Desde enero de 2013, inicio del aumento equivalente al 4% del PIB para la educación preuniversitaria, el MINERD ha incrementado el salario de los docentes cada año. Estos acrecentamientos aún son insuficientes para que vivan con sus familias una vida digna y sin estrecheces económicas, pero avanzan hacia esa meta. Sin embargo, la situación de un segmento de los docentes pensionados y jubilados permanece con el mismo salario, porque los separaron en dos grupos, aunque forman parte de un todo.

La Ley de Educación 66’97 dice: “Se crea el Instituto Nacional de Bienestar Magisterial (INABIMA) con el fin de coordinar un sistema integrado de servicios de seguridad social y mejoramiento de la calidad de vida del personal de la Educación Dominicana y sus familiares, tanto activos como pensionados y jubilados” (Art. 159). Este organismo tardó varios años en crearse.

El 15 de octubre de 2008, el Poder Ejecutivo promulgó la Ley 451-08 que introduce las modificaciones a la Ley de Educación, en lo relativo a las pensiones y jubilaciones del personal docente del sector educativo oficial.

La modificación del Art. 159 de la Ley de Educación 66’97 dice: “El Instituto Nacional de Bienestar Magisterial (INABIMA) tiene el fin de coordinar un sistema especial integrado de seguridad social y mejoramiento de la calidad de vida para el personal docente del sector público y sus familiares, tanto activos como pensionados y jubilados” (Art. 1).

Antes de promulgarse la Ley 451-08, el Poder Ejecutivo emitió el Decreto 243-03, donde reglamenta el INABIMA y crea su estructura orgánica como plataforma de lanzamiento de las operaciones de la institución.

A partir del 17 de julio de 2006, el INABIMA se convierte en el organismo encargado del manejo de las pensiones y jubilaciones del personal docente del sector público. Desde entonces el Poder Ejecutivo emite los decretos que las autoriza, a través del INABIMA con recursos del MINERD.

La primera nómina del INABIMA no fue la de todos los docentes pensionados y jubilados del sector público, sino de aquellos que pasaron a esa condición a través de los decretos 303-06, 523-06, 198-07, 329-07, 577-07, 50-08, 198-08, 357-10, 395-11, 268-12 y 334-12, produciéndose una separación en dos grupos: los de INABIMA y todos los ANTERIORES que aun cobran por el ministerio de Haciendas, quien solo aplica los aumentos generales de salarios. ¿Cuándo se produjo el último?

El 3 de diciembre de 2013, toda la prensa publicó que mediante el decreto 329-13 “El presidente Danilo Medina aumentó a 15 mil pesos mensuales el monto mínimo de las pensiones y jubilaciones del personal docente del Ministerio de Educación… La medida,… tiene carácter de retroactividad a partir del mes de octubre del año 2013 y busca contribuir a elevar la calidad de vida de unos nueve mil maestros y maestras”. Un verdadero acto de justicia.

La reseña reporta que el ministro de Educación, Amarante “reconoció el amor, la dedicación, la vocación y la entrega… con que los maestros y maestras, especialmente los pensionados o jubilados, se dedicaron a su tarea de educar… y deploró el abandono histórico que han sufrido, con pensiones ´ultrajantes a la dignidad de nuestros maestras y maestros´”.

“En enero del presente año el ministro Amarante comunicó un aumento del 10%. La medida beneficia también a unos 14,076 pensionados y jubilados del sector educativo que devengan un salario menor a los RD$ 20,000 por mes”, anunció la prensa.

De este aumento solo hay que decir: ¡enhorabuena! al grupo de INABIMA; y para los discriminados que cobran por el ministerio de Haciendas, otro incremento más que no recibieron.

También revela que parecería que el ministro Amarante no se da cuenta que al limitar el aumento a menos de RD$20,000.00, perjudica al segmento que otrora ocupó cargos importantes en el MINERD y sus dependencias, cuando los salarios eran bajos y ese monto era significativo. Al mismo tiempo, congela la capacidad económica de aquellos que dependen solo de su salario de retirados, ya reducido por la inflación real acumulada.

Es oportuno dar a conocer a la sociedad que un grupo de connotadas profesionales de la educación, que sirvieron como funcionarias en la cartera y jubiladas antes de 2006, ha estado demandando, por diferentes vías, la regularización de su situación de excluidas del INABIMA y, por tanto, de los aumentos que se han producido en el período 2013-2016, como le sucede a todos los pensionados y jubilados que cobran por Haciendas.

En el último intento, enviaron una comunicación al ministro Amarante vía la dirección del INABIMA, el 5 de febrero de 2015. A la fecha sin respuesta.

En esa comunicación, el grupo de exdirectoras y subdirectoras de direcciones generales del MINERD plantea al ministro Amarante: “En el momento que fuimos jubiladas quedamos bajo la administración del Ministerio de Haciendas, debido a que no se había puesto en funcionamiento como organismo el Instituto de Bienestar Magisterial (INABIMA), institución a la cual, en nuestra calidad de docentes jubilados, deberíamos estar adscritos. En vista de lo antes expresado, nos permitimos solicitar tenga usted a bien disponer la transferencia al INABIMA de los docentes que estamos en esta condición”.

Entre las que firman la comunicación están: Ceferina Altagracia Cabrera, Ana Daisy García Gutiérrez, Edicta Frías Victorio, Lourdes Marina Vásquez Díaz, Cosme Damiana De León Crespo, Luz Almánzar, María Concepción Liriano Brito y Dolores Luisa Lamouth.

Sin duda alguna, esta situación que atraviesan los pensionados y jubilados excluidos del INABIMA constituye un mensaje negativo para los talentos interesados en entrar al magisterio público.

Ante esta cruda y dura realidad, es necesaria la intervención del presidente Danilo Medina, a fin de que se resuelva esta situación que perjudica a muchos docentes, que solo los debe diferenciar la fecha del decreto de pensionados o jubilados, no el lugar donde reciben el salario.