El Tribunal Superior Electoral (TSE) declaró inadmisible la demanda de separación de votos válidos emitidos y Resultados Electorales en el nivel municipal en Santo Domino Oeste, incoado por el ex candidato a alcalde por el Partido Revolucionario Moderno (PRM), José Dolores Andújar.
Andújar demandó la separación de votos entre el Partido Revolucionario Dominicano (PRD) y el Partido de la Liberación Dominicana (PLD), por supuestamente no haberse materializado la alianza entre ambos partidos, que dejó como ganador a Francisco Peña.
Dicho tribunal consideró que mediante la alianza formalizada entre ambas agrupaciones políticas, se postularon candidatos a diferentes puestos de elección popular para el proceso electoral que fueron debidamente inscritos en las Juntas Electorales y ante la Junta Central Electoral, y conforme a los resultados finales han sido electos.
También, establece que evidencia las resoluciones y actos que hoy están siendo impugnados estaban sometidos al régimen de calendarización y preclusión impuesto por el referido proceso electoral.
Señaló que cualquier impugnación a las mismas debió haberse ejercido dentro del lapso comprendido entre la adopción de dichas resoluciones y no después de haber concluido dicho proceso.
“Por lo que este tribunal se ha formado el criterio de que la presente demanda debe ser declarada inadmisible por preclusión”, indicó la decisión.
Citó el artículo 44 de la Ley núm. 834, del 15 de julio del 1978 que dispone expresamente que “constituye una inadmisibilidad todo medio que tienda a hacer declarar a su adversario inadmisible en su demanda, sin examen al fondo por falta de derecho para actuar, tal como la falta de calidad, la falta de interés, prescripción, el plazo prefijado y la cosa juzgada”.
Dicha demanda fue interpuesta el pasado día 31 de mayo.