ideas conservadoras referentes al aborto porque si esta práctica hubiese sido legal ella no hubiese atravesado por esa situación, no obstante, han pasado 5 años de este hecho y aún sigue siendo penalizado por un Código Penal del siglo pasado”.
Actualmente, existen seis países de América donde aún se sanciona esta práctica médica en su totalidad, entre los que República Dominicana ocupa uno de los lugares. A este le acompañan El Salvador, Nicaragua, Hondura, Surinam y Haití.